CIDH

Comunicado de Prensa

Informe sobre el 157º Período de Sesiones de la CIDH

13 de junio de 2016

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró su 157º Período ordinario de Sesiones del 2 al 15 de abril de 2016. Durante las sesiones, la CIDH avanzó en el análisis de peticiones, casos y medidas cautelares, se realizaron 49 audiencias públicas, 34 reuniones de trabajo, y reuniones con Estados y organizaciones de la sociedad civil de la región. Asimismo, durante estas sesiones la CIDH presentó cinco informes temáticos: “Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo”; “Violencia, Niñez y Crimen Organizado”; “Estándares Jurídicos: igualdad de género y derechos de las mujeres; “Violencia contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en América” y “Criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos". La CIDH también sostuvo un diálogo con los Estados Miembros sobre buenas prácticas en materia de derechos de personas LGBTI.

La CIDH valora el creciente interés en la región sobre la situación de derechos humanos y en los mecanismos de los que dispone el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que una vez más se vio reflejado en el interés generado en este período de sesiones. Más de 7 millones de personas siguieron las audiencias a través de la transmisión en vivo o de medios sociales.

En las audiencias públicas, la CIDH recibió información sobre diversas temáticas de derechos humanos en 19  países y a nivel regional. Siete de las audiencias fueron para recibir argumentos de las partes sobre casos en etapa de fondo. Se realizaron 49 audiencias, cinco de ellas a solicitud de los Estados de Brasil, Costa Rica, México, Perú y Venezuela; 40 a solicitud de organizaciones de la sociedad civil, y cuatro por iniciativa propia de la CIDH. La CIDH saluda y valora la participación activa de las delegaciones de los Estados Miembros de la OEA, así como aproximadamente 350 organizaciones de la sociedad civil. Por otro lado, la CIDH lamenta que los Estados de Cuba y Nicaragua no participaron en las audiencias a las que fueron convocados, y que el Estado de Ecuador participó en una de las dos audiencias convocadas. En este sentido, la Comisión Interamericana destaca la importancia de que los Estados participen en todas audiencias, de buena fe y con información sustantiva adecuada, a fin de avanzar en forma constructiva hacia soluciones a los problemas de derechos humanos que enfrenta la región.

La Comisión Interamericana valora muy especialmente la participación en sus períodos de sesiones de agencias e instancias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La CIDH destaca la importancia del trabajo conjunto de los sistemas regionales y el sistema internacional de derechos humanos a los efectos de mejor proteger y promover la vigencia de los derechos humanos, y se complace que esta cooperación sea cada vez más estrecha y concreta. En esta ocasión, la Relatora de la ONU sobre Violencia contra las mujeres, sus causas y consecuencias, Dubravka Šimonović, participó como experta en una audiencia. Asimismo, Juan Méndez, Relator Especial sobre la tortura; Mónica Pinto, Relatora Especial sobre la independencia de jueces y abogados; Michel Forst, Relator Especial sobre la situación de defensores; Ariel Dulitzky, miembro del Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias y Dubravka Šimonović, participaron en una consulta regional con sociedad civil organizada en conjunto por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos, la Corte Interamericana y la CIDH. La sesión fue inaugurada por Ivan Šimonović, Secretario General Adjunto de la ONU para los Derechos Humanos, el Vicepresidente de la Corte Interamericana, Eduardo Ferrer Mac-Gregor, y el Presidente de la CIDH, James Cavallaro, y participaron más de 80 organizaciones de defensoras y defensores de derechos humanos. Finalmente, el 11 de abril la CIDH recibió a una delegación de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos liderada por Iván Simonovic, e integrada por Amerigo Incalcaterra, Representante de la Oficina Regional para Sudamérica, y Vladlen Stefanov,  jefe de la Sección de Instituciones Nacionales, Mecanismos Regionales y Sociedad Civil, así como las oficiales de derechos humanos Claudia Gerez y Liza Sekaggya. Dicha reunión se hizo en seguimiento a la declaración conjunta de colaboración firmada en 2014. Asimismo, se celebró un diálogo sobre Política Fiscal y Derechos Humanos en Tiempos de Austeridad, al que asistieron, entre otros expertos, Ricardo Martner, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y Rodrigo Uprimny, Miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.

Adicionalmente, el Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai  envió una carta a la CIDH saludando la celebración de la audiencia “Situación del derecho de asociación en América”. En este contexto, aportó un amicus curiae presentado ante la Corte Constitucional de Bolivia en mayo de 2015 en relación con requisitos establecidos en ese país para la constitución de organizaciones de la sociedad civil y su funcionamiento que, en su opinión,  serían incompatibles con los estándares internacionales de derechos humanos.

En estas sesiones, la CIDH tuvo reuniones, privadas y por separado, con el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) que trabaja en México en torno a las investigaciones del paradero de los 43 estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa, una alta delegación del Estado mexicano y representantes de los familiares. Dichas reuniones tuvieron el propósito de dar seguimiento al acuerdo de asistencia técnica y escuchar la posición de las partes sobre la continuidad del trabajo del GIEI en México. Los familiares de los estudiantes solicitaron a la CIDH la renovación del mandato del GIEI hasta que se determine la verdad de lo ocurrido, se esclarezca el paradero de los estudiantes y se haga justicia. El padre de uno de los estudiantes desaparecidos habló con la CIDH en pleno y dijo: “les pido de corazón que el GIEI siga llevando el caso. La verdad la dirán los muchachos cuando aparezcan”. Por su parte, la delegación del Estado valoró positivamente los aportes del GIEI en la investigación, indicó que aún no se ha determinado el paradero de los estudiantes y expresó su voluntad de concluir el acuerdo de asistencia técnica y que la Comisión haga seguimiento al asunto en el marco de sus competencias. Al respecto, la CIDH lamenta profundamente que el Estado mexicano haya manifestado su posición de no prorrogar el mandato del GIEI y poner fin al acuerdo, a pesar de que los objetivos del mismo permanecen incumplidos, principalmente la ubicación de los estudiantes desaparecidos. Dada la naturaleza del acuerdo de asistencia técnica, en la que es indispensable la anuencia del Estado, la CIDH considera que no están dadas las condiciones para continuar el mandato del Grupo. Por consiguiente, teniendo en cuenta los hallazgos realizados por el GIEI, tomando en consideración la posición de los familiares de los desaparecidos, teniendo presente las facultades de monitoreo de la CIDH y la medida cautelar vigente, y dada la imperiosa necesidad de continuar vigilantes en este asunto, la Comisión Interamericana tomó la decisión de establecer un mecanismo especial de seguimiento hasta lograr el cumplimiento de los objetivos y recomendaciones establecidos tanto en la medida cautelar como en los informes del GIEI.  La CIDH determinará, tras consultar a las partes, los términos específicos sobre cómo operará el mecanismo de seguimiento especial.

Durante estas sesiones, la CIDH recibió el planteamiento de Berta Zúñiga Cáceres y otros familiares y compañeros de la reconocida defensora de derechos humanos Berta Cáceres, lideresa indígena y coordinadora general del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), asesinada el 3 de marzo de 2016 siendo beneficiaria de medidas cautelares de la CIDH. Berta Cáceres había denunciado reiteradamente (más de 30 veces), tanto a las autoridades como públicamente, la situación de grave riesgo y permanentes amenazas en la que se encontraba. La familia de Berta Cáceres solicitó a la CIDH que designe a un grupo interdisciplinario de expertos independientes para coadyuvar a la investigación sobre el asesinato. El Secretario General de la OEA, Luis Almagro, apoyó dicha solicitud tras reunirse con la familia y los representantes de la defensora. La Comisión Interamericana expresó al Estado de Honduras su disposición de designar un grupo de estas características.

El asesinato de Berta Cáceres confirma la grave situación de riesgo en que viven los defensores y las defensoras de derechos humanos en Honduras, la cual ha sido y continúa siendo motivo de profunda preocupación para la CIDH. Asimismo, este y otros asesinatos de personas beneficiarias de medidas cautelares otorgadas por la Comisión ponen en tela de juicio la eficacia del Estado de Honduras para implementar dichas medidas, proteger a las personas beneficiarias y cumplir sus obligaciones internacionales. Esta situación debe ser analizada conjuntamente por las personas protegidas por medidas cautelares y sus representantes, el Estado, y la CIDH, a fin de encontrar soluciones para lograr la efectividad de las medidas de protección en el país.

En las audiencias la CIDH recibió información sobre la situación de inseguridad y riesgo en que viven los defensores y las defensoras de derechos humanos en Brasil, Colombia, Cuba, Honduras, México, Nicaragua, Venezuela y muchos otros países. Los asesinatos, agresiones, amenazas y actos de hostigamiento contra defensores y defensoras de derechos humanos continúan ocurriendo con el fin de silenciarles y poner un alto a su importante labor. También se realizan señalamientos públicos en su contra, campañas de difamación y descrédito, y se los criminaliza, tema que se analiza en profundidad en uno de los informes temáticos presentados por la CIDH en estas sesiones. La gran mayoría de estos hechos de violencia permanecen en la impunidad, lo cual propicia su repetición. La Comisión Interamericana llama a los Estados a garantizar el derecho a defender derechos.

Defensores y defensoras y otras personas que participaron en audiencias, reuniones de trabajo y otras actividades en el marco del Período de Sesiones, han sido objeto de represalias y amenazas al regresar a sus países. Esta situación ya se había presentado en el pasado en algunos países, y su repetición resulta alarmante. Es absolutamente inaceptable cualquier tipo de acción que emprenda un Estado motivada por la participación o el accionar de personas u organizaciones ante los órganos del sistema interamericano, en ejercicio de sus derechos convencionales. Tal como establece el artículo 63 del Reglamento de la CIDH, los Estados deben “otorgar las garantías pertinentes a todas las personas que concurran a una audiencia o que durante ella suministren a la Comisión informaciones, testimonios o pruebas de cualquier carácter” y no pueden “enjuiciar a los testigos ni a los peritos, ni ejercer represalias contra ellos o sus familiares, a causa de sus declaraciones o dictámenes rendidos ante la Comisión”.

En audiencias y reuniones de trabajo, se recibió información profundamente preocupante sobre los graves obstáculos que enfrentan muchos sectores de la población en América para ejercer sus derechos fundamentales. En una audiencia se plantearon los alarmantes niveles de desnutrición de niños y niñas en Guatemala. Los pueblos indígenas en Ecuador, Panamá y Perú informaron sobre el grave impacto de algunos proyectos de explotación de recursos naturales sobre el ejercicio de sus derechos. Diversos grupos de Estados Unidos plantearon problemas de acceso a agua potable y ausencia de sistemas sanitarios adecuados, los cuales afectan en forma desproporcionada a comunidades afrodescendientes, indígenas y personas en situación de pobreza. En otra audiencia se analizó la crisis económica de Puerto Rico y el impacto diferenciado que tiene sobre las personas que viven en situación de pobreza y extrema pobreza, así como sobre otros grupos en especial situación de vulnerabilidad. Asimismo, se recibió información particularmente alarmante sobre la violencia y la discriminación que sufren las mujeres afrodescendientes en Brasil y las personas lesbianas, gay, bisexuales y trans o percibidas como tales en Bolivia y Honduras.

En especial, preocupan a la CIDH los altos niveles de violencia policial que sufren las mujeres trans en algunos países de la región.  En relación con República Dominicana, la CIDH fue informada sobre la grave situación de vulneración de derechos políticos de las personas dominicanas de ascendencia haitiana, que resulta del proceso arbitrario de desnacionalización de estas personas, así como del racismo estructural y la discriminación de la que son objeto. Adicionalmente, se recibió información sobre violaciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en los contextos de movilidad humana, incluyendo su detención, en especial cuando forman parte de flujos migratorios irregulares o cuando huyen de contextos de violencia buscando refugio en otros países, situación que se habría visto agravada por medidas de seguridad adoptadas por varios Estados de la región. En muchos casos, las políticas públicas que los Estados han adoptado en respuesta a la inseguridad ciudadana, conocidas como “políticas de mano dura”, han enfatizado el aspecto represivo, tales como reducción de la edad de imputabilidad, penas más largas o el uso extendido de la prisión preventiva, lo cual favorece la intolerancia, la estigmatización y la exclusión social. En estas sesiones, se realizó una importante audiencia sobre medidas alternativas a fin de reducir el uso de la prisión preventiva.

La CIDH valora los avances logrados en el proceso de paz en Colombia y en el ámbito de sus atribuciones dará seguimiento y analizará los acuerdos resultantes.  La consolidación del proceso de paz y las expectativas de alcanzar una paz estable y duradera  son elementos transversales en la situación de los derechos humanos. La CIDH está convencida que el logro de la paz en Colombia es un paso fundamental para la protección de los derechos humanos en el país. Si bien este proceso plantea una compleja dinámica para su consecución, la plena observancia de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos debe ser un aspecto central. Adicionalmente, resulta preocupante la información recibida sobre un aumento de los asesinatos y agresiones contra defensores y defensoras de derechos humanos, así como sobre las actividades de grupos armados ilegales que la CIDH ha identificado como reductos de las estructuras paramilitares, los cuales el Estado tiene el deber de desarticular.

Las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante conflictos armados no pueden quedar en la impunidad. En relación con este tema, durante estas sesiones se celebró una audiencia sobre la situación de impunidad en que continúan las graves violaciones a los derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado en El Salvador. Durante dicha audiencia, la CIDH observó que la recuperación de la memoria histórica y la justicia para los graves crímenes del pasado es fundamental para comprender y solucionar la violencia en la actualidad. La CIDH agradece la invitación formulada por el canciller de El Salvador para que la CIDH visite el país.

Respecto de la importancia de combatir la impunidad, la CIDH saluda la decisión de Canadá de establecer una investigación nacional respecto de las mujeres y niñas indígenas desaparecidas y asesinadas en el país, la cual daría cumplimiento a una de las recomendaciones que la Comisión Interamericana estableció en su informe sobre mujeres indígenas desaparecidas y asesinadas en Columbia Británica, Canadá.
La CIDH también recibió información sobre el derecho a la libertad de expresión en Argentina. La Comisión valora las delegaciones de alto nivel que participaron por parte del Estado y por parte de los solicitantes, así como la información presentada por ambas partes. Las organizaciones de la sociedad civil y medios universitarios y comunitarios plantearon una serie de afectaciones a la libertad de expresión que se habrían producido como consecuencia de las modificaciones introducidas a la Ley de Servicios de Comunicación, a través de tres decretos de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo. La delegación del Estado justificó los cambios en el contexto de violaciones a la libertad de expresión que se verificaban en la anterior administración, la velocidad de los cambios en las tecnologías de la información y la posterior convalidación de estas normas por parte del Poder Legislativo. La CIDH valora el anuncio del gobierno de que abrirá un espacio de consulta y diálogo previo a la promulgación de una nueva legislación respetuosa de los estándares internacionales. Asimismo, la CIDH toma nota de la transitoriedad de la situación vigente y recuerda el principio de no regresividad en materia de derechos humanos, por lo que continuará dando seguimiento al proceso.

En otra audiencia sobre libertad de expresión, la periodista mexicana Carmen Aristegui y varias organizaciones denunciaron una serie de mecanismos de censura indirecta y afectaciones al derecho de acceso a la información que se habrían puesto en marcha en México, lo cual reduce el debate de asuntos de interés público. El Estado mexicano, en tanto, explicó los avances normativos e institucionales para garantizar el acceso a la información y la asignación de la publicidad oficial bajo criterios objetivos.
Uno de los más serios desafíos que actualmente enfrenta la Comisión Interamericana es la falta de recursos para cumplir a cabalidad los mandatos de promoción y defensa de los derechos humanos. La situación financiera de la CIDH, que es muy grave desde hace muchos años se ha agudizado este año. La CIDH recibe sólo el 6% del presupuesto general de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Dada la gravedad de la situación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace un enérgico llamado a los Jefes de Estado de la región para que asuman su responsabilidad con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. En este sentido, la CIDH urge a los Estados a instruir a los órganos competentes a asignar los recursos financieros requeridos a fin de que la CIDH pueda cumplir cabalmente con su mandato.

Audiencias públicas realizadas durante el período de sesiones

A continuación, se presenta un resumen de cada audiencia realizada, en el orden cronológico en que tuvieron lugar.

Derecho a la libertad de asociación de los pueblos indígenas de Ecuador

Las organizaciones solicitantes informaron a la CIDH de una serie de reformas constitucionales en el Ecuador realizadas a través de decretos ejecutivos y acuerdos institucionales, que han ido vulnerando el derecho constitucionalmente reconocido de los pueblos indígenas en el país de mantener, desarrollar y fortalecer sus formas de organización social. Indican por ejemplo que, a través del Decreto 16, se procedió en diciembre 2013 a la disolución de la Fundación Pachamama. Las organizaciones subrayan la aprobación de la Ley orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad en el año 2015, que retira el poder de registro y legalización que antes estaba a cargo del Consejo de Desarrollo de Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador (CODENPE), el cual, mediante Decreto ha sido transferido a la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, sin que esta modificación sea acompañada de regulaciones u orientaciones sobre la manera de desempeñar dicha responsabilidad. Asimismo, las organizaciones indígenas se encuentran registradas y regidas por el Reglamento que rige el Sistema Unificado de Información de Organizaciones Sociales, el cual ha sido fuertemente criticado por ofrecer un amplio margen de discrecionalidad al Estado en cuanto a la disolución de cualquier organización social sin justificación. Además, esta modificación constitucional inobserva el derecho a la consulta pre-legislativa de las comunidades indígenas vulneradas, y viola la disposición constitucional que establece que las leyes orgánicas deben ser las que regulan el ejercicio de derechos y garantías constitucionales. Las organizaciones participantes arguyen que este cuerpo normativo viola su derecho constitucional de conformar organizaciones que velen por sus intereses, perjudica a su derecho a la resistencia, y les impide actuar en los ámbitos políticos y sociales, menoscabando su derecho a la libre asociación así como su derecho a la libre determinación. El Estado no participó en esta audiencia y envió una comunicación a la CIDH justificando su no comparecencia. La Comisión lamentó la falta de comparecencia del Estado ecuatoriano en la audiencia, y le pidió a las organizaciones solicitantes que compartieran su experiencia sobre incidentes de criminalización de defensores de derechos humanos en estos contextos.  

Caso 12.786 - Luis Eduardo Guachalá Chimbo y Zoila Chimbo Jarro, Ecuador

La CIDH celebró una audiencia de fondo en la que participaron el Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, peticionarios en el caso. Participaron también, representantes del Estado de Ecuador. Los peticionarios expusieron sobre los hechos relacionados con la alegada desaparición de Luis Eduardo Guachalá Chimbo a principios del año 2004, unos días después de haber sido admitido en un hospital público psiquiátrico de la ciudad de Quito, a donde fue llevado por su madre. Alegaron que el hospital incurrió en una serie de irregularidades que aún no han sido esclarecidas y que han impedido que, luego de doce años de ocurridos los hechos, se conozca lo ocurrido al señor Guachalá. Asimismo, expusieron sobre la falta de efectividad de los recursos interpuestos a nivel interno y alegaron que se trata de un caso de desaparición forzada, teniendo en cuenta que el señor Guachalá estaba bajo custodia del Estado y que, durante los primeros días de su desaparición, se habría ocultado información sobre lo sucedido. La señora Zoila Chimbo, madre de Luis Eduardo Guachalá, rindió su testimonió y declaró sobre los hechos del caso y las acciones que ha emprendido para dar con el paradero de su hijo. La señora Chimbo también declaró sobre el sufrimiento que ha causado en su familia el no conocer lo sucedido  a su hijo. Por su parte, el Estado de Ecuador presentó alegatos sobre el cuidado brindado al señor Guachalá en las oportunidades en que fue internado en el hospital psiquiátrico. Asimismo, presentó información sobre las actuaciones realizadas tanto por el personal del hospital, como por la policía nacional, para dar con el paradero de la presunta víctima. El Estado también presentó información general sobre la atención de salud mental en Ecuador y la acreditación internacional que ha recibido en este ámbito. El Estado sostuvo que no se trata de un caso de desaparición forzada, ya que no se encontraba privado de libertad, sino bajo tratamiento psiquiátrico y que lo que ocurrió fue la salida o abandono del hospital, una vez que se encontró en una mejor condición de salud. El Estado informó que se continúan desplegando acciones para dar con el paradero de la presunta víctima, atendiendo a la orden judicial interna del recurso de habeas corpus.

Situación general de derechos humanos en Venezuela

El Estado informó sobre los avances en derechos humanos en Venezuela.  Dio cuenta de la adopción del primer Plan Nacional de Derechos Humanos del país, cuya versión preliminar fue sometida a un proceso de consulta con distintos sectores sociales a nivel nacional, que incluyó grupos en situación de vulnerabilidad, organizaciones de derechos humanos, cuerpos de policía y fuerzas armadas, entre otros.  Asimismo, indicó que se ha avanzado en la política de reparación integral para las víctimas, con la aprobación de una ley para la reparación y rehabilitación de las víctimas de violaciones de derechos humanos, la creación del Instituto Nacional de Víctimas de la Violencia y de mecanismos para su atención en salud y rehabilitación. El Estado se refirió además al proyecto de Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional sancionada recientemente por la Asamblea Nacional, al cual consideró como "una grave amenaza a los derechos humanos que se gesta desde un poder del Estado".  Señaló que el proyecto pretende abarcar con impunidad a una gama indeterminada de delitos, faltas o infracciones, que incluye “hechos tan graves como el uso de niños, niñas y adolescentes en la comisión de delitos, el tráfico de drogas, el terrorismo y la corrupción”.  Las organizaciones de la sociedad civil, por su parte, respondieron que dicho proyecto no incluye tráfico de drogas, homicidios o asesinatos, sino específicamente delitos políticos. Señalaron que existen 82 presos políticos y 3,785 detenidos por razones políticas desde 2014. Resaltaron que el Grupo de Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas decidió desde el 2014 sobre 327 de estos casos.  Las organizaciones se pronunciaron además sobre la posición de desacato y rechazo del Gobierno ante las decisiones del sistema interamericano y las preocupantes consecuencias de la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para Venezuela, la cual consideran que genera una condición de desamparo para la población.  Denunciaron que algunas autoridades del más alto nivel continúan sus campañas de estigmatizantes y de criminalización contra los defensores de derechos humanos.  Asimismo, hicieron referencia a la severa crisis en el abastecimiento de papel prensa; y el monopolio estatal, poco transparente, que asigna el papel prensa, lo cual afecta la existencia de algunos medios escritos.  Así mismo, se refirieron a la grave crisis alimenticia indicando que desde 2015, se ha registrado más de 1,200 protestas por alimentos y desabastecimiento.  Resaltaron un aumento consistente de saqueos e intentos de saqueos en todo el país, y que la respuesta estatal ha sido la represión.  Asimismo, indicaron que en la consulta sobre el citado Plan Nacional no se les permitió hablar de la utilización del sistema de justicia como arma de persecución política y que se oye solo las recomendaciones de las organizaciones a favor del Gobierno.  El Relator de País indicó que espera que se encuentren niveles de diálogo y que en un futuro pueda visitar libremente el país.

Derecho a la salud en Venezuela

La participante de la audiencia indicó que persiste la falta de la legislación que regule al sistema nacional de salud, de conformidad con la reforma constitucional de 1999, la cual reconoció el derecho a la salud como un derecho social y fundamental, como parte integrante del derecho a la vida, y como deber del Estado de garantizarla. Otras problemáticas informadas a la CIDH con respecto al derecho a la salud, se refirieron a la falta de personal médico especializado, al desabastecimiento de medicamentos, lo que fuera considerado como una presunta consecuencia del contrabando y el acaparamiento de los mismos, en particular, de aquellos necesarios para tratar el VIH y el cáncer. Además, la participante, señaló que la producción nacional de medicamentos ha disminuido sin que exista una supervisión y fiscalización estatal apropiada. Por su parte, el Estado indicó que Venezuela ha alcanzado importantes avances en materia de salud desde el reconocimiento del derecho a la salud como un derecho fundamental. Por ejemplo, se hizo referencia a que en el plano legislativo se aprobó una ley para la promoción y protección del derecho a la igualdad de personas que viven con el VIH, así como, normas para la universalización de la atención en salud que han permitido un incremento significativo en la cobertura, en el personal médico y en la infraestructura. Los representantes del Estado reconocieron  la existencia de un problema de disponibilidad de medicamentos, pero indicaron que ello no implicaba una crisis humanitaria. La Comisión reiteró que la protección del derecho a la integridad personal depende en buena parte del cumplimiento del deber de los Estados de garantizar que las personas disfruten del derecho al más alto nivel posible de salud física y mental sin discriminación.

Caso 12.805 - Jimmy Guerrero y Ramón Antonio Molina Pérez, Venezuela

Se llevó a cabo una audiencia de fondo durante la cual se recibió el testimonio de Jean Carlos Guerrero Meléndez quien declaró sobre los hechos del caso indicando que su hermano fue constantemente perseguido y hostigado por miembros de la policía del estado Falcón, quienes finalmente lo asesinaron, al igual que a su tío Ramón Antonio Molina Pérez. Indicó que dichas muertes se insertan en un contexto de ejecuciones extrajudiciales por miembros de la policía del estado Falcón que cobró la vida de 260 personas entre 2000 y 2008. Destacó que cumplidos 13 años desde la muerte de sus familiares, no se ha logrado obtener justicia pues las investigaciones continúan en etapa preliminar. Por su parte, las organizaciones peticionarias presentaron los alegatos de fondo sobre el caso, resaltando que el Estado faltó a su deber de prevenir la muerte de ambas personas ya que tanto Jimmy Guerrero como la Defensoría del Pueblo denunciaron, con anterioridad a las muertes, los hostigamientos que sufrían las presuntas víctimas por parte de miembros de la policía del estado Falcón. Agregaron también que, en el marco de la investigación penal, el Estado faltó a la debida diligencia porque ha omitido realizar diligencias fundamentales como el análisis de contexto de los hechos, la identificación de todos los testigos que estuvieron presentes, la incorporación del acta de novedades, que permitiría determinar los policías que se encontraban de guardia en el momento de los hechos, así como el levantamiento planimétrico para determinar aquellos aspectos esenciales de la escena del crimen que pudieran ser relevantes para esclarecerlo. También expusieron los supuestos malos tratos que han sufrido los familiares de las presuntas víctimas, por parte del Estado, por intentar obtener justicia y acceder al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Por su parte, el Estado expuso que entiende la preocupación de los peticionarios; sin embargo, destacó que no presentaría alegatos, dado que, por problemas para obtener la visa estadounidense, el agente del Estado y de la Fiscalía, responsables del caso, no lograron comparecer a la audiencia.

Derechos humanos y “Operación Liberación del Pueblo” en Venezuela

Los solicitantes presentaron su informe Poder sin límites sobre la “Operación de Liberación y Protección del Pueblo” (OLP).  Indicaron que esta operación está en práctica desde julio de 2015 para enfrentar los graves problemas de seguridad ciudadana, la cual ha implicado el allanamiento sorpresivo, masivo e ilegal, por fuerzas policiales y militares, de hogares en sectores humildes en cuyo contexto se ha producido graves violaciones a los derechos fundamentales de estas comunidades, sin que se rinda cuentas por este accionar.  Indicaron que en 24 operativos se realizaron 14,000 detenciones masivas y arbitrarias, de las que solo 100 habrían sido imputadas.  Asimismo, señalaron que en el Informe de la Fiscal General al Congreso de la República se registró un total de 245 muertes; de las cuales solo tres corresponden a agentes estatales; por lo que consideran no se trataría de enfrentamientos, como alega el Estado, sino de ejecuciones extrajudiciales.  Señalaron que estos operativos concluyen con la demolición de las viviendas y las propiedades de estas personas.  Las organizaciones indicaron que han recibido el testimonio directo de las víctimas respecto a que, por lo menos, 20 personas habrían sido ejecutadas tras haber sido neutralizadas.  Asimismo, indicaron que se trata de allanamientos llevados a cabo durante la noche, con robo de enseres, destrucción de propiedad, incendio de viviendas y que en las detenciones no se les comunica las causas de las mismas.  Denunciaron una respuesta insuficiente del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo.  Indicaron que la OLP repite las actuaciones irregulares de las fuerzas policiales que ya habían sido identificadas desde 2006 por la Comisión Nacional de Reforma Policial y que viola la Constitución respecto a que los órganos de seguridad ciudadana sean de carácter civil.  El Estado respondió que va a analizar el informe con detenimiento y manifestó que la política de vivienda en Venezuela ha sido emblemática.  Indicó que se trata del 1% de las viviendas entregadas por la Gran Misión Vivienda, que fueron desalojadas y que hay un clamor que pide la acción del Estado para devolver la paz y seguridad en esas zonas que pasaron a estar bajo el control de la delincuencia.  La Comisión indicó que la respuesta del Estado a la inseguridad ciudadana tiene que hacerse dentro de un marco de democracia y de respeto de los derechos humanos.  Asimismo, la CIDH reiteró que los asuntos que tienen que ver con la seguridad ciudadana son de competencia exclusiva de cuerpos policiales civiles, debidamente organizados y capacitados y que los conflictos se deben superar desde la perspectiva axiomática de la seguridad ciudadana, según la cual las diferencias se dan entre ciudadanos que hay que proteger y no frente a los enemigos que hay que combatir.

Situación general de derechos humanos en Costa Rica

El Estado presentó información sobre los esfuerzos que ha venido desarrollando en derechos humanos, en particular en relación a temas donde ha habido un interés particular de la CIDH. El Estado abordó esfuerzos para reestablecer la Entidad Permanente de Consulta con la Sociedad Civil. Asimismo se refirió a medidas adoptadas en relación a la lucha contra la discriminación étnico-racial. En materia de pueblos indígenas, señaló diversas medidas como la emisión de una directriz para la construcción del mecanismo de consulta. En relación a la violencia obstétrica indicó que se han tomado acciones institucionales para mejorar la atención. Asimismo, en abril de 2016 se pondrá en práctica un protocolo para la aplicación del aborto terapéutico. El Estado también informó sobre avances en el acceso al agua y respecto al sistema penitenciario. Respeto a los derechos de las personas LGBT, refirió a la adopción de la “Política para erradicar la discriminación hacia la población sexualmente diversa”; la reforma del Reglamento del Seguro de Salud para incluir el aseguramiento de las parejas del mismo sexo y la visita hospitalaria; y la emisión de normativas y decisiones judiciales que han desarrollado parámetros de respeto de los derechos de las personas LGBT. También destacó que la Corte Interamericana avaló que un decreto regulara la aplicación de la fertilización in vitro en el país. Las organizaciones participantes por su parte presentaron información sobre la presión que se ejerce en contra de autoridades judiciales que impulsan medidas alternativas a la prisión preventiva y la imposición de sanciones disciplinarias contrarias al debido proceso. Asimismo, señalaron preocupación sobre algunos obstáculos para acceder a servicios de salud, en especial, sobre largos periodos de espera para recibir atención médica por parte de especialistas, realizar exámenes médicos y tratamientos urgentes.  Asimismo hicieron hincapié en la urgencia de contar con el protocolo de aborto terapéutico así como con una campaña de difusión sobre este derecho. Por otro lado informaron sobre la inexistencia de una relación obrero-patronal en el caso de los trabajadores migrantes recolectores de café de origen indígena. La CIDH destacó las iniciativas del Estado en la reducción del uso del régimen cerrado como forma de reducir la población encarcelada en el país y solicitó información sobre las personas privadas de libertad, y acerca de la existencia de algún proyecto de ley para cambiar la normativa vigente sobre delitos no excarcelables. Asimismo llamó al Estado de Costa Rica a profundizar sus esfuerzos en la protección de los derechos de las personas LGBT.

Derechos humanos y seguridad ciudadana en El Salvador

Los solicitantes enfatizaron los altos niveles de violencia que afectan al país centroamericano, posicionándolo como uno de los países más violentos del mundo.  Ilustrando lo anterior, informaron que el año 2015 cerró con aproximadamente 6.656 homicidios, lo que equivaldría a 102 muertes por cada 100.000 habitantes. La espiral de violencia continuaría en aumento en el año 2016, al reportarse un promedio de 22 muertes por día. Positivamente fue valorado el Plan El Salvador Seguro al indicar que este ofrece un diagnóstico y abordaje integral de la problemática, más sin embargo, recalcaron que en su implementación se ha priorizado, por ejemplo, la adopción de medidas represivas, la autorización de un importante componente militar en labores de orden público interno, la persecución penal desprovista de garantías judiciales mínimas, el uso preferente de la detención preventiva, cometiéndose numerosas violaciones a los derechos humanos encubiertas por la impunidad. La delegación estatal, liderada por el Ministro de Relaciones Exteriores, Hugo Martínez Bonilla, atribuyó los altos índices de violencia a las pandillas e indicó que buscan desestabilizar las instituciones estatales, generar terror en la población y controlar territorios, impactando en mayor medida a los sectores en mayor situación de vulnerabilidad. Ante ello, el Estado ha respondido con la instalación del Consejo de Seguridad y Convivencia Ciudadana, en el que se gestó el Plan El Salvador Seguro, cuya implementación está impactando positivamente a numerosos municipios del país. Para constatar los grandes avances hasta ahora reportados, el Canciller públicamente extendió una invitación a la CIDH para verificar en el terreno los trabajos emprendidos por el Estado para abordar el flagelo de la violencia en el país. La Comisión destacó la importancia de que El Salvador destine sus mayores esfuerzos para abordar el problema de inseguridad ciudadana y reconoció los grandes retos que se enfrentan. En este sentido, exhortó al Estado a tomar las medidas necesarias para evitar la desnaturalización del Plan El Salvador Seguro, y recordó que en las democracias constitucionales modernas las declaratorias de estados de excepción deben ser un último recurso.

Impunidad por graves violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado en El Salvador

En la audiencia, la parte solicitante, representando a un amplio colectivo de organizaciones de la sociedad civil, expresaron su preocupación por la impunidad en que permanecen las graves violaciones a los derechos humanos ocurridos durante el conflicto interno armado en El Salvador, luego de transcurridos 24 años de la firma de los Acuerdos de Paz de Chapultepec.  Los  gestos y medidas positivas adoptadas por el Estado fueron consideradas fútiles ante la negación de justicia y reparación a las víctimas y sus familiares, quienes se ven re-victimizadas por la inercia del órgano investigador y el convencimiento general de los operadores de justicia de que se puede aplicar amnistía o prescripción a dichas graves violaciones. El Estado, por su parte, insistió en el gran compromiso de respeto a los derechos humanos mostrado desde 2009, con la adopción de decretos y medidas, creación de programas e instalación de mesas de diálogo con diferentes actores que aspiran a la construcción colectiva del país, su memoria histórica y reconciliación mediante la obtención de justicia. Entre otras, destacó el actual examen de ratificación de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas por parte de una Comisión de la Asamblea Legislativa. La Comisión saludó los avances reportados y reconoció la necesidad de continuar trabajando en todo aquello pendiente. Recordó la jurisprudencia interamericana que proscribe las amnistías generales, por erigirse como un obstáculo insuperable en la obtención de justicia ante graves violaciones a los derechos humanos. Consideró positiva y agradeció nuevamente la invitación extendida en audiencia anterior por el Canciller Hugo Martínez Bonilla a realizar una visita el país. La CIDH reitera que las leyes de amnistía relacionadas con violaciones graves de derechos humanos son incompatibles con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, ya que impiden a los Estados investigar y castigar a los responsables.

Deuda pública, política fiscal y pobreza en Puerto Rico, Estados Unidos

Las organizaciones participantes presentaron información acerca de la grave crisis económica que atraviesa Puerto Rico, como consecuencia de una deuda pública, que excedería los $70 mil millones de dólares. Además, informaron a la CIDH que el pago de la deuda se habría convertido en una prioridad del gobierno y que este habría adoptado medidas de austeridad que afectan el goce de los derechos humanos de la población. Entre las medidas adoptadas hicieron referencia a los impuestos, despedidos masivas en el sector público, cierres de escuelas públicas y salas de audiencias, y recortes a los presupuestos de las organizaciones sin fines de lucro. También destacaron los efectos nocivos que dichas políticas fiscales tendrían sobre el derecho a un trabajo digno, el derecho constitucional a la negociación colectiva, el derecho a la educación para todos, incluso para los niños y niñas con discapacidades, el derecho a la salud y el derecho a la vivienda. Las organizaciones explicaron a la CIDH que la crisis está causando la migración masiva de la población hacia Estados Unidos, lo que causa niveles inéditos de pobreza y agrava la situación al reducir la base tributaria de Puerto Rico. Adicionalmente, los solicitantes de la audiencia indicaron que, a pesar de la situación antes descrita, la población no tiene acceso a datos fiscales completos y fiables en cuanto a la causa de la deuda, y la gestión por parte del gobierno, y que tampoco ha sido informada acerca de la distribución de los fondos. Las organizaciones participantes catalogaron la situación que experimenta Puerto Rico como una “crisis humanitaria” y solicitaron que se decrete una moratoria del pago de la deuda, se establezca un sistema participativo y democrático de la auditoria de la misma, entre otras medidas urgentes. El Estado reconoció la situación de crisis fiscal y económica en Puerto Rico, indicando que este destina el 36% de su presupuesto al servicio de la deuda, y que sin embargo, el impago de la deuda es inminente. El Estado señaló que el estatus colonial de Puerto Rico impide la renegociación del pago de la deuda, haciéndolos depender del Congreso estadounidense, quien todavía no ha adoptado medidas para aprobar la reestructuración de la deuda. La CIDH expresó su preocupación por la información presentada, en particular por las posibles afectaciones a los derechos humanos que esta crisis pueda provocar. La CIDH valoró positivamente la disposición de las autoridades de Puerto Rico ante la posibilidad de una visita de trabajo de la CIDH a la isla.

Situación de derechos humanos de niños, niñas y familias migrantes y refugiados en Estados Unidos

Las organizaciones solicitantes de la audiencia destacaron que a pesar de algunos avances en la situación, serias violaciones a los derechos humanos de los niños y sus familias persisten en el contexto de la detención migratoria en los EEUU. Las organizaciones describieron el procedimiento vigente de asilo, y dentro del mismo resaltaron algunas preocupaciones acerca de la situación de detención de niños y sus familias, incluyendo la falta de atención médica apropiada y el impacto psicosocial producto del tratamiento poco idóneo en los centros de detención. Las organizaciones insistieron en la importancia de que las políticas de detención migratoria dejen de enviar el mensaje de que las familias y los niños han hecho algo malo.  Aprovecharon su intervención para exhortar al Estado a revocar la política de detenciones migratorias automáticas y sumarias, y a mejorar la calidad de los procedimientos de determinación de temor fundado.  Asimismo, los solicitantes señalaron la vigencia de situaciones crueles e innecesarias de separación familiar, y la preocupación acerca de la colocación de dispositivos en los tobillos de los solicitantes de asilo. Señalaron como lamentable las deportaciones sumarias a madres y niños que ingresaron a EEUU, que nunca tuvieron acceso a un debido proceso y a la defensa en el marco del procedimiento de asilo.  El Estado reconoció que el fenómeno migratorio en EEUU es una situación de crítica importancia e implicaciones humanitarias, pero que el Estado también tiene derecho soberano a controlar la admisión de extranjeros a su territorio, y la retención o expulsión de los mismos. Recalcó que han abordado la situación en una forma justa y humana y que adicionalmente, han cumplido las recomendaciones planteadas. Afirmaron que se han asignado recursos específicos para la estrategia de apoyo de EEUU en Centroamérica y anunciaron iniciativas de trabajo conjunto con ACNUR en la región.  El representante del Estado afirmó que las fronteras de EEUU no están abiertas para la migración ilegal. La CIDH llamó la atención acerca de la preocupación que tiene acerca de la detención migratoria de las familias en EEUU, recalcando que la detención debe ser entendida como medida de último recurso. Asimismo, la Comisión solicitó información acerca de la capacitación de funcionarios de frontera, resaltó la importancia de considerar el interés superior del niño y reiteró su compromiso a darle seguimiento a las recomendaciones planteadas al Estado.

Derechos humanos y acceso al agua en Estados Unidos

Las organizaciones participantes presentaron información acerca de la falta de acceso al servicio de agua potable y saneamiento salubre, accesible y asequible, sin discriminación en Estados Unidos, lo consideraron estaría afectando desproporcionadamente a las comunidades de bajos ingresos económicos, particularmente a las comunidades indígenas, afrodescendientes, latinas y población migrante. Los solicitantes presentaron testimonios sobre las afectaciones a la salud y la integridad física como consecuencia de la contaminación del agua con desechos tóxicos y nucleares. Igualmente, las organizaciones de la sociedad civil describieron el impacto por la crisis de contaminación del agua en Flint (Michigan) sobre residentes indocumentados; y presentaron información acerca de altas tasas por el servicio de agua; cortes al suministro; falta de acceso a saneamiento para personas en situación de discriminación histórica, como personas sin hogar; y otras situaciones de contaminación como consecuencia de la explotación de uranio, plantas nucleares, uso de pesticidas y fertilizantes. Por otra parte, los solicitantes presentaron información acerca de buenas prácticas emergentes para prevenir y reparar violaciones al derecho al agua, tales como el reconocimiento del derecho humano al agua y políticas de asequibilidad, en las que los ingresos económicos de los usuarios son considerados a la hora de determinar el costo del servicio. Por su parte, el Estado indicó que, al no ser Estado Parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, no tiene obligaciones internacionales que deriven de ese tratado. Sin embargo, la delegación del Estado presentó información sobre programas a nivel internacional y nacional que establecen estándares de calidad para la prestación del servicio de agua y además informaron que después de la crisis ocurrida en Flint, han adoptado medidas de control y monitoreo para atender la situación y para prevenir que ello no vuelva a ocurrir. La CIDH recordó que es obligación de los Estados proteger a las personas que se encuentran en una situación de discriminación histórica, respetar los derechos humanos y garantizar las condiciones necesarias para una existencia digna.

Derecho a la libertad de asociación en Paraguay

Las organizaciones participantes proporcionaron información sobre las políticas y prácticas ejercidas por el Estado de Paraguay para negar o retrasar la inscripción oficial de sindicatos. Adicionalmente, en la audiencia se abordaron denuncias con respecto a la situación de activistas y dirigentes sindicales, presuntas víctimas de actos de discriminación antisindical, entre ellos, despidos masivos y uso excesivo de la fuerza por parte de fuerzas de seguridad. Para concluir, los solicitantes presentaron información sobre los múltiples obstáculos legislativos existentes en relación a la limitación de los tipos de sindicatos, exigencia de un número mínimo de miembros, obstáculos para pertenecer a juntas directivas, entre otros. El Estado señaló que ha ratificado varios tratados de derecho internacional en la materia y que la Constitución reconoce la libertad sindical como un derecho. Igualmente, rechazó las alegaciones de las organizaciones, indicando que el Ministerio de Trabajo ha otorgado un número razonable de registros sindicales y ha avanzado sustancialmente en mediaciones en conflictos colectivos. La Comisión celebró la relevancia del tema de la audiencia y la presencia de sindicatos de trabajadores, igualmente, expresó preocupación por la represión y las limitaciones al ejercicio del derecho a la protesta de trabajadores sindicalizados.

Violencia sexual y derechos humanos de niñas y adolescentes en Paraguay

Las organizaciones solicitantes presentaron la problemática de los altos niveles de violencia sexual contra niñas entre 10 y 14 años de edad en Paraguay y sus varias consecuencias sobre la vida, la integridad personal y la salud física y psicológica de las víctimas. De acuerdo a la información presentada, de enero a mayo del 2015 se presentaron 421 denuncias por abuso sexual de niñas menores de 14 años, sin embargo estas cifras no reflejan la magnitud de la problemática dado que muchos casos no son denunciados. Las consecuencias de la violencia sexual son particularmente negativas en las niñas y las adolescentes con impactos duraderos en sus vidas, exponiéndolas además a embarazos no deseados. Los embarazos de niñas y adolescentes constituyen el 20% de todos los nacimientos en Paraguay. Las organizaciones enfatizaron que las niñas entre 10 y 14 años tienen entre 2 y 5 veces más probabilidades de morir durante el embarazo o en el parto, e indicaron que 28 niñas menores de 14 años murieron recientemente dando a luz en ese país. La legislación interna del país prevé la posibilidad de la interrupción del embarazo en los casos en que el mismo represente un riesgo para la vida de la madre. Sin embargo, no existe un acceso efectivo a los servicios de salud adecuados para las víctimas debido a la ausencia de protocolos de atención médica que regulen cómo, cuándo y quién puede determinar la interrupción legal del embarazo, lo cual hace que en la práctica no puedan acceder a estos procedimientos y que el personal médico se vea expuesto a procesos criminales. Las organizaciones denunciaron la existencia de intimidaciones y amenazas contra defensoras de derechos sexuales y reproductivos, así como a familiares que defienden los derechos de las niñas víctimas de violencia sexual. Asimismo, destacaron que, aunque el Código Penal de Paraguay prevé la edad de 14 años para el consentimiento para mantener relaciones sexuales, y por debajo de la misma las relaciones sexuales constituyen un delito, existe un elevado nivel de impunidad en este tipo de delitos. Entre las problemáticas identificadas se encuentra la falta de protocolos para una investigación efectiva de alegaciones de violencia sexual, que no sean revictimizantes. Las solicitantes presentaron como ejemplo de lo anterior el caso de la niña Mainumby. El Estado, por su parte, presentó los programas que está desarrollando para la prevención de la violencia contra la niñez así como intervenciones para hacer frente a la trata con fines de explotación sexual y campañas de  sensibilización social en español y en idioma guaraní.  La Comisión reiteró su preocupación por la falta de protocolos que permitan los tratamientos de salud adecuados para las niñas víctimas de violencia sexual, incluida la interrupción legal del embarazo, la falta de educación en materia de salud sexual y reproductiva para niños y niñas, y la práctica de la institucionalización de las niñas embarazadas.
 
Medidas para reducir la prisión preventiva en América

En la audiencia convocada de oficio por la CIDH, las organizaciones participantes manifestaron su preocupación por el uso excesivo de la prisión preventiva en América, y las consecuencias que de este se derivan, tales  como hacinamiento, violencia en centros carcelarios y corrupción. Asimismo, refirieron que en la región se han realizado reformas de endurecimiento de la legislación a fin de enfrentar los problemas derivados de la inseguridad ciudadana, que se traducen en el incremento del catálogo de conductas consideradas como delitos, aumento de penas y ampliación del catálogo para la imposición de la prisión preventiva. De igual forma, la CIDH fue informada sobre la carencia de una perspectiva de género en las políticas para enfrentar el problema de las drogas, la cual habría impedido hacer frente a los impactos diferenciados de la privación de la libertad frente a hombres y mujeres, y que habría ocasionado que en países como Argentina, Brasil, Costa Rica y Perú, más del 60% de los casos de mujeres detenidas que se encuentran privadas de su libertad están vinculados por delitos relacionados con drogas. Por otra parte, los participantes destacaron algunas medidas que los Estados han realizado a fin de reducir el uso de la prisión preventiva; entre estas medidas destacan las audiencias de custodia en Brasil, los planes de descongestionamiento del sistema penal en Bolivia, y la utilización de justicia restaurativa a través de la “suspensión condicional de la persecución penal” en Guatemala. Por su parte, la Comisión señaló que el uso excesivo de la prisión preventiva representa “el fracaso del sistema de administración de justicia”, y que esta puede hacerse frente a esta problemática mediante la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva. La CIDH se refirió también al hacinamiento carcelario, producido en gran medida por el uso excesivo de la prisión preventiva, y que representa un “semillero” de violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

Derecho a la salud y tabaquismo en América

Las organizaciones participantes indicaron que el tabaco es un producto mortal que causa la muerte de la mitad de sus consumidores, y que es causa principal de enfermedad y discapacidad. Además, señalaron que el tabaquismo perpetúa la pobreza y obstaculiza el desarrollo sostenible de los Estados, afectando desproporcionadamente a los sectores sociales que se encuentran en situación de discriminación histórica. Sostienen que ello habría generando además, enormes impactos económicos en los sistemas de salud por los altos costos del tratamiento de enfermedades asociadas al consumo de tabaco. Las organizaciones expresaron que la industria tabacalera, para mantener sus productos en el mercado y aumentar sus ganancias, dirigen especialmente sus campañas de publicidad a grupos tradicionalmente sometidos a discriminación, como mujeres, niños, niñas, adolescentes y personas LGBTI. Igualmente, expresaron que estas empresas desarrollan estrategias para frenar los esfuerzos de los Estados para regular el tabaco y el avance de las políticas de salud pública, mediante el litigio, la incidencia legislativa y acciones ética y jurídicamente cuestionables. Indicaron además, que existe suficiente evidencia científica que demuestra cuáles son las políticas efectivas que deben implementarse para detener la epidemia de tabaquismo y proteger el derecho a la vida y la salud de la población. En efecto, indicaron que el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de Salud establece las medidas específicas que los Estados Parte deben implementar para minimizar el impacto del tabaco en la salud pública. En este contexto, y a fin de cumplir con las obligaciones internacionales de derechos humanos, indicaron que los Estados deben implementar de manera urgente medidas de control de tabaco y garantizar la transparencia en relación con la industria tabacalera. La CIDH resaltó la importancia de la primera audiencia en este tema como una oportunidad de aprendizaje conjunto. Asimismo, la Comisión destacó la relevancia de una discusión que considere la ponderación entre las libertades individuales y los derechos a la salud e igualdad.

Caso 12.932 - Agapito Pérez Lucas, Luis Ruiz, Nicolás Mateo, Macario Pu Chivalán, Guatemala

Participaron en la audiencia representantes del Estado de Guatemala y, en representación de los peticionarios, el Consejo de Comunidades étnicas RUNUJEL JUNAM, (CERJ) y el Robert F. Kennedy Human Rights Center. La parte peticionaria expuso sus alegatos sobre la presunta desaparición forzada de Agapito Pérez Lucas, Luis Ruíz, Macario Pú Chivalán y Nicolás Mateo, integrantes del pueblo Maya-Quiché, a manos del ejército guatemalteco. Explicó también la labor activa que dichas personas realizaban en el CERJ como promotores de derechos humanos y argumentó que su desaparición forzada habría sido cometida como represalia a dicha labor. Asimismo, alegó que a la fecha no se ha realizado una investigación diligente en la búsqueda de las presuntas víctimas ni diligencias adecuadas para identificar y sancionar a los responsables, existiendo un evidente retardo injustificado en la justicia. En el marco de la audiencia, rindió su testimonio el señor Pedro Mateo, hijo de Nicolás Mateo, quien declaró sobre los hechos vinculados con la presunta desaparición forzada de su padre, así como los impactos que ello habría generado en su vida. De igual forma, la Comisión recibió testimonio del señor Amílcar Méndez Urízar, quien detalló la labor que, como defensores de derechos humanos, realizaban las presuntas víctimas. Asimismo, el señor Méndez rindió testimonio sobre las gestiones que realizó dentro del país con la finalidad de obtener respuesta y justicia. En respuesta a las declaraciones de los testigos y a los argumentos de los peticionarios, el Estado mnifestó su interés de iniciar un proceso de diálogo con las víctimas, con la finalidad de realizar todas las acciones pendientes y lograr la resolución del caso. Los comisionados presentes destacaron la posición del Estado y la importancia del proceso de solución amistosa dentro del sistema de casos y peticiones ante la Comisión. A solicitud de los peticionarios, los representantes del Estado se comprometieron a gestionar reuniones en Guatemala con las autoridades responsables, a fin de obtener una propuesta específica de las acciones que el Estado llevaría a cabo. De iniciarse un proceso formal de solución amistosa, las partes informarán oportunamente a la Comisión.

Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en Guatemala

Las organizaciones de la sociedad civil participantes presentaron información sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres en Guatemala y la situación de violencia generalizada a la que se enfrentan. Según información proporcionada por los solicitantes, pese a que en Guatemala existe un marco legal que favorece los derechos de las mujeres, las acciones del gobierno han debilitado y limitado los procesos nacionales para la erradicación de la violencia contra las mujeres. En este sentido,  las organizaciones participantes solicitaron que se reactive inmediatamente la Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y en contra de la Mujer-CONAPREVI - y se emita una ley específica para lograr su fortalecimiento. Asimismo se solicitó que se continúe con el fortalecimiento de los Centros de Apoyo Integral para Mujeres sobrevivientes de Violencia-CAIMUS y se emita la ley del Ministerio de la Mujer para fortalecer a la Secretaría Presidencial de la Mujer y una ley específica de la Defensoría de la Mujer Indígena.  Por su parte, la representación del Estado reconoció que a lo largo de la historia de Guatemala han prevalecido patrones culturales de carácter patriarcal y en este sentido compartió la necesidad de garantizar a la mujer guatemalteca una vida libre de violencia y un desarrollo en condiciones equitativas con los hombres. La delegación reafirmó su compromiso de seguir estableciendo un marco normativo encaminado a la prevención, sanción y eventual erradicación de la violencia en contra de las mujeres mediante ratificaciones de instrumentos internacionales en la materia, reformas legales y planes nacionales de acción. En relación a la CONAPREVI y las modificaciones a su estructura funcional e institucional, el gobierno señaló que esta institución fue creada para dar cumplimiento a sus obligaciones internacionales y que su mandato y estructura siguen en proceso de definición. En este sentido, manifestó su voluntad de continuar realizando reuniones interinstitucionales y con sociedad civil para seguir avanzando en esta definición y expresó su disposición a abordar de manera amistosa los problemas presentados vinculados con los espacios de decisión en los que participaban las organizaciones de mujeres.   La CIDH celebró esta disposición y la actitud constructiva de la delegación de Guatemala, ofreciendo su apoyo en el acercamiento de posiciones.  Asimismo, insistió en la idea de que si bien las leyes no son el único elemento capaz de cambiar patrones culturales, estas son un buen comienzo y por ende se debe avanzar hacia una efectiva implementación de las mismas. A este respecto, recomendó el establecimiento de un foro de diálogo permanente y continuo entre sociedad civil y el Estado de Guatemala.

Derecho a la alimentación de niños y niñas en Guatemala

Las organizaciones participantes presentaron información acerca del contexto generalizado de violencia en Guatemala en el que niños, niñas y adolescentes son víctimas de muertes violentas y delitos sexuales en altas proporciones. Asimismo, expresaron preocupación por el bajo nivel de implementación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y Adolescencia a causa de la falta de recursos, coordinación institucional y escasez de personal. Por otro lado, los participantes denunciaron que las entidades estatales vinculadas a los casos de desnutrición infantil de niños y niñas indígenas han incumplido total o parcialmente las órdenes de restitución de derechos derivadas de las decisiones judiciales emitidas en el año 2013. Finalmente, las organizaciones participantes presentaron información sobre las agresiones, actos de intimidación y estigmatización hacia comunidades indígenas y defensores del derecho a la alimentación. Por su parte, el Estado informó sobre los esfuerzos para proteger y garantizar el derecho a la alimentación, como la adopción del sistema nacional de seguridad alimentaria y nutricional en el año 2005. Asimismo, señaló que han cumplido progresivamente con órdenes judiciales a favor de los niños y niñas indígenas a través de la expedición de un protocolo participativo. La Comisión resaltó la importancia de los avances normativos del Estado de Guatemala e hizo un llamado a promover medidas a largo plazo para dar una solución estructural a la problemática de la desnutrición infantil.  

Derecho a la libertad de expresión y regulación de medios de comunicación audiovisual en América

En el marco de esta audiencia temática, la delegación de la Asociación Internacional de Radiodifusión (AIR) manifestó su preocupación debido que desde hace un lustro se han venido incrementando diferentes tipos de acciones y tendencias que coartan directa o indirectamente la libertad de expresión y el funcionamiento de los medios, periodistas y comunicadores en varios países de la región. En particular señalaron la aprobación de leyes que cuyo objetivo anunciado fue democratizar los medios de comunicación, pero a su juicio, fueron utilizadas para perseguir a medios críticos con el poder. Por su parte, la delegación de Observacom presentó un estudio sobre la marcha de la transición de la transición a la televisión digital en la región. Indicaron que no se trata sólo de un cambio tecnológico, sino que también supone una mayor eficiencia para aprovechar el espectro radioeléctrico y esto posibilita la incorporación de nuevas voces a la televisión. Indicaron que algunos países legislaron para un mejor reparto del llamado dividendo digital, pero en otros no se está aprovechando para dotar de mayor diversidad y pluralismo a la radiodifusión y se han agravado los niveles de concentración de medios en pocos actores. El Relator para la Libertad de Expresión admitió que cualquier regulación de medios de comunicación es compleja y debe establecerse respetando los requerimientos de la libertad de expresión. Sostuvo que, si bien existen malas experiencias en esta materia, también hay políticas públicas positivas en América y Europa. Preguntó a los solicitantes cuáles serían aquellas prácticas que garantizarían mejor el debido proceso en el acceso a las licencias. Además, considerando la existencia de grupos que controlan grandes cantidades de frecuencias que impedían el acceso a nuevos actores, preguntó cuáles límites consideraban razonables al acaparamiento de este recurso. La Comisión recuerda que los diferentes medios de comunicación (públicos independientes del Poder Ejecutivo, privados con fines de lucro, y comunitarios o privados sin fines de lucro) deben ser reconocidos y deben tener acceso, en condiciones de equidad, a todas las plataformas de transmisión disponibles, incluyendo el nuevo dividendo digital. A su vez, la autoridad que aplique y fiscalice las normas de radiodifusión debe proceder de modo transparente y respetuoso del debido proceso.

Situación general de derechos humanos en Colombia

Las organizaciones solicitantes señalaron que están optimistas por el avance del proceso de paz, sin embargo indicaron que se deben implementar medidas para asegurar la no repetición de violaciones de derechos humanos, el conflicto armado y sus causas estructurales.  Señalaron que en Colombia continúa y ha aumentado el accionar paramilitar e identificaron una falta de estrategias claras, por parte del Estado, para su efectivo desmonte.  Asimismo, indicaron que en lo que va del año hubo un incremento de asesinatos y agresiones contra defensores de derechos humanos en todo el país con un total de 28 personas asesinadas, 13 de las cuales eran defensores y defensoras de derechos humanos y líderes de movimiento sociales, y los otras 15 personas perecieron en las acciones de la mal llamada “limpieza social” y que se han registrado 54 agresiones contra defensores.  Señalaron que en 2015, 682 defensores fueron agredidos; 539 padecieron amenazas (lo cual refleja un incremento del 10% en relación con el año pasado); 64 defensores y defensoras fueron asesinados (lo que representó un incremento de 13% en relación al año anterior); 3 fueron desaparecidos; 35 fueron objeto de atentados; 26 sufrieron detenciones arbitrarias; 8 fueron sujetos a un uso arbitrario del sistema penal; 8 fueron víctimas de hurto de información.  Señalaron que los presuntos responsables de estos actos serían en su mayoría grupos paramilitares.  Solicitaron al Estado que reconozca la persistencia del paramilitarismo, que lleve a cabo su real desmonte y que se judicialice y sancione a sus integrantes y a los funcionarios que lo toleren.  Denunciaron una falta de actividad y diligencia investigativa por parte de la Fiscalía en contra de paramilitares, en contraste con una notoria actividad para establecer la responsabilidad de integrantes de las guerrillas; así como un alto índice de impunidad en los casos de violencia sexual.  El Estado, por su parte, indicó que las actuales tasas de homicidios representan la cifra más baja en los últimos 40 años, que el desplazamiento ha disminuido en un 80% en los últimos 5 años; que se han reducido a la mitad los secuestros y que el reclutamiento de menores se redujo en un 90%.  Asimismo, expresó su reconocimiento y respeto por el trabajo de los defensores de derechos humanos, reafirmando su importancia en una sociedad democrática.  La Comisión, expresó su preocupación por el incremento de violaciones contra defensores de derechos humanos e indicó que valora los avances logrados en el proceso de paz en Colombia y que en el ámbito de sus atribuciones dará seguimiento y analizará los acuerdos resultantes como así también su implementación. La Comisión reiteró que la consolidación del proceso de paz y las expectativas de alcanzar una paz estable y duradera son elementos transversales en la situación de los derechos humanos.

Búsqueda de desaparecidos y excavaciones en la Escombrera de Medellín, Colombia

Los solicitantes indicaron entre 2002 y 2010 se instauró en Colombia la política de “seguridad democrática”, que promovió operaciones militares en todo el territorio y que durante 2002 se realizaron 19 de estas operaciones en la Comuna 13 de Medellín.  Señalaron que entre 2002 y 2004, 130 personas habrían sido desaparecidas en la Comuna; y que a pesar de ser denunciado, sus casos se han mantenido durante 14 años en impunidad.  Señalaron que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín estableció que “la situación de La Escombrera, donde se enterraron y ocultaron los cuerpos de centenares de desaparecidos en Medellín, constituye una afrenta a las víctimas y una grave violación de los compromisos y deberes del Estado.  Continuar arrojando escombros sobre los desaparecidos, viola el más elemental sentido de la humanidad”. La Sala ordenó que el Alcalde suspenda el arrojo de escombros, así como rehabilitar esa zona de manera que constituyan un acto de memoria y dignificación de las víctimas y desaparecidos.  Sostuvieron que sin embargo, tras dos años de dictada, esta orden no se ha cumplido.  Asimismo, indicaron que la labor de búsqueda en una zona de la Escombrera no ha dado resultados y que ésta no se ha retomado desde diciembre del año pasado.  Plantearon la necesidad de medidas urgentes de búsqueda para la ubicación, identificación y entrega digna a sus familiares; así como de un plan integral de búsqueda que establezca el universo de personas desaparecidas y los hechos; y que éste debe incluir: el uso de protocolos internacionales, equipos independientes, articulación institucional; participación de víctimas y apoyo psicosocial para ellas. El Estado, resaltó la creación de la Comisión de la Verdad y de la Unidad de Búsqueda de Personas, manifestó que van a limpiar el territorio colombiano de minas y que investigarán todas las fosas clandestinas. Se indicó que el estudio técnico sobre exhumaciones en La Escombrera evidenció dificultades como los movimientos de tierra y el riesgo ambiental. La Comisión manifestó la necesidad de asegurar un mecanismo adecuado de búsqueda de desaparecidos que respete los estándares internacionales para la protección de las víctimas de desaparición forzada.  Asimismo, se insta al Estado a redoblar los esfuerzos para esclarecer lo ocurrido a las víctimas; determinar su paradero; identificar y entregar los restos a los familiares, con los mecanismos para asegurar su participación en el proceso.

