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Comunicado de Prensa

CIDH saluda decisiones sobre esclarecimiento de desapariciones forzadas en El Salvador

20 de febrero de 2018

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Washington D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda dos decisiones de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, que ordenan al Ministerio de la Defensa Nacional y al Jefe del Estado Mayor realizar investigación interna y entregar información sobre operativos militares que involucran casos de desaparición forzada de niños y niñas durante el conflicto armado salvadoreño.

De acuerdo con información de público conocimiento, el 1 de septiembre y el 6 de diciembre de 2017, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió dos sentencias relacionadas con casos de desaparición forzada de niñas y niños, perpetradas en 1982. El primero de los casos trata sobre la desaparición de dos niños y una niña en la llamada “Guinda de Mayo” u operativo militar “Domínguez de Pacificación” en Chalatenango. El segundo se relaciona con la desaparición de dos niñas durante el operativo militar “Mario Azenón Palma” o “Invasión Anillo”. Ambos operativos se enmarcan en el mismo contexto analizado en dos sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos de Hermanas Serrano Cruz y otros, y Contreras y otros.

Según la información disponible, en ambas sentencias la Sala de lo Constitucional determinó que se deben llevar a cabo investigaciones sobre el paradero de las víctimas, así como la obligación del Estado de garantizar la no obstaculización de la misma. Asimismo, señaló que el Ministerio de la Defensa y el Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada habrían mostrado un “comportamiento inactivo” respecto de aportar información sobre los referidos operativos, y en este sentido, contrario a los estándares internacionales en la materia.

“Después de la histórica decisión adoptada en 2016, que determinó la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, estas decisiones de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador permiten continuar avanzando en la lucha contra la impunidad de los crímenes perpetrados durante el conflicto armado”, dijo la Comisionada Antonia Urrejola, encargada de la Unidad sobre Memoria, Verdad y Justicia. “Esto permite avanzar hacia el esclarecimiento de lo ocurrido, y saldar así la enorme deuda del Estado con las víctimas y sus familiares con relación a su derecho a saber la verdad de lo ocurrido y determinar el paradero de las víctimas de desaparición forzada”, agregó.

La CIDH espera que el Estado de El Salvador cumpla a cabalidad con ambas sentencias, garantizando que la información solicitada sea enviada por las autoridades que han sido requeridas, con el objeto de esclarecer los hechos, tener mayores elementos para conocer el paradero de los niños y niñas desaparecidas, y determinar las responsabilidades penales respectivas.

“El Estado salvadoreño debe adoptar medidas que permitan contar con una implementación efectiva de los mecanismos de justicia transicional en el país, a fin de garantizar los derechos a la memoria, verdad, justicia y reparación para las víctimas y para toda la sociedad salvadoreña en su conjunto”, señaló la Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora para El Salvador.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 032/18