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Comunicado de Prensa

CIDH condena ejecución de Alfredo Ronaldo Prieto en Virginia

8 de octubre de 2015

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la ejecución de Alfredo Ronaldo Prieto, que tuvo lugar el 1 de octubre de 2015 en el estado de Virginia, Estados Unidos, en violación de sus derechos fundamentales.

El 27 de septiembre de 2015 fue presentada, en nombre de Alfredo Ronaldo Prieto, una petición alegando violaciones a derechos enunciados en la Declaración Americana, así como una solicitud de medidas cautelares. La CIDH, mediante el otorgamiento de medidas cautelares el 29 de septiembre de 2015, solicitó a Estados Unidos abstenerse de ejecutar la pena capital hasta tanto la Comisión tuviera la oportunidad de decidir sobre dichos reclamos, sobre todo tratándose de un caso en el que se alegaba que tenía capacidad mental disminuida.

La Comisión Interamericana deplora la falta de cumplimiento de Estados Unidos y del estado de Virginia con las medidas cautelares otorgadas por la CIDH. El hecho que Estados Unidos no haya preservado la vida de Alfredo Ronaldo Prieto habiendo pendiente una petición ante la CIDH, contraviene sus obligaciones internacionales derivadas de la Carta de la Organización de Estados Americanos, en vigor para Estados Unidos desde que se incorporó a la OEA en 1951, y de la Declaración Americana.

La Comisión Interamericana ha abordado durante décadas la cuestión de la pena de muerte como un desafío crucial en materia de derechos humanos. A pesar de que la mayoría de los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) ha abolido la pena capital, una minoría considerable la mantiene. Al respecto, la Comisión destaca que Estados Unidos es actualmente el único país del hemisferio occidental en aplicar ejecuciones a la pena de muerte.

La Comisión reitera la recomendación formulada en su informe “La pena de muerte en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos: de restricciones a abolición” publicado en 2012, de que los Estados apliquen una moratoria a las ejecuciones como paso hacia la gradual supresión de este tipo de pena.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 114/15