Caso 12.954 - Jineth Bedoya, Colombia

Se llevó a cabo una audiencia de fondo sobre el Caso 12.954, Jineth Bedoya Lima, Colombia, en la que participaron la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la periodista Jineth Bedoya Lima y el Estado colombiano. Durante la audiencia, las peticionarias expusieron sus alegatos sobre la responsabilidad internacional del Estado colombiano en el secuestro, tortura y violación sexual de la periodista Jineth Bedoya el 25 de mayo de 2000. Según fue alegado, estos hechos estarían motivados en la labor periodística de Jineth Bedoya y se enmarcarían en el contexto amplio de violencia sexual en el conflicto armado interno en Colombia. Las peticionarias sostuvieron que el Estado incumplió su deber de proteger a la periodista y que no ha conducido la investigación de estos hechos con la debida diligencia. En particular, alegaron que la investigación no habría logrado desactivar las amenazas en contra de Bedoya Lima, ni permitido la determinación de todos los responsables del crimen, particularmente los autores intelectuales.  Por su parte, el Estado colombiano expresó su reconocimiento a la labor de Jineth Bedoya Lima como periodista y defensora de derechos humanos y afirmó su compromiso para que hechos como los denunciados no vuelvan a ocurrir. Además de exponer sobre los procesos internos adelantados, incluyendo información sobre las condenas en los últimos meses de dos partícipes en los hechos, informó que está a disposición para concertar en cualquier momento con la periodista el refuerzo de su esquema de seguridad. Posteriormente las peticionarias informaron a la CIDH que tras la audiencia pública circuló en las redes sociales un mensaje que pondría en riesgo la vida e integridad de la periodista Jineth Bedoya, en directa represalia por su participación en dicha audiencia. En este sentido, la Comisión reitera su preocupación ante las amenazas, represalias y acciones de descrédito de que son objeto algunas de las personas que acuden a las audiencias y reuniones de trabajo de la CIDH, tanto por parte de particulares como, en algunos casos, de autoridades estatales.

Caso 12.807 - Jahel Quiroga Carrillo, Colombia

La CIDH celebró una audiencia de fondo en la que participaron la Corporación REINICIAR, de la cual la presunta víctima es directora, y el Estado de Colombia. Durante la audiencia, las peticionarias presentaron sus alegatos sobre las supuestas agresiones, amenazas, hostigamientos, investigaciones judiciales infundadas, interceptación de comunicaciones y señalamientos por parte de autoridades del Estado, entre otros hechos, sufridos por Jahel Quiroga Carrillo. Alegaron que estas violaciones ocurrieron como consecuencia de la existencia de información de inteligencia que habría sido recolectada de forma ilegítima por autoridades del Estado, en razón a la labor que desempeña en la defensa de derechos humanos en Colombia. Alegaron que existe un “patrón de persecución sistemática” en contra de la presunta víctima y que estos hechos, que han obstaculizado su labor como defensora, se encuentran en la impunidad. Finalmente, expusieron que la presunta víctima no ha contado con recursos adecuados tanto para obtener protección efectiva frente a su situación de riesgo, como para acceder a la información de inteligencia y poder solicitar su corrección y depuración. Por su parte, el Estado reconoció la labor de defensa de derechos humanos que ha desempeñado la señora Jahel Quiroga en Colombia y su participación en el desarrollo de políticas públicas relacionadas con la protección de los defensores y defensoras de derechos humanos en el país. El Estado rechazó que exista un “patrón” de agresiones en su contra y condenó cualquier acto de estigmatización y/o amenazas. Asimismo, reiteró su disposición para ofrecerle medidas de protección y presentó información sobre las medidas que ha adoptado a favor de la Corporación REINICIAR y de los miembros de la Unión Patriótica. En relación con la alegada existencia de información de inteligencia, el Estado explicó el proceso de revisión y depuración que inició en el año 2004 y adujo que las solicitudes de la señora Quiroga han sido atendidas y que, respecto de ella, se habría determinado que no existen registros en los archivos de inteligencia. Adicionalmente, el Estado presentó información sobre las investigaciones internas respecto de los hechos denunciados por la presunta víctima indicando que se ha tenido en cuenta elementos de contexto, sin embargo, planteó que la obtención de resultados concretos en dicha investigación ha estado limitada por ciertos obstáculos relacionados principalmente con la identificación de los presuntos responsables.  El Estado rechazó que las investigaciones judiciales iniciadas en contra de la presunta víctima se hubiesen realizado con base en información de inteligencia.

Situación de derechos humanos de personas LGBT en Honduras

Las organizaciones participantes informaron que las instituciones del Estado se encuentran permeadas por discriminación y estigma contra personas lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT). Asimismo informaron que existe un ambiente de impunidad frente a hechos violentos contra personas LGBT, lo cual se traduce en que sólo el 12,5 por ciento de los casos denunciados, hayan sido judicializados. De igual modo informaron sobre la falta de recolección de datos estadísticos de la violencia contra las personas LGBT; la discriminación, tortura y malos tratos por parte de agentes de la policía; discriminación y exclusión en los centros educativos y de salud; abusos a manos de bandas del crimen organizado, y la ineficacia en la implementación de las medidas cautelares a favor de personas defensoras de derechos humanos de personas LGBT. El Estado por su parte informó que el Plan Nacional de Derechos Humanos contiene un componente específico para las personas LGBT, el cual a la fecha únicamente ha sido implementado en un treinta por ciento. De igual modo informó que se han llevado a cabo entrenamientos a agentes del Estado en materia de derechos humanos; se han hecho observaciones a los reglamentos de disciplina a favor de las personas LGBT privadas de libertad; se lanzó la plataforma CIVIDE para supervisar la situación de derechos humanos de poblaciones clave; se hicieron gestiones con miras a mantener intacta la formulación del artículo 321 del Código Penal;  se han instaurado nueve clínicas a nivel nacional donde las personas LGBT reciben tratamiento médico diferenciado y en confidencialidad, entre otras. Al respecto, la CIDH saluda los esfuerzos en la materia del Estado de Honduras, e insta al Estado a adoptar medidas para garantizar el cumplimiento efectivo de las medidas cautelares; garantizar la debida diligencia en los procesos de investigación y sanción de actos de violencia por prejuicio incluyendo los casos de torturas, y abuso policial e institucional contra personas LGBT; garantizar que el marco normativo vigente no sea aplicado para criminalizar a las personas LGBT; y revisar el marco normativo que regula el trabajo sexual para que no sea aplicado de forma que estigmatice y/o discrimine a las personas LGBT.

Situación de derechos humanos en el Bajo Aguán, Honduras

La audiencia inició con un minuto de silencio y aplausos en memoria de Berta Cáceres Flores. Su hija, Berta Zúñiga Cáceres indicó que a un mes de su muerte, el Estado no ha dado respuestas sobre los hechos y que se determinó la secretividad del expediente investigativo. Las organizaciones participantes afirmaron que se ha incrementado la criminalización y el asesinato de defensores y defensoras en el país. En Honduras se presentaría el mayor número a nivel global de asesinatos per cápita de defensores y defensoras del medio ambiente y de la tierra.  En el valle del Bajo Aguán entre 2010 y 2016 se habrían criminalizado a 700 personas. Este territorio ha estado en disputa permanente entre grandes empresarios, terratenientes, presuntos narcotraficantes, políticos y familias campesinas y bajo este contexto, las y los defensores de derechos humanos en esta zona enfrentan un contexto específico de violencia, cuyos abusos no son investigados. Refirieron a la situación diferenciada que enfrentan las defensoras y la falta de perspectiva de género en la investigación de estos casos. Asimismo refirieron a la militarización de la zona que funcionaría como medida de represión  y persecución mediante una estrategia de terror hacia la población.  Indicaron que la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia no se ha implementado y que las medidas cautelares otorgadas por la CIDH no son aplicadas de manera efectiva por el Estado. Informaron que 17 defensores y beneficiarios de medidas cautelares fueron asesinados en el país, incluyendo el caso de Berta Cáceres. El Estado de Honduras por su parte ratificó la importancia de abordar en forma integral el conflicto desde una perspectiva de derechos humanos y reiteró que desde el Estado no se impulsa la criminalización o persecución del movimiento campesino. Explicó que en el contexto donde surge la conflictividad del Bajo Aguán confluyen varios factores, remarcando el narcotráfico como un factor generador de violencia, en el que Honduras ha concentrado sus esfuerzos, desde estrategias integrales. Informó entre otros sobre la creación de la Unidad de Muertes Violentas en el Bajo Aguan, que está manejando un promedio de 121 casos. Indicó que el trabajo del Estado ha llevado a la reducción de la violencia en el Bajo Aguán.  La CIDH remarcó la urgencia en la implementación de la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, la importancia de la creación de protocolos para investigar las violaciones a los derechos humanos de defensoras y defensores de los derechos humanos así como la necesidad de resolver el conflicto en el Aguán.

Situación general de derechos humanos en México

El Estado presentó información sobre las políticas y programas dirigidos a promover y proteger los derechos humanos en México. Dio cuenta de los avances realizados a partir de las recomendaciones formuladas por la CIDH en materia de seguridad ciudadana, desaparición, tortura, ejecuciones extrajudiciales, acceso a la justicia, personas en situación de vulnerabilidad, personas LGBT, mujeres, niñez, pueblos indígenas, defensores y defensoras de derechos humanos, periodistas y personas migrantes.  En particular, señaló que en enero de 2016 se acordó la creación de una policía estatal única, iniciativa que será propuesta ante el Senado a fines de ser elevada a rango constitucional. Con respecto a las fuerzas armadas, el Estado señaló que éstas siempre han tenido presencia en todo el terreno nacional. El Estado señaló que desde mediados de 2014 puso en marcha una estrategia de atención a casos ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la cual se ha traducido mayormente en una mejor atención a violaciones de derechos humanos, en especial a través de soluciones amistosas. El Estado también reconoció que los desafíos que enfrentan en materia de derechos humanos son enormes y ante ello reiteró su compromiso, voluntad y capacidad en su conjunto para hacerles frente de forma efectiva. Las organizaciones participantes, por su parte, afirmaron que en México se vive una situación generalizada de violaciones a derechos humanos y que, en el caso de tortura y desaparición forzada de personas, no es solo generalizada, sino sistemática. También refirieron a la existencia de una situación de impunidad estructural. Expresaron especial preocupación por la situación de desplazamiento forzado interno por la violencia,  por las consecuencias negativas para las personas migrantes en la implementación del Plan Frontera Sur, así como el contraste existente entre la supuesta apertura al diálogo por parte del Estado y su política de hostilidad en contra de las organizaciones internacionales y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes para el caso Ayotzinapa. Indicaron que en diciembre de 2015 el Presidente presentó al Senado una iniciativa de ley general en materia de tortura en la que se propone legalizar la valoración de pruebas obtenidas en algunos casos bajo tortura, y tratos crueles, inhumanos y degradantes en contravención con los estándares internacionales. La CIDH cuestionó al Estado por los fuertes ataques públicos en México al trabajo del Grupo de Expertos Independientes y el daño provocado al Secretario Ejecutivo de la Comisión por la denuncia penal presentada contra su persona en el país. Asimismo, lamentó las críticas del Gobierno al último informe de la CIDH sobre los derechos humanos en el país y le instó a reconocer la realidad.

Derechos de las personas privadas de libertad y la privatización del sistema penitenciario en México

Los solicitantes manifestaron su preocupación por el momento “crítico” por el que atraviesa el sistema penitenciario mexicano, que se refleja en la masacre acontecida en la cárcel de Topo Chico este año, respecto de la que se pronunció la CIDH en su comunicado de prensa 16/16 de 18 de febrero de 2016. Se refirieron también a que la privatización de las prisiones mexicanas, así como su acreditación por la American Correctional Association, lejos de ajustarse a una política pública con perspectiva de derechos humanos, constituyen modelos que promueven la corrupción y la falta de transparencia, además de que no contribuyen a la construcción de un sistema penitenciario que garantice los derechos de las personas privadas de libertad, sus familiares, y la sociedad en general. Por su parte, el Estado mexicano reconoció como parte de los retos y desafíos pendientes, que el marco normativo que regula los derechos de las personas privadas de libertad en México data de 1971, y se ha mantenido “aletargado” e “inconsistente” con los estándares internacionales en la materia. En este sentido, México manifestó su voluntad de que en este mismo año, surja del Poder Legislativo una nueva reglamentación acorde con las grandes reformas que se han impulsado en México tanto en materia de justicia penal en 2008 como de derechos humanos en 2011. La Comisión Interamericana manifestó su preocupación por los elevados costos de la operación de los centros penitenciarios operados por entidades privadas. En particular, la Comisión fue informada que el costo por cada persona privada de la libertad en los centros privados asciende a 90 dólares aproximadamente, contra un promedio de entre 8 y 22 dólares al día en centros estatales y federales públicos. Asimismo, la CIDH reiteró su interés al Estado mexicano en conocer los estándares que rigen el funcionamiento de los centros de detención en México a fin de recibir la certificación de la ACA, y manifestó su interés en contar con información relativa a las medidas que el Estado adopta para garantizar la atención médica de las personas privadas de libertad.

Desapariciones de niños, niñas y adolescentes en México

Las organizaciones solicitantes señalaron que la grave crisis de derechos humanos en México afecta de manera grave y desproporcionada a ciertos grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos,  niños, niñas y adolescentes (NNA). Indicaron que existe un contexto generalizado de desapariciones en el cual aproximadamente un 30% de los casos registrados hasta el 2015 corresponden a NNA, con un incremento significativo de casos de mujeres adolescentes desde 2012 hasta el presente. Sin embargo, las cifras oficiales no reflejan las dimensiones de la problemática debido a la falta de denuncia y a las dificultades en el sistema de registro. Los participantes destacaron que la respuesta estatal ha sido insuficiente e inadecuada pues no se cuentan con mecanismos efectivos, seguros y ágiles para la denuncia, investigación y búsqueda de personas desaparecidas, así como para el esclarecimiento de responsabilidades, en parte, debido a que estos mecanismos operan en el orden local desconociendo que la desaparición de NNA se encuentra vinculada a la delincuencia organizada y/o delitos federales, además de señalar casos de colusión de autoridades del Estado con organizaciones criminales dedicadas a la trata de NNA con fines de explotación sexual. Las organizaciones de la sociedad civil propusieron la inclusión de un reconocimiento de la situación particular de NNA en el proyecto de Ley General de Desapariciones y la introducción de previsiones específicas, entre ellas la elaboración de un Protocolo Único de Actuación para NNA desaparecidos que considere la activación de alertas y la búsqueda inmediata en las primeras horas desde la desaparición. Por su parte, el Estado valoró la información aportada por la sociedad civil y las recomendaciones de organismos internacionales en la materia. Las autoridades informaron que se han dado importantes avances legislativos entre ellos la aprobación en 2014 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la progresiva implantación del sistema nacional de protección integral a nivel estatal, federal y municipal. El Estado también informó que se han presentado mejoras en la operación de los protocolos de búsqueda y en los registros de personas desaparecidas, así mismo señaló la elaboración de un Registro Nacional de Centros de Asistencia Social públicos y privados y de los NNA que allí se encuentran con el objetivo de prevenir desapariciones en estos centros. El Estado se comprometió además a introducir especificaciones sobre NNA en la Ley General de Desapariciones, a la creación de un grupo de trabajo interdisciplinario para analizar los avances en materia de niñez desaparecida, y a producir información pública sobre los resultados en este tema que serán remitidos a la CIDH para su conocimiento y extendió una invitación a la Relatora sobre los Derechos de la Niñez para visitar el país y conocer de primera mano estos esfuerzos.

