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Comunicado de Prensa

CIDH expresa preocupación por hechos de violencia contra trabajadores rurales en Brasil

18 de enero de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por los hechos de violencia cometidos en contra de trabajadores rurales que ocurrieron el 5 de enero en la Hacienda Agropecuaria Bauru, municipio de Colniza del Estado de Mato Grosso, Brasil. La CIDH urge al Estado brasileño a investigar estos hechos con debida diligencia y abordar las causas estructurales de estos hechos de violencia, vinculados al acceso a la tierra.

De acuerdo con informaciones de público conocimiento, el sábado 5, miembros de la seguridad de la Hacienda Agropecuaria Bauru dispararon a trabajadores rurales que se dirigían al rio Traíra para abastecerse de agua. Como consecuencia de estos hechos, una persona identificada como Eliseo Queres fue asesinada y otras nueve habrían resultado heridas, de las cuales 3 estarían en estado de gravedad. Según lo señalado por la Comisión Pastoral de Tierra (CPT), los trabajadores estaban vinculados a la Asociación Gleba Unión, municipio de Colniza y al Movimiento de Lucha por tierra 13 de octubre.

Según información disponible, en los interrogatorios realizados por la Policía Nacional los guardias afirmaron que reaccionaron a la invasión de personas supuestamente armadas. Sin embargo, los heridos declararon que ninguna de las víctimas portaba armas de fuego. Asimismo, la Policía indicó que habría indicios de que las personas afectadas no estaban armadas dado que solamente se encontraron las cápsulas del mismo calibre de las armas de los guardias de la propiedad rural. La información disponible indica que las víctimas que fueron baleadas estaban acampando a 7 km de la hacienda, debido a que habían sido retiradas de la hacienda en una reintegración de posesión en noviembre del año pasado.

Al respecto, organizaciones de derechos humanos manifestaron que este caso configura una tentativa de masacre en contra de las casi 200 familias que habitan en dichas tierras en el municipio de Colniza; algunas de las cuales tomaron posesión y otras compraron lotes en los que viven y se dedican a la cría de animales y a la producción de alimentos. Asimismo, organizaciones de la sociedad civil informaron que el área de conflicto es conocida como Hacienda Magali y corresponde a un terreno reclamado por las familias de trabajadores rurales en el marco de la reforma agraria, y que al mismo tiempo algunos políticos locales alegan tener derechos de propiedad sobre parte del área. Igualmente, las organizaciones afirmaron que las familias cumplieron con la decisión judicial de la Vara Agraria en Acción Posesiva y cambiaron el campamento de local, sin que esto les hubiera garantizado la seguridad.

En sus observaciones preliminares de la visita in loco de la CIDH a Brasil en noviembre de 2018, la Comisión determinó que de acuerdo a los registros de la CPT, entre las víctimas de homicidios durante 2017, se contabilizaron 21 trabajadores rurales sin tierra; 11 correspondían a miembros de comunidades quilombolas y 6 correspondían a personas indígenas víctimas de la violencia por los conflictos vinculados a la tierra. A su vez, la CPT señaló que sólo se había investigado el 8% de esos asesinatos. En el marco de dicha visita, la CIDH recibió abundante información sobre desalojos forzosos violentos por parte del Estado y de grupos latifundistas. Al respecto, la Comisión expresó su profunda preocupación por el incremento de la violencia rural y el grave problema que enfrentan decenas de miles de familias del campo que año a año son desalojadas de las tierras que habitan u ocupan. Frente a esta situación, la CIDH instó al Estado a adoptar urgentemente todas las medidas necesarias para garantizar el derecho a la vida, a la integridad y a la seguridad de defensoras y defensores del derecho a la tierra y al medio ambiente en Brasil.

La CIDH ha observado que los desalojos afectan a las personas que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad e intensifican la desigualdad, los conflictos sociales, la segregación y la creación de guetos. Los desalojos forzados con frecuencia están vinculados a la falta de certeza jurídica sobre sus tierras, lo que constituye un elemento esencial del derecho a una vivienda adecuada. Por lo tanto, la CIDH estima pertinente precisar que los desalojos deben realizarse únicamente en observancia a las normas y estándares internacionales en materia de derechos humanos y a los principios de excepcionalidad, legalidad, proporcionalidad e idoneidad, con la finalidad legítima de promover el bienestar social y garantizando soluciones a la población desalojada que pueden consistir en la restitución y el retorno, el reasentamiento a una tierra distinta mejor o de igual calidad y la rehabilitación o la justa compensación.

Asimismo, en caso de que sea necesario realizar un desalojo, la CIDH ha indicado que los Estados deben brindar protección a la dignidad, a la vida y a la seguridad de las personas desalojadas, asegurando como mínimo el acceso a una alimentación adecuada en términos nutricionales y culturales, agua potable y saneamiento, alojamiento con condiciones adecuadas de habitabilidad, entre otros. Adicionalmente, se debe garantizar el acceso seguro a recursos comunes de propiedad de los que dependían anteriormente, lo que incluye la posibilidad de recolectar sus bienes, enseres, cultivos y cosechas.

La Comisión reitera que la ausencia, los retrasos excesivos de los procesos de demarcación y/o titulación de las tierras, así como la interrupción de esