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Comunicado de Prensa

La CIDH culmina su 176 Período de Sesiones virtual

19  de julio de 2020

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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) culminó su 176º Período de Sesiones que por primera vez se realizó de forma virtual, del 7 al 15 de julio de 2020. La adopción del formato virtual se propuso atender al cumplimiento de sus mandatos y funciones ante la gravedad de la situación que atraviesa la región y el mundo debido a las afectaciones a la salud de millones de personas como consecuencia de la pandemia del coronavirus (COVID-19).

Durante el 176 Periodo de Sesiones de la CIDH se analizaron los temas relativos a procesamiento de peticiones, casos y medidas cautelares, así como los temas de monitoreo de situación de derechos humanos, en especial sobre el impacto del COVID-19 en su protección. Asimismo, se realizaron reuniones de trabajos sobre medidas cautelares, soluciones amistosas y seguimiento de recomendaciones, reuniones con Estados y con la sociedad civil, así como reuniones bilaterales. Se llevaron a cabo un total de 34 reuniones de trabajo y 22 reuniones bilaterales.

En la ocasión, la Comisión dio continuidad al diálogo con representantes de 29  Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) por medio de cuatro reuniones con distintos grupos regionales. En las referidas reuniones, se presentaron en detalles los logros en la ejecución del Plan Estratégico 2017-2021, las medidas tomadas por la CIDH ante la pandemia COVID-19, las medidas para reducir el retraso procesal y se realizaron importantes intercambios con los Estados. 

La Comisión también sostuvo 3 reuniones con organizaciones de la sociedad civil para recibir información sobre la situación de los derechos humanos en la región, en especial en el contexto de la pandemia del COVIDー19. En dichas reuniones virtuales se registraron 100 representantes de organizaciones de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Estados Unidos, México, Nicaragua, Perú, República Dominicana y Venezuela. Las personas participantes informaron sobre las afectaciones a los derechos humanos en sus respectivos países.

También durante el 176 Período de Sesiones virtual, la Comisión deliberó sobre un total de 10 informes de fondo, los cuales abarcan temáticas emblemáticas y de orden público interamericano para la región. Entre los temas abordados se encuentran la prevención e investigación de graves violaciones a derechos humanos, el acceso a la justicia y el alcance del derecho de protección judicial; la propiedad tradicional de pueblos afrodescendientes tribales y el derecho a la consulta y consentimiento informado; el derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas y la pena de muerte; protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes en el contexto de privación de la libertad; la prevención e investigación de actos de violencia contra la mujer; los derechos de las personas migrantes; el acceso a la función pública en condiciones de igualdad; y la prohibición de discriminación.

En el marco del 176 Período de Sesiones, la CIDH supervisó la implementación de medidas cautelares vigentes mediante 15 reuniones de trabajo sobre 18 medidas cautelares, correspondientes a los Estados de Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Haití, Honduras, Perú, y Trinidad y Tobago. La Comisión valora positivamente la presencia de las autoridades de cada Estado, debido a que estos espacios permiten impulsar la implementación de las medidas cautelares vigentes, acercando a las partes bajo el principio de concertación para atender la situación de riesgo de las personas beneficiarias. En ese sentido, la Comisión lamenta la ausencia de la representación del Estado de Trinidad y Tobago, sin perjuicio de la respuesta escrita remitida de manera previa en el asunto correspondiente.
El 176 Período de Sesiones virtual permitió que la Comisión mantuviera 9 reuniones de trabajo sobre asuntos bajo el procedimiento de solución amistosa en diferentes etapas de negociación e implementación de acuerdos, en los Casos 11.755, Carlos Alberto López de Belva; 12.182, Florentino Rojas; y 12.289, Guillermo Santiago Zaldívar y otros de Argentina. Asimismo, la CIDH facilitó reuniones de trabajo en relación a la Petición 1186-09, Adela Villamil, de Bolivia; en el Caso 12.673, José Dutra da Costa de Brasil; en los asuntos P- 108-00 - Masacre de Segovia; Caso 12.756, Masacre El Aracatazzo y en el Caso 12.714, Masacre de Belén AltaVista de Colombia; en el Caso 13.050, Comunidad Q'oq'ob del Municipio de Santa María Neba de Guatemala; en la Petición  735-07, Ismael Mondragón de México; y en relación al Caso 13.017-A - Familiares de víctimas de la dictadura militar, octubre de 1968 a diciembre de 1989 de Panamá. En dichas reuniones las partes avanzaron con la facilitación de la Comisión en la construcción de posibles planes de trabajo y en la identificación de intereses para la negociación e implementación de acuerdos de solución amistosa. Al respecto, la Comisión valora los esfuerzos de los Estados de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Guatemala, México y Panamá para avanzar con los distintos procesos de negociación e implementación de los acuerdos de solución amistosa. La Comisión observa con satisfacción la construcción conjunta de rutas de trabajo entre las partes en esos casos para tal fin, e insta a las partes a mantener abiertos los canales de diálogo que permitan avanzar en el impulso de la ejecución de las medidas pendientes de cumplimiento.

La CIDH también realizó reuniones de trabajo sobre 4 casos en etapa de seguimiento de recomendaciones respecto a Brasil, Estados Unidos y México. En las reuniones, la Comisión facilitó espacios de diálogo constructivo encaminados a que los Estados avanzaran en el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión y a que las partes concertaran mecanismos para su implementación.

Al respecto, la CIDH valora el compromiso de las partes asistiendo a las reuniones y facilitando la información sobre el estado de cumplimiento de las recomendaciones en cada caso. Asimismo, la Comisión hace un llamado a todos los Estados de la región a seguir implementando las recomendaciones emitidas en sus informes de fondo, de manera efectiva y en concertación con las víctimas y sus representantes, con objetivo de garantizar una reparación plena e integral a las víctimas de violaciones de derechos humanos.

Además, la Comisión decidió presentar ante Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso 12.380 Miembros de la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo” - CAJAR, respecto de Colombia. El caso se relaciona con hechos de violencia, intimidación, hostigamiento y amenazas en contra de integrantes del CAJAR desde la década de 1990 y, vinculados a sus actividades de defensa de los derechos humanos.

La CIDH celebró 6 reuniones de trabajo para dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones en relación con casos que cuentan con un informe de fondo y sobre los cuales adoptará una decisión respecto al eventual sometimiento a la Corte IDH. Estas reuniones fueron virtuales, en relación con casos de Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, México y Perú buscan incrementar una mayor eficacia y celeridad de sus decisiones en esta etapa. La CIDH agradece la participación de los Estados y las partes peticionarias en estas reuniones.

La Comisión manifiesta su agradecimiento a los Estados y a las organizaciones de la sociedad civil por el esfuerzo realizado para participar del 176 Período de Sesiones en su formato virtual contribuyendo de esta forma con avanzar en la defensa y promoción de los derechos humanos en la región.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 167/20