Acceso a la información y restricciones indirectas a la libertad de expresión en México

Los participantes se refirieron a los diferentes mecanismos presuntamente utilizados en México para censurar de manera indirecta la libertad de expresión y para obstaculizar el acceso a la información pública. Los solicitantes denunciaron la falta de una norma expresa que obligue a funcionarios a divulgar sus declaraciones patrimoniales y sus conflictos de interés; también denunciaron la ausencia de una regulación clara sobre asignación de pauta oficial, lo que ha permitido que sea utilizada como un mecanismo para castigar a los medios cuya línea editorial no es afín al gobierno y de fomento de la concentración; alegaron que quienes reciben el mayor porcentaje de la pauta son determinados grupos mediáticos. Los solicitantes manifestaron su preocupación porque, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) le exige al sector comunitario una serie de requisitos que resultan desproporcionados, pese a ser reconocido por ley. Los solicitantes alertaron sobre las actividades de vigilancia electrónica amparadas en leyes demasiado amplias y ambiguas e informaron sobre un  proyecto de ley de protección de datos personales que está en estudio del Congreso; informaron que éste no contemplaba la armonización con el derecho al acceso a la información pública ni el tratamiento de datos obtenidos en el marco de vigilancia; también incluiría el llamado derecho al olvido. Por último, pidieron una visita in loco del Relator Especial para la Libertad de Expresión a México.
La representación del Estado manifestó su compromiso con la transparencia y con las garantías a la libertad de expresión. Sostuvo que cuentan con normas y herramientas que buscan mejorar los criterios de asignación de publicidad oficial y su transparencia. Agregó, asimismo, que gracias a la Ley Federal de Telecomunicaciones se han reservado frecuencias del espectro radioeléctrico para medios comunitarios e indígenas y a la fecha se estaban estudiando numerosas solicitudes. Finalmente, se refirió a la reforma constitucional que creó sistema de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales con un Instituto Nacional definido como un órgano especializado, colegiado y que tiene garantías de autonomía e independencia en su gestión. El Estado reconoció que existen grandes retos en el combate contra  la corrupción,  pero afirmó que el gobierno ha tomado una serie de medidas para enfrentar ese desafío. 

Seguimiento del informe “Mujeres indígenas desaparecidas y asesinadas en Columbia Británica”, Canadá

Esta audiencia fue convocada de oficio por la Comisión para hacer seguimiento al informe Mujeres indígenas desaparecidas y asesinadas en Columbia Británica, Canadá, publicado por la CIDH en enero de 2015, y contó con la participación de organizaciones de la sociedad civil, del Estado y de Dubravka Šimonović, la Relatora especial sobre violencia contra mujeres. Las organizaciones de la sociedad civil empezaron por reconocer el cambio de gobierno, el cual ha demostrado muchas buenas intenciones en cuanto a su relación con pueblos indígenas, asegurando  sin embargo que continúa la situación de crisis en el país. En cuanto a las recomendaciones hechas por la Comisión, informaron a la CIDH que no están siendo implementadas, con la excepción de la iniciación de una encuesta nacional sobre mujeres indígenas desaparecidas y asesinadas, la cual también tiene sus críticas. Las organizaciones resaltaron tres críticas principales. Primero que la encuesta nacional no está focalizada en la violencia racial, sexual, social y económica, que es la razón estructural de la violencia que enfrentan las mujeres indígenas en el país. En segundo lugar, indicaron su preocupación en cuanto a la marginalización de las organizaciones de mujeres indígenas en el proceso de concepción y diseño de la encuesta nacional; el gobierno federal habiendo empoderado solamente a organizaciones dirigidas por hombres. Señalaron que las mujeres indígenas históricamente habían sido discriminadas por el gobierno federal y a su vez las organizaciones indígenas oficiales y que, irónicamente, la encuesta nacional estaba reproduciendo esta misma discriminación. En tercer lugar, se preocuparon del carácter nacional, o únicamente federal, de la encuesta nacional. En cuanto a las demás recomendaciones de la CIDH, informaron que, entre otras cosas, aún no existe transporte público seguro en la “Carretera de lágrimas” y no existe un plan integrado y transparente con un presupuesto claro en cuanto a la implementación de las recomendaciones del informe Oppal, lo que crea un proceso de cumplimiento parcial, opaco e sin posibilidad de monitoreo. La Relatora especial sobre violencia contra mujeres de Naciones Unidas destacó la importancia de su proyecto de Observatorio sobre femicidio (“Femicide Watch”), así como instó al Estado a desarrollar datos desglosados sobre violencia de género para permitir de encontrar las causas de violencia contra mujeres, sus patrones, y para prevenir la ocurrencia de futuros casos. El Estado, por su parte, fue muy abierto al dialogo, reconociendo la importancia de la participación de las instituciones internacionales en el diseño de la encuesta nacional y destacando las varias áreas de su presupuesto dedicadas a atacar el problema de discriminación y violencia contra mujeres indígenas. La CIDH destacó la buena voluntad del Estado e informó que continuará dando seguimiento a la situación.

Sistemas nacionales de protección de la niñez en América

La audiencia fue convocada de oficio por la CIDH y se enmarca en el proceso de elaboración de un informe temático sobre los Sistemas Nacionales de Protección de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes en la región (SNP). Las organizaciones participantes de la audiencia presentaron un panorama general sobre el funcionamiento de estos sistemas y proporcionaron algunos ejemplos relativos a Argentina, El Salvador y Perú. Los participantes coincidieron en señalar que los Estados de la región han hecho esfuerzos considerables por adaptar sus marcos normativos a la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas aunque el principal desafío para la efectiva vigencia de los derechos de los niños y las niñas es el adecuado funcionamiento de los SNP, es decir el establecimiento de políticas, programas, servicios y de la institucionalidad necesaria para garantizar los derechos reconocidos en las normas. Entre los aspectos problemáticos que se resaltaron durante la audiencia se encuentran: la deficiente descentralización de los servicios en el nivel local, la necesidad de fortalecer la articulación intersectorial, la ausencia de recursos financieros suficientes, la falta de personal especializado, las fallas en los mecanismos de gestión de información y en los sistemas de monitoreo y evaluación de las políticas públicas, y barreras en materia de accesibilidad y adaptabilidad de los servicios que aseguren la inclusión y un enfoque diferencial para atender adecuadamente a todos los niños y niñas. Se puso énfasis en la existencia de asimetrías y desigualdades en función del territorio debido a la disparidad en las capacidades y recursos de los organismos locales. Se destacó que los países deberían contar con Planes Nacionales de Acción por la Infancia que garanticen intervenciones sostenidas, articuladas y evaluables y se precisó la importancia de la participación de la sociedad civil y de los niños, niñas y adolescentes en el diseño, monitoreo y evaluación de las políticas públicas, programas y servicios. También se señaló la necesidad de mejorar el vínculo entre los servicios de protección de la niñez y las estructuras comunitarias para una mejor identificación, remisión y atención a los casos de desprotección. Asimismo las organizaciones recomendaron la creación de registros únicos, de rutas de atención, y de protocolos de actuación integrados, que faciliten las acciones de protección. Por último se destacó la importancia de fortalecer los aspectos relativos a la prevención, dado que los sistemas todavía operan fuertemente focalizados en la atención frente a situaciones de desprotección y violaciones a derechos.

Situación de derechos humanos de mujeres afrodescendientes en Brasil

Las organizaciones solicitantes presentaron información sobre la grave situación de violencia estructural contra mujeres afrodescendientes en Brasil. Las participantes destacaron que mientras que el número de muertes violentas de mujeres blancas ha disminuido entre 2002 y el 2013, el porcentaje de mujeres negras asesinadas se mantiene en un 64% del total. Lo anterior, sugiere que la Ley María da Penha de violencia contra la mujer no ha tenido efectos en la reducción de agresiones contra mujeres afrodescendientes, tampoco en la disminución de impunidad de estos casos. Asimismo, las participantes informaron sobre la situación de violencia y asesinatos contra mujeres trans afrodescendientes y la falta de información estadística sobre estos hechos. Para finalizar, las solicitantes expresaron su preocupación por las altas tasas de mortalidad materna de mujeres negras como consecuencia del racismo institucional en la prestación del servicio de salud. Por su parte, el Estado afirmó que la política brasilera de igualdad racial es una de las más avanzadas de la región. Así, la Secretaría de Igualdad Racial brasilera ha adelantado proyectos de fortalecimiento de organizaciones de mujeres negras, mejoras sustanciales en la construcción de indicadores sociales diferenciados por género-raza y programas de atención diferenciada en salud, educación y atención de la violencia. La Comisión manifestó su preocupación por el número desproporcionado de agresiones contra mujeres negras y llamó la atención sobre la importancia de incluirlas en instancias de decisión política de alto nivel. Finalmente, la Comisión destacó que es deber del Estado garantizar la atención en salud adecuada a mujeres afrodescendientes, en particular, en la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva. La CIDH insta a las autoridades del Estado a adoptar medidas efectivas para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra mujeres trans afrodescendientes, incluyendo las que se encuentran privadas de libertad.

Protestas estudiantiles y derechos humanos en Sao Paulo, Brasil

Las organizaciones solicitantes expusieron sobre un “persistente y sistemático ataque a las protestas en Brasil”, con agresiones a manifestantes y periodistas que cubren estos hechos, además del uso de un “número excesivo” de agentes policiales para estos operativos. De acuerdo a la sociedad civil, las víctimas del uso desproporcionado de la fuerza por parte de la Policía en algunos casos fueron niños, niñas y adolescentes que participaban en protestas estudiantiles. Expresaron que en los últimos tres años hubo más de 1.500 protestas en ese país y que se han dado en un “verdadero contexto de represión de los manifestantes”. Participaron estudiantes que habían sido protagonistas en las protestas y relataron casos de abusos por parte de efectivos policiales y de un intento por callar su voz disidente. El Estado de Brasil, en tanto, dijo que la ocupación del espacio público –en referencia a los centros educativos– no es un derecho y que no se utilizó la fuerza policial para el desalojo de los locales. Agregó que no se trata de una discusión sobre el derecho a manifestar, sino del de ocupar un predio público. También indicó que los manifestantes no habían realizado un aviso previo a las autoridades, que a su entender era necesario para dificultar lo menos posible el traslado en las calles y, por ejemplo, proteger el derecho de otras personas a la salud con el acceso a hospitales despejado. El relator especial para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, señaló que la obligación del Estado es facilitar la manifestación y consultó cuáles eran los protocolos para el manejo de estas situaciones. Expresó también que la utilización de figuras penales como el desacato son incompatibles con los estándares interamericanos sobre derechos humanos.

Derechos culturales e Internet en Brasil

Esta audiencia fue solicitada por el Estado a los efectos de plantear la amenaza que supone para los derechos culturales y la garantía de la libertad de expresión y preservación de la memoria cultural de los pueblos indígenas las políticas de bajada de contenidos presuntamente indecentes por parte de las empresas propietaras de las redes sociales más utilizadas en la región. El Estado puso como ejemplo de este tipo de la censura impuesta por parte de Facebook a una foto antigua de una pareja de indígenas del pueblo Botocudos, fundamentada en las políticas sobre nudismo de esa empresa. La delegación del Estado alegó que se violó la Constitución Federal de Brasil y el Estatuto del Indio y remarcó la importancia de la participación de los Estados en la cuestión de la Internet. El Estado también planteó la necesidad de entender en qué medida el tema de las redes sociales es de orden público y preguntó cuál es la esfera adecuada para responder a estas cuestiones. Mencionaron la necesidad de aplicar las garantías del artículo 13 de la Convención Americana y la Convención de Diversidades Culturales de UNESCO para garantizar la libertad de expresión en estos espacios que son foros públicos bajo control de corporaciones privadas. Por su parte, la sociedad civil expresó que el incidente discutido era de suma importancia, en especial para las personas marginadas, ya que la exclusión digital niega los derechos de las personas que no se encuentran en línea y que el internet debe ser salvaguardado y proteger los derechos humanos. Del mismo modo plantearon problemas con la protección de los derechos de las mujeres en las plataformas de Internet, en especial frente al fenómeno de la exposición no consentida de imágenes o videos que se toman en privado. Solicitaron también al Estado de Brasil que establezca políticas públicas de acceso universal a Internet, que no supongan acuerdos con empresas que limiten el acceso a la red de los sectores actualmente excluidos. Las organizaciones también plantearon dudas al Estado sobre las políticas de vigilancia en Internet del estado brasileño.

Derechos humanos y seguridad ciudadana en Nicaragua

El Estado de Nicaragua no se presentó a la audiencia. Las organizaciones solicitantes expusieron su preocupación por la entrada en vigor de la “Ley de Seguridad Soberana de la República de Nicaragua”, la cual establece la discrecionalidad para los oficiales y la fiscalía para definir, según su criterio objetivo, qué actos o acciones de los ciudadanos podrían considerarse un riesgo, atentado o amenaza a la seguridad soberana. Señalaron que, en virtud de dicha ley, se limita el ejercicio del derecho a expresarse, opinar y movilizarse libremente. Asimismo, destacaron que las actuaciones de los funcionarios de todos los poderes del Estado tienen como marco la fidelidad partidaria y no el objetivo de la institución que representan. Mencionaron que la policía no es independiente, sino subordinada a un partido político y que existe un Consejo Supremo Electoral partidarizado, con retardación de justicia y actos de corrupción. Resaltaron que el Estado no demuestra una voluntad política de cumplir con los derechos humanos y la seguridad ciudadana en Nicaragua y que tal incumplimiento genera un peligro a la estabilidad social y una promoción permanente de injusticia, indolencia e impunidad. Asimismo, los solicitantes abordaron el tema de cedulación y votación de los nicaragüenses residentes en el exterior, derecho humano que sería negado por parte del Estado. Mencionaron que si bien el presidente del Consejo Electoral alude como justificación una falta de recursos económicos, en algunos consulados sí se otorga una tarjeta de identificación, lo cual denotaría la intención de evitar que los nicaragüenses en el exterior puedan ejercer el derecho a voto. Por otro lado, los participantes manifestaron interés de solicitar al Estado nicaragüense su apertura para recibir una visita in loco, a fin de demostrar el cumplimiento de los derechos humanos frente al sistema interamericano del cual Nicaragua es estado miembro. La CIDH lamentó la falta de comparecencia del Estado a la audiencia, dado que el propósito de ésta es, precisamente, tener la oportunidad de escuchar a ambas partes y generar puentes de comunicación para alcanzar un inicio de acercamiento frente a la problemática planteada.

Situación general de derechos humanos en Nicaragua

El Estado de Nicaragua no se presentó a la audiencia. Las organizaciones participantes dieron cuenta de la situación de impunidad existente, la falta de independencia del poder judicial y la represión a las protestas sociales y políticas. Indicaron que en el país existe una política estatal de exclusión e intimidación contra medios y periodistas independientes, lo cual ha causado autocensura, así como un acelerado proceso de concentración de la propiedad de medios electrónicos y la asignación discrecional de las licencias de radio y televisión. Asimismo, las organizaciones dieron cuenta de la violencia persistente en 12 comunidades indígenas del Caribe Norte por la invasión de sus tierras por parte de colonos o terceros ante la falta de implementación de la etapa de saneamiento por parte del gobierno. Añadieron que la afectación de los megaproyectos sobre pueblos indígenas impactará a cinco comunidades indígenas y que Nicaragua sigue concesionada por el proyecto del Canal Interoceánico. Por otro lado, las organizaciones abordaron la problemática de los abusos sexuales en el país. De acuerdo con una de las organizaciones, el embarazo en adolescentes y niñas oscila entre el 22% y 25% del total de los partos, muchos de los cuales son producto de violación sexual, pero que es un asunto silenciado. Por último, las organizaciones requirieron a la CIDH que continúe solicitando una visita in loco a fines de verificar el deterioro de los derechos humanos en Nicaragua. La CIDH lamentó la ausencia de la delegación del Estado, quién desaprovechó la oportunidad de exponer su punto de vista. Aun así, la CIDH se comprometió a buscar un diálogo con el gobierno.

