CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH visita Colorado, Estados Unidos

14 de noviembre de 2014

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) viajó a Colorado, Estados Unidos, del 20 al 22 de octubre de 2014. La delegación estuvo encabezada por la Relatora de la CIDH sobre los Derechos de la Niñez, Comisionada Rosa María Ortiz, quien estaba acompañada por personal de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH. El objetivo del viaje era obtener información sobre la situación de los menores de 18 años que tienen contacto con el sistema de justicia penal para adultos, así como las condiciones de los jóvenes que se encuentran en establecimientos de detención y reclusión.

La Comisión agradece y valora el apoyo brindado por las autoridades estatales y su buena disposición para proporcionar acceso libre e irrestricto a los establecimientos de detención y la posibilidad de entrevistar en privado a jóvenes privados de libertad. La delegación agradece en particular el esfuerzo de las organizaciones de la sociedad civil para proporcionar información, así como la asistencia brindada para la realización de este viaje.

Durante el viaje, la delegación fue recibida por autoridades estatales en Denver, Colorado, entre ellas el Defensor Público del Estado de Colorado, Doug Wilson; el Asesor Jurídico Adjunto del Gobernador John Hickenlooper, Ben Figa; el Director Ejecutivo del Consejo de Fiscales de Colorado, Tom Raynes; y el representante del estado de Colorado, Daniel Kagan. La delegación se reunió también con autoridades y personal de la División Correccional Juvenil y de los establecimientos del Sistema para Delincuentes Juveniles de Pueblo y Golden, Colorado. Asimismo, durante el viaje se realizaron reuniones con organizaciones de la sociedad civil, así como con familiares de jóvenes encarcelados y con jóvenes que habían cumplido condenas de cárcel tras haber sido declarados culpables en el sistema de justicia penal para adultos. Además, la Comisionada Ortiz dictó una conferencia y mantuvo una audiencia pública sobre la justicia de menores en las Américas en la Facultad de Derecho Sturm de la Universidad de Denver, que estuvo abierta al público y sobre la cual se informó en los medios de comunicación locales.

La Comisión ha seguido de cerca la situación de los menores en el sistema de justicia penal para adultos en Estados Unidos. En vista de las preocupaciones relacionadas con el enjuiciamiento, la condena y el encarcelamiento de menores como adultos y de las numerosas violaciones de sus derechos que se producen en ese contexto, la Relatora sobre los Derechos de la Niñez ha realizado viajes a varios estados de Estados Unidos, entre ellos un viaje a Nueva York en mayo de 2014. En ese sentido, la CIDH ha seguido muy de cerca la situación en Colorado, ya que es uno de uno de los estados donde hace poco se introdujeron importantes cambios legislativos en el sistema de justicia de menores, reduciendo considerablemente el número de niños y adolescentes que son enjuiciados en el sistema de justicia penal para adultos, y donde prácticamente ha abolido la reclusión de menores en cárceles para adultos.

Hay dos formas en que los menores pueden ser enjuiciados como adultos en Colorado. La primera es la incoación directa, en la cual el fiscal presenta la acusación directamente en los tribunales para adultos. Con las reformas, estos casos se limitan a mayores de 16 años y a los delitos más graves. Eso ha dado lugar a una disminución de 78% en los casos incoados directamente en el sistema de justicia para adultos en los últimos cinco años. Asimismo, los adolescentes que son enjuiciados en tribunales para adultos ahora tienen la posibilidad de una transferencia inversa al sistema de justicia de menores. Los menores también pueden ser enviados a tribunales para adultos por medio de una transferencia de un tribunal de menores a un tribunal para adultos. La Relatora ha observado con preocupación que esta ley todavía permite que los menores sean enjuiciados como adultos a partir de los 12 años de edad, aunque se aplique de manera excepcional debido a la gravedad del delito cometido.

Además, de conformidad con estas reformas, la detención preventiva de los menores de 18 años se efectúa en establecimientos del sistema de justicia de menores. La delegación observó, asimismo, que, de acuerdo con la ley actual, los adolescentes que son condenados en el sistema de justicia para adultos generalmente reciben condenas menos severas que los adultos. También observó que, en general, los adolescentes condenados en el sistema de justicia para adultos cumplen la condena en un programa intermedio, en una cárcel separada para menores condenados en tribunales para adultos por delitos cometidos antes de la edad de 21 años. Asimismo, se informó a la delegación sobre una ley promulgada recientemente en Colorado que garantiza el patrocinio letrado para todos los niños y adolescentes desde el principio del procedimiento, en cumplimiento de las normas internacionales.

La Comisión reconoce estos cambios importantes efectuados por el estado de Colorado, que representan avances hacia la defensa del derecho de los niños y adolescentes a ser enjuiciados y sentenciados en un sistema de justicia de menores, la exclusión casi completa de su detención en cárceles para adultos, la implementación de condiciones apropiadas para su edad durante el período de detención tales como oportunidades para la formación académica y vocacional, el establecimiento y el fortalecimiento de lazos con la familia y la comunidad y otros medios importantes para su rehabilitación y reintegración en la sociedad.

Se informó a la Relatora que, a pesar de esta práctica importante, los datos personales que constan en los expedientes de niños y adolescentes condenados por un tribunal para adultos, así como de aquellos declarados culpables de actos de delincuencia por un tribunal de menores, no se borran automáticamente cuando los menores llegan a la edad adulta o cuando terminan de cumplir su condena. Eso tiene graves consecuencias para ellos, como dificultades para conseguir empleo, becas universitarias y prestaciones públicas para la vivienda o contratos de alquiler. En ese sentido, le preocupó a la delegación observar que una declaración previa de culpabilidad en un tribunal de menores podría ocasionar el traslado del juicio de un adolescente a un tribunal para adultos y que la declaración de culpabilidad y condena en un tribunal de menores podría dar lugar a la deportación de niños y adolescentes que no son ciudadanos estadounidenses, además de tener otras implicaciones graves en su situación migratoria.

La Relatora ha expresado especial preocupación con respecto a prácticas tales como la incomunicación y la colocación de grilletes a adolescentes en el sistema de justicia penal. Durante el viaje, la delegación recibió información de las autoridades estatales que indicaba que la incomunicación de menores detenidos o encarcelados, aunque no estaba prohibida por completo, se había reducido estrictamente a situaciones en las cuales hubiera un riesgo inminente de daños. Sin embargo, menores encarcelados y sus familiares, así como organizaciones de la sociedad civil, informaron a la Relatora que la práctica de la incomunicación, como medida disciplinaria, todavía existe en los establecimientos de reclusión separados para menores condenados en el sistema de justicia penal para adultos. Asimismo, con respecto a la colocación de grilletes a menores detenidos que comparecen ante un tribunal o en otros lugares públicos, se informó a la delegación que tales políticas se aplican en todos los condados de Colorado excepto uno y que las autoridades estatales han tratado de usar la vía legislativa para prohibir su uso pero no lo han logrado. La Comisión recuerda al estado que, en el derecho internacional, la incomunicación de adolescentes se considera como una forma de tortura y está terminantemente prohibida. La Relatora recibió información sobre un menor que se suicidó mientras estaba incomunicado y sobre otros casos de intento de suicidio en condiciones similares. Por lo tanto, hace un llamamiento urgente al estado para que ponga fin a esta práctica.

La Relatora observa que el estado de Colorado ha realizado grandes avances en lo que se refiere a los establecimientos de detención en el sistema de justicia de menores y ha considerado la situación particular de los menores y su necesidad especial de protección, a fin de proporcionar asistencia especializada y apoyo orientado a la familia y a la participación de la comunidad, con miras a garantizar su rehabilitación y reintegración en la sociedad. No obstante, la Relatora considera que el estado debería redoblar sus esfuerzos para asegurar que todos los niños y adolescentes que estén en conflicto con la ley reciban atención especializada durante el período en que estén privados de libertad, mediante la coordinación y colaboración entre todos los establecimientos de detención de menores.

Por último, la Relatora ha expresado la necesidad de un sistema de justicia de menores integral y especializado, con tribunales, defensores públicos y fiscales especializados, equipos profesionales interdisciplinarios y otros elementos, como policía con una formación especial, suficientes recursos y capacitación para funcionar debidamente y de manera oportuna, así como la coordinación adecuada de distintos agentes, a fin de garantizar el derecho de todos los menores que tienen contacto con el sistema de justicia. La delegación ha observado con preocupación que, en Colorado, se pueden imputar cargos delictivos a menores de tan solo 10 años de edad y que a muchos niños y adolescentes les aconsejan erróneamente que se declaren culpables de los cargos sobre la base del supuesto infundado de que recibirán una pena menos severa. Asimismo, la Comisionada ha observado deficiencias en lo que se refiere a otros programas que pueden emplearse en vez del enjuiciamiento de niños y adolescentes, que deben facilitarse como prioridad a nivel estatal y local. La Relatora ha observado una deficiencia en la recopilación y el análisis de datos sobre el impacto del sistema de justicia penal en la situación de los niños y adolescentes que tienen contacto con el sistema. Tales datos son necesarios para promover políticas y programas de prevención eficaces.

Durante el viaje, la Comisionada Ortiz destacó que “hay que hacer un esfuerzo mucho mayor para prevenir el ingreso de menores en el sistema de justicia penal y combatir las causas sociales, económicas o de otros tipos que llevan a los menores a tener conflictos con la ley en primer lugar”.

Asimismo, la Comisión reitera su recomendación de que todos los estados de Estados Unidos adopten leyes que prohíban que los menores de 18 años sean enjuiciados en tribunales para adultos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos y elegidas por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 134/14