Caso 12.717 - Comunidades Indígenas Ngobe y otros, Panamá

Participaron en la audiencia las organizaciones peticionarias: Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD) y Cultural Survival, así como el Estado de Panamá. Los peticionarios expusieron sus alegatos sobre la concesión otorgada por el Estado, en el año 2007, a la empresa AES-Changuinola, por una duración de 20 años, sobre 6.215 hectáreas de territorio que es reclamado por el pueblo indígena Ngobe. Alegaron que esta concesión fue otorgada sin que las comunidades fueran previamente consultadas y que, pese a las medidas cautelares que en su momento otorgó la CIDH, el Estado no habría adoptado medidas adecuadas para la protección de las comunidades. Indicaron que la concesión incluyó la construcción de la represa hidroeléctrica denominada Chan-75, sobre el río Changuinola, que ha afectado a las comunidades planteadas como presuntas víctimas en el caso. Durante la audiencia, rindieron sus testimonios tres miembros de las comunidades indígenas Ngobe. La señora Carolina Tera y los señores Enoc Villagra y Tomás Villagra declararon sobre el impacto que ha tenido la construcción de esta represa en la vida de las comunidades; describieron las inundaciones que se ocasionaron y la alteración del cauce normal del río Changuinola, que es fuente esencial para su supervivencia. Declararon sobre los daños que la construcción de la represa habría ocasionado al territorio, medio ambiente, forma de vida y cosmovisión de los Ngobe. Asimismo, presentaron alegatos sobre la falta de efectividad de los recursos interpuestos a nivel interno para la anulación del acto de concesión, mismos que, a la fecha, no habrían sido resueltos. Por su parte, el Estado manifestó su compromiso y respeto hacia los derechos humanos de los pueblos indígenas. De igual manera, destacó las acciones que habría tomado para garantizar la vida e integridad personal de las comunidades afectadas por la concesión y reiteró su voluntad de iniciar un proceso de solución amistosa con los peticionarios, teniendo en cuenta que, a nivel interno, ya se habrían desplegado mesas de diálogo. Subrayó que se han llevado a cabo procesos de reasentamientos de las comunidades, respetuosos de sus necesidades y de carácter colectivo, y se han otorgado indemnizaciones individuales.

Derecho a la libertad de expresión y cambios a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en Argentina

Las organizaciones solicitantes expusieron sobre la afectación al derecho a la libertad de expresión que habría resultado de tres decretos emitidos por el poder ejecutivo que modificaron la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Los participantes indicaron que la delegación de la parte solicitante de la audiencia estaba conformada por representantes de sectores de la sociedad civil que desde hace décadas reclamaban  al Estado una ley audiovisual que permitiera democratizar la comunicación. Informaron además que varias de las organizaciones participantes en la audiencia formaron la “Coalición por una Radiodifusión Democrática”, la cual fue activa participante en la elaboración de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Las organizaciones plantearon que los decretos que modifican dicha ley representan un retroceso. El Estado, por su parte, informó que en el gobierno anterior había una grave situación en relación con la garantía del derecho a la libertad de expresión. Señaló que hubo periodistas hostigados y presos, arbitrariedad en la asignación de publicidad oficial, la cual se usó para censurar a medios, así como una excesiva presencia de medios estatales.  Destacó que anteriormente, hubo un enorme aparato de propaganda política que se introdujo hasta en el programa Fútbol para Todos, lo que impuso una hegemonía estatal en los medios. La delegación del Estado incluyó a dos ex Relatores para la Libertad de Expresión de la CIDH, Santiago Canton y Eduardo Bertoni.

Caso 12.056 - Gabriel Oscar Jenkins y otros, Argentina

Se llevó a cabo una audiencia de fondo durante la cual los peticionarios se refirieron a los hechos del caso  indicando que, en el marco del proceso penal, al que fue sometido Gabriel Oscar Jenkins por el delito de tráfico de estupefacientes, se utilizó la transcripción de una grabación telefónica que no coincidía con la grabación. Debido a ello, la presunta víctima fue absuelta luego de tres años y seis meses de estar privado de libertad. Indicaron que el tiempo que la presunta víctima estuvo privada de libertad, califica como una pena anticipada impuesta en su contra. Los peticionarios se refirieron a las acciones intentadas a nivel interno e indicaron que, a más de 22 años de los hechos, el Estado no ha reparado las violaciones ocasionadas a la presunta víctima. Por su parte, el Estado argumentó que los agravios denunciados por el señor Jenkins fueron resueltos en sede interna, por lo que solicitó a la CIDH que disponga el archivo del caso. Al respecto, destacó que en el marco del proceso penal, seguido en contra del señor Jenkins, la juzgadora acogió el alegato de la defensa de la presunta víctima y ordenó su libertad el 13 de noviembre de 1997 y su absolución el 23 de diciembre de 1997. El Estado agregó que el tribunal ordenó investigar a los fiscales que intervinieron en el proceso contra el señor Jenkins tanto en sede administrativa, como penal, resolviendo que no incurrieron en responsabilidad. Finalmente, el Estado indicó que la demanda por daños y perjuicios promovida por el señor Jenkins resulta improcedente, debido a que la absolución del señor Jenkins no se debió a un error judicial sino a la insuficiencia de elementos probatorios.

Situación de derechos humanos de personas LGBT en Bolivia

Las organizaciones solicitantes denunciaron prohibiciones legales expresas a la donación de sangre por parte de personas gay y bisexuales. Asimismo, explicaron que sólo el 4% de los municipios reconocen los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT). Relataron casos de violencia contra personas LGBT con altos grados de ensañamiento en un contexto de altos grados de impunidad, donde sólo se cuenta con sentencia en un caso de un total de 600 casos. También explicaron que de quince acciones incluidas en el Plan Nacional de Derechos Humanos 2009-2013, once se incumplieron. Una solicitante trans dio testimonio de la imposibilidad de ejercer su derecho a ser elegida a un cargo público porque se le exigió cumplir con requisitos legales que aplican sólo para los hombres, como la libreta militar. Finalmente, mencionaron dos proyectos de ley que se encuentran en la Asamblea Legislativa Plurinacional, uno sobre Acuerdo de Vida en Familia para regular las familias conformadas por parejas del mismo sexo y otro sobre cambio de los datos sexo y nombre para personas trans. Tanto el Estado como los y las solicitantes mencionaron algunos de los avances legales, entre ellos la prohibición constitucional y la tipificación penal de la discriminación motivada por orientación sexual e identidad de género, decretos ministeriales que reconocen como días oficiales el 28 de junio como el día de la población con orientación sexual diversa y el 17 de mayo como el día de lucha contra la homofobia y la transfobia. El Estado informó que ha realizado material audiovisual, en conjunto con el Ministerio de Comunicación, sobre comportamientos discriminatorios. La CIDH insta a que se tengan en cuenta los estándares interamericanos en la discusión y expedición de los dos proyectos de ley que actualmente se encuentran en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Asimismo, exhorta al Estado de Bolivia para que investigue con debida diligencia, juzgue y sancione la violencia contra las personas LGBT, y que incluya líneas de investigación que permitan determinar si la violencia está motivada por la orientación sexual o identidad de género de las víctimas. La CIDH exhorta a que en la aplicación de las normas se respeten las identidades de género de las personas, independientemente del sexo que les fue asignado al nacer. Específicamente, que reconozca, como lo han hecho otros países de la región, que las mujeres trans son mujeres y que no les exija requisitos para hombres como la libreta militar.

Situación del derecho a la libertad de asociación en América

Varias organizaciones de la sociedad civil de América Latina acudieron a la CIDH en este 157 POS para discutir barreras que enfrentan para ejercer su derecho a la libertad de asociación en la región. Estas organizaciones, en seguimiento de la audiencia regional que tuvo lugar en 2012 sobre el derecho de asociación, informaron a la CIDH que luego de 4 años, no se había dado ninguna mejoría en muchos países, y en otros, como en los casos de Bolivia y Ecuador, la situación se ha agravado. Entre otras barreras al ejercicio del derecho de asociación en la región, las organizaciones destacaron el hecho que en muchos países, el proceso de  formación de las organizaciones se rige por decretos y resoluciones ministeriales y no por leyes aprobadas en el parlamento; que el proceso de obtención de la personalidad jurídica se caracteriza por la obligación de obtener autorización previa para ejercer sus actividades como organizaciones; que aquel proceso está centralizado y enmarcado por barreras burocráticas pesadas, redundantes, discriminatorias y arbitrarias. Evidenciaron también los problemas que surgen para las organizaciones que ya obtuvieron su autorización, como la suspensión arbitraria de la autorización para funcionar de algunas organizaciones y la existencia de criterios vagos, ambiguos, discrecionales y arbitrarios para su revocación y disolución (como lo son errores técnicos de mínimo impacto y fácil resolución, o los criterios de la protección del interés público, el orden o la seguridad). Las organizaciones también informaron a la CIDH de violaciones a la libertad de expresión y de reunión de aquellas organizaciones sociales a través de campañas de repudio público del trabajo de organizaciones; pronunciamientos oficiales contra organizaciones como consecuencia de su participación en el debate público, desalojos violentos de manifestaciones pacíficas que involucren cortes de vías de circulación; también como criminalización de la protesta social a través de leyes antiterroristas con definiciones vagas, medidas que tienen un efecto amedrentador y disuasivo a la participación democrática. La CIDH manifestó su preocupación  sobre las restricciones a sabor autoritario que se veían en la Región. El Secretario Ejecutivo, Emilio Álvarez Icaza, afirmó que la libertad de expresión y la libertad de asociación son el oxígeno de la democracia. 

Sistemas nacionales de protección para defensores y operadores de justicia en América

En esta audiencia convocada por la CIDH, las organizaciones participantes en la audiencia informaron sobre los avances y las dificultades en la creación y el funcionamiento de sistemas nacionales de protección para personas defensoras de derechos humanos y operadores de justicia en las Américas. Las organizaciones plantearon la necesidad de un cambio de perspectiva en la protección de defensoras y defensores de derechos humanos, superando la concepción de la protección como mera garantía de la integridad física de las personas defensoras, planteándose en su lugar el reto de cómo garantizar el derecho a defender derechos humanos, como un derecho autónomo e independiente, que aborde las causas estructurales del riesgo. Bajo esa lógica, las organizaciones propusieron que la perspectiva sobre protección debe ir encaminada hacia el establecimiento de políticas públicas de Estado que, de acuerdo a la jurisprudencia reciente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la materia, tome en cuenta la participación de la sociedad civil en la elaboración de las normas, y plantee una aproximación integral e interinstitucional a la problemática de acuerdo con el riesgo presentado por cada situación.  De acuerdo a las organizaciones presentes, los mecanismos de protección no cuentan con herramientas preventivas o investigativas y no están dirigidos a erradicar las causas estructurales del riesgo. En este sentido, la organizaciones destacaron la necesidad de enfatizar una perspectiva de la evaluación del riesgo que sea pertinente a los nuevos contextos de amenaza, evaluándose la protección desde una perspectiva holística que tenga en cuenta los factores múltiples, diversos y concurrentes a partir de los cuales puede evaluarse la situación de riesgo desde una valoración compleja cuya respuesta corresponda a las necesidades específicas de las y los defensores.

Autonomía de las defensorías públicas en América

La organización participante señaló cuatro resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la OEA que versan sobre la función de la defensoría pública y el acceso a la justicia. Indicó que las cuatro resoluciones reconocen la naturaleza autónoma del derecho de acceso a la justicia que permite el ejercicio y protección de otros derechos y, al mismo tiempo,  promueven el rol de la defensa pública como una herramienta efectiva para el acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad. La organización participante destacó el estado de autonomía de las distintas defensorías públicas de la región, e identificó como principales problemas la carencia de partidas presupuestarias, la restricción de la defensa pública a cuestiones penales, limitaciones al litigio internacional y la ausencia de autonomía funcional en aquellos casos en que la defensoría pública está integrada en el ejecutivo. La CIDH reconoció y agradeció el trabajo realizado por la organización solicitante así como las defensorías públicas de la región. También solicitó información respecto a los desafíos comunes en cuanto a amenazas y hostigamientos contra defensores públicos y corroboración de si existen buenas prácticas a nivel nacional en términos de cómo responder a los riesgos que enfrentan en relación con su trabajo.

Derechos políticos de personas dominicanas de ascendencia haitiana en República Dominicana

La parte solicitante, apoyándose en datos estadísticos y casos concretos, mostró a la Comisión el impacto, que en el disfrute de los derechos políticos, tuvo el proceso de desnacionalización de las personas dominicanas de ascendencia haitiana en la República Dominicana.  Aseguraron que, pese a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado y su marco constitucional y normativo, las personas dominicanas de ascendencia haitiana se verán impedidas de participar en los asuntos públicos, producto de los numerosos obstáculos que han enfrentado para la obtención de la documentación oficial requerida; obstáculos que no han podido ser superados mediante la judicialización de casos, ya que, ante la obtención de fallos favorables, la autoridad interpelada ha incurrido en desacato. En este sentido, denunciaron enérgicamente la determinante actuación de la Junta Central Electoral en el diseño de prácticas y políticas públicas destinadas a restringir los derechos políticos de este sector, al ser su función la de administrar el registro civil y organizar los comicios electorales, por lo que se hace imperiosa la necesidad de separar ambas funciones. El Estado externó encontrarse sorprendido ante el otorgamiento de la presente audiencia pese al abordaje hecho del tema en el período de sesiones pasados, la reciente publicación del informe de país y pese a la inminencia de los próximos comicios electorales; además, lamentó el rechazo a la solicitud de posposición presentada.  Insistió que todos los dominicanos y dominicanas ejercen sus derechos de ciudadanía sin discriminación, tal como lo dicta la Constitución de la República y demás normas relevantes. Rechazados, por estar desprovistos de fundamento, fueron los argumentos traídos por la parte solicitante de la audiencia, aduciendo el desconocimiento por parte del Estado de la formulación de queja formal alguna. Asimismo, enérgicamente criticó las conclusiones allegadas por la Comisión en su informe de país, al considerar que la respuesta dada por el Estado al tema migratorio ha sido justa, idónea, jurídicamente válida y políticamente viable. La Comisión mostró preocupación especial por la situación planteada, al considerar que las personas desprovistas de documentación no existen para el Estado.  Se indicó que el otorgamiento de la presente audiencia busca precisamente abrir un diálogo propositivo entre las partes e identificar soluciones inmediatas con mira a las próximas elecciones. Así mismo se aclaró que el abordaje insistente del tema por parte de la Comisión muestra su profunda preocupación y disposición al diálogo entre las partes; no obstante, en respuesta se ha encontrado con la negación y resistencia del Estado, resultando en la reproducción de múltiples violaciones a los derechos humanos. Reconoció altamente los grandes esfuerzos emprendidos por el Estado en la materia, pero enfatizó que negar la discriminación estructural no ayuda a resolver el problema.

Situación de defensores y defensoras de derechos humanos en Cuba

Las organizaciones participantes presentaron información sobre el reciente aumento de la criminalización y el hostigamiento contra opositores, periodistas y defensoras y defensores de derechos humanos en Cuba. Hicieron especial hincapié en el aumento de las detenciones arbitrarias y la violencia policial, sobre las que pese a haber sido ampliamente denunciadas las autoridades judiciales no habrían iniciado ningún tipo de investigación. Asimismo, se informó sobre las campañas de descrédito emprendidas a través de medios estatales, limitaciones al reconocimiento de personalidad jurídica así como limitaciones a los derechos de reunión, circulación y expresión.  Las y los participantes solicitaron a la Comisión que invite al gobierno cubano a reintegrarse en el sistema interamericano, así como a revisar su legislación en aras a conciliarla con los estándares internacionales en materia de los derechos a reunión, asociación, manifestación pacífica, libertad de expresión y opinión y actúe enérgicamente en contra de los que protagonizan actos de hostigamiento y amenazas contra personas defensoras de derechos humanos en protestas públicas. Asimismo las organizaciones participantes solicitaron que se investiguen todas las denuncias sobre el uso indiscriminado y excesivo de la fuerza por agentes policiales y de la seguridad del Estado, e instaron al gobierno cubano a eliminar los obstáculos legales que en la práctica impiden a las organizaciones a ejercer el derecho a inscribirse como personas jurídicas, reconociendo el rol de las organizaciones como defensores de derechos humanos. La CIDH lamentó la falta de comparecencia del Estado y se mostró sumamente preocupada por la información presentada y solicitó información sobre las barreras legales existentes para el reconocimiento de la personalidad jurídica y los tipos penales mediante los cuales se criminaliza a defensoras y defensores de derechos humanos. 

Situación de defensoras y defensores de derechos humanos en Haití

Esta audiencia fue cancelada.

Plan Nacional de Reparación en Perú

En la audiencia, representantes del Estado destacaron que habría aumentado el número de beneficiarios de reparaciones económicas individuales y colectivas, lo que ha implicado una importante erogación presupuestaria por parte del Estado, en virtud de los esfuerzos realizados desde el año 2012. Precisaron, que también habrían tenido lugar en dicho contexto una serie de avances en lo relativo a reparaciones en el ámbito educativo –con las Becas Repared-, de vivienda y acceso habitacional –con el Programa Techo Propio-; de salud; y ceremonias simbólicas, con disculpas públicas, las que se realizan de manera descentralizada en los centros poblados donde se originaron las víctimas. También indican que se ha trabajado en la restitución de derechos, con la designación de defensores públicos. Las organizaciones participantes valoraron el esfuerzo del Estado en el Programa de Reparaciones e hicieron referencia a una serie de cuestionamientos. Indicaron que el Programa no se ha realizado sobre las directrices básicas de Naciones Unidas sobre los derechos de las víctimas, debido a que no contempla en su totalidad los contenidos de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición sobre el conflicto armado. Asimismo, cuestionan los plazos, considerando que los mismos fueron cortos y que no contemplaron que muchas víctimas debían desplazarse desde zonas rurales alejadas; los montos de las reparaciones y el problema de las reparaciones múltiples en el caso de más de una afectación. Indican además que no se ha aplicado un enfoque de género que incorpore a las víctimas de violaciones y diversas formas de violencia sexual. En cuanto al derecho a la defensa indican que es insuficiente el número de defensores públicos. Los Comisionados coincidieron en destacar los importantes avances realizados por el Estado de Perú, señalando la importancia histórica del mecanismo que es modelo para otros países con experiencias análogas de conflicto y su compromiso con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. También reconocieron los desafíos indicados por la sociedad civil al respecto. El Comisionado y Relator del país Enrique Gil Botero manifestó su disposición para trasladarse a Perú junto al Estado, organizaciones de víctimas, y de la sociedad civil para realizar un seminario en torno al Principio de reparación integral y los derechos humanos, propuesta que es acogida con beneplácito tanto por el Estado como por las organizaciones participantes.

Derechos humanos de pueblos indígenas y comunidades campesinas en Espinar, Cusco, Perú

Las organizaciones solicitantes vinieron con una delegación compuesta de Melchora Surco Rimachi, una mujer indígena, Fernando Osores Plenge, medico ambientalista, y Juan Carlos Ruíz Molleda, abogado del Instituto de Defensa Legal. Ellos afirmaron ante la CIDH que la población indígena y las comunidades campesinas ubicadas en Espinar‐Cusco han sido expuestas de manera crónica a metales pesados (tales como plomo, cadmio, mercurio y arsénico), en cantidades bastante por encima de los límites máximos permisibles en seres humanos de acuerdo a lo establecido por la Organización Mundial de Salud (OMS), causándoles problemas de salud severos, como cánceres, sin que el Estado les provee la atención médica necesaria y sin que reconozca la vinculación entre su estado de salud y la actividad minera en la zona. La víctima que vino a representar a su comunidad como testigo afirmó que los integrantes de su comunidad eran como “animales con gusanos”, una imagen muy poderosa e impactante para describir su situación crítica. Destacaron que, además de faltar a su obligación de tomar las medidas que se corresponden para atender de manera inmediata a la situación, más bien, el Estado ha contribuido a la creación de un ambiente hostil hacia la labor de defensores de derechos humanos a cargo del asesoramiento y representación de los afectados. Por su lado, el Estado afirmó que, aunque se reconocía que la población tenía exposición crónica a metales pesados, no se había comprobado todavía cual era la fuente de la exposición. El Estado arguyó que se estaban tomando todas las medidas necesarias para atender el problema, pero que estudios de este tipo necesitaban tiempo. La Comisión ha reiterado su preocupación por los derechos de los pueblos indígenas a la salud y a un medio ambiente sano en el marco de la explotación minera en su informe Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo. En ello, afirmó que “los impactos de la presencia de los metales pesados en el organismo de los seres humanos pueden resultar irreparables si los Estados no toman medidas urgentes y especiales para abordar cada caso concreto”, concluyendo que “[p]or tal motivo, la CIDH considera que se hace necesario que los Estados adopten medidas que permitan la reparación de los territorios degradados y contaminados por la realización de actividades extractivas, lo que debe incluir la puesta en marcha de programas especiales que incluyan como una de sus líneas centrales de acción la atención a la salud de los pueblos indígenas”.

Situación de derechos humanos de sindicalistas en Perú

Las organizaciones solicitantes de la audiencia informaron sobre el contexto de riesgo que enfrentan las y los líderes sindicales, particularmente en el sector de la construcción civil, entre las que se destacan las amenazas de muerte, la impunidad ante hostigamientos y asesinatos, así como la actuación de actores no estatales en su contra. Las organizaciones denunciaron los asesinatos de 15 líderes sindicales en los últimos cuatro años a manos del sicariato, la falta de investigaciones exhaustivas que identifiquen las fuentes de riesgo, la ausencia de medidas de protección y prevención, así como la falta de controles reales para la inscripción de organizaciones sindicales. Esto último, según estas organizaciones, ha permitido que organizaciones delictivas operen bajo esta denominación jurídica, cobrando a empresarios de la construcción y agrediendo a los trabajadores. El Estado indicó que estaba tomando medidas para controlar la situación, e hizo hincapié en el esfuerzo legislativo que disponía la creación de registros de trabajadores en construcción civil y obras públicas. Asimismo destacó la Resolución Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia recientemente aprobada, que resuelve crear un protocolo para garantizar la protección de personas defensoras. La Comisión mostró su preocupación por la grave situación de asesinatos, e instó al Estado a llevar a cabo investigaciones sobre estos hechos, y destacó la importancia de que el Estado respaldara el ejercicio del derecho de asociación sindical. A este respecto, la Comisión ofreció su apoyo para ayudar con las iniciativas y protocolos para mejorar la protección de las y los defensores en Perú.

 

Reuniones de trabajo realizadas

En el marco del 157º período de sesiones se llevaron a cabo las siguientes reuniones de trabajo:

  • MC 339/09 - Claudia y M.A.Duque, Colombia
  • MC 186/13 - Carlos E.Mora y flia, Colombia
  • MC140/14 - Yomary Mendoza y otros, Colombia
  • MC 180/01 - Pueblo Embera Katìo del Alto Sinù, Colombia
  • MC 70/99 - CAVIDA, Colombia
  • Caso 11.007 - Masacre de Trujillo, Colombia
  • Caso 12.713 - Jose Rusbel Lara, Colombia
  • Caso  12.541 - Omar Zúñiga Vasquez y otra, Colombia
  • Caso  10.455 - Valentín Bastos Calderón, Colombia
  • P 1159-08 A.N. y PC/1377-13 Aurora, Costa Rica
  • MC 362/02 - Luis A. Gutiérrez Olvera y otros, México
  • Caso 12.130 - Miguel Orlando Muñoz Guzmán, México
  • MC 422/14 - Mustafa al-Hawsawi, Estados Unidos
  • Caso 12.249 - Jorge Odir Miranda Cortez, El Salvador
  • Caso 10.488 - Ignacio Ellacuría y otros, El Salvador
  • Caso 12.932 -  Agapito Pérez Lucas, Luis Ruiz, Nicolás Mateo, Macario Pu Chivalán , Guatemala
  • Caso 12.191 - Mamérita Mestanza y familiares, Perú
  • MC 121/11 - Comunidades Q´eq'chi de Alta Verapaz, Guatemala
  • MC 370/12 - Pacientes del Hospital  Mental Nacional Federico Mora , Guatemala
  • MC 277/08 - Vilma N. de Escorcia y miembros de CENIDH, Nicaragua
  • MC 505/15 - Pueblo Indígena Miskitu Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua
  • MC 104/12 - Unidades Penitenciarias 46, 47 y 48 de la Provincia de Buenos Aires,    Argentina
  • Caso 12.094 - Lhaka Honhat, Argentina
  • MC 404/10 - Comunidad “La Primavera”, Argentina
  • Caso 12.528 - Raul Garcia Linera, Bolivia
  • Caso 11.426 - Marcela Alejandra Porco, Bolivia
  • P 1.186/09 - Adela Villamil Vda. de Flores Bedregal, Bolivia
  • Caso 11.607 - Víctor Hugo Maciel, Paraguay
  • Caso 12.330 - M.Gómez Paredes y C.A. Lugo, Paraguay
  • MC 335/14 - Leopoldo López, Daniel Ceballos y familiares, Venezuela
  • Caso 11.545 - Marta Saire, Honduras
  • MC 112/16 - Familiares de Berta Cáceres, Honduras

Las reuniones de trabajo versaron sobre 17 peticiones y casos de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Paraguay y Perú, sobre asuntos en diferentes etapas de negociación de acuerdos de solución amistosa y seguimiento del cumplimiento de acuerdos y recomendaciones. La CIDH contó con la participación directa de las víctimas en tres asuntos a través de su incorporación en las mesas de trabajo vía videoconferencia. Durante el 157 Periodo de Sesiones se firmaron 3 actas y dos acuerdos de solución amistosa. En el Caso 12.541, Omar Zúñiga, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, actuando en representación de las víctimas, y el Estado colombiano, firmaron un acuerdo de solución amistosa, en un acto solemne que contó con la presencia de uno de los familiares de la Omar Zúñiga. Adicionalmente, se resalta como positivo, la suscripción del acuerdo de solución amistosa en el Caso 11.007 Masacre de Trujillo, entre el Estado colombiano y la Corporación Colectivo de Abogados Jose Alvear Restrepo  y la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, en representación de las víctimas. El caso se refiere una serie de amenazas, desapariciones forzadas, torturas, detenciones arbitrarias y ejecuciones extrajudiciales cometidas entre el 28 de octubre de 1988 y el 5 de mayo de 1991 en el municipio de Trujillo, en el Valle del Cauca. El acuerdo de solución amistosa alcanzado entre las partes incluye el reconocimiento de nuevas víctimas de los hechos, la creación de un Grupo de Trabajo especial para la investigación de los hechos; un acto de conmemoración de los hechos, la creación de un documental audiovisual de reivindicación de la memoria de las víctimas y la creación de un Plan Integral de Prevención de Violaciones de DDHH e Infracciones del DIH en el municipio de Trujillo, además de compensaciones económicas a los familiares de las víctimas de los hechos acaecidos en Trujillo. El acuerdo alcanzado en este caso es considerado por los peticionarios como un avance histórico para la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición para el movimiento de víctimas, visión que es acompañada por la CIDH.

Informes de peticiones y casos aprobados

En este período de sesiones, la CIDH aprobó los siguientes informes de admisibilidad:

  • Informe No. 9/16, Petición 149-02, Eduardo Rico, Argentina
  • Informe No. 10/16, Petición 387-02, Carlos Andrés Fraticelli, Argentina
  • Informe No. 11/16, Petición 362-09, Luiza Melinho, Brasil
  • Informe No. 12/16, Petición 11.888, Alfredo Acero Aranda y otros, Colombia
  • Informe No. 13/16, Petición 942-07, Diego Armando Plazas Gómez y familia, Colombia
  • Informe No. 14/16, Petición 1108-08, Jhonny Silva Aranguren y familia, Colombia
  • Informe No. 17/16, Petición 1132-06, Hortencia Neyid Tunja Cuchumbe y otros, Colombia
  • Informe No. 18/16, Petición 1208-07, Carlos Manuel Camacho Coloma, Ecuador
  • Informe No. 19/16, Petición 3546-02, Galo Robert Matute Robles, Ecuador
  • Informe No. 20/16, Petición 12.208, Robert Angelo Vera Gómez, Ecuador
  • Informe No. 21/16, Petición 419-08, Khaled El-Masri, Estados Unidos
  • Informe No. 22/16, Petición 189-08, Saúl Gamarro Meneses, Guatemala
  • Informe No. 23/16, Petición 873-04, José Alejandro Reséndiz Olvera, México
  • Informe No. 24/16, Petición 66-07, Santiago Leguizamón Zaván y familia, Paraguay
  • Informe No. 25/16, Petición 895-04, Ángel Gilberto Lockward Mella, República Dominicana

Asimismo, la CIDH aprobó un informe de inadmisibilidad sobre las siguientes peticiones:

  • Informe No. 26/16, Petición 932-03, Rómulo Jonás Ponce Santamaría, Perú
  • Informe No. 27/16, Petición 30-04, Luis Alexander Santillán Hermoza, Perú

Se adoptó además una decisión de publicación de los siguientes informes de fondo:

  • Informe No. 7/16, Caso 12.213, Aristeu Guida da Silva y sus familiares, Brasil
  • Informe No. 8/16, Caso 11.661, Manickavasagam Suresh, Canadá

Y se aprobaron los siguientes informes de solución amistosa:

  • Informe No. 15/16, Petición 1171-09, Ananías Laparra y familiares, México
  • Informe No. 16/16, Caso 12.847, Vicenta Sanchez Valdivieso, México

Adicionalmente, la CIDH aprobó cinco informes de fondo que tienen carácter confidencial.

Peticiones y Casos con decisión de archivo
En lo que va de 2016, la CIDH adoptó decisiones de archivo sobre las siguientes peticiones y casos:

  • Petición 1178-09, L. A. B., Brasil
  • Caso 12.425, Jorge César Mendonça da Silva, Brasil
  • Caso 12.392, Pedro Antonio Mejía Guerra, Honduras
  • Caso 12.960, Ronal Jared Martínez y familia y Marlón Fabricio Hernández Fúnez, Honduras

Contribuciones financieras

La CIDH desea agradecer muy especialmente los importantes aportes financieros efectuados en lo corrido del año 2016, por países de dentro y fuera de la región, así como por organizaciones y agencias internacionales, fundaciones y otras entidades. Estas donaciones hacen posible que la CIDH realice gran parte de sus actividades relativas a los mandatos provenientes de los órganos políticos de la OEA.
En particular, la CIDH agradece las contribuciones recientes, realizadas por los gobiernos de los siguientes países miembros de la OEA: Argentina, Perú, Estados Unidos y Uruguay. Adicionalmente, en el 2016, México financió la ejecución de la segunda parte del proyecto "Asistencia técnica internacional en la investigación de la desaparición forzada de 43 estudiantes en Ayotzinapa, Guerrero”, el cual fue ejecutado independientemente por el  Grupo Interdisciplinario de Expertos.
Además, la Comisión agradece a los Países Observadores Permanentes que apoyan las actividades de la Comisión: Dinamarca y España. También, la Comisión valora y agradece las contribuciones recibidas de Avinna y Universidad Stanford. Estos aportes contribuyen de manera concreta al fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos en el continente americano.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 049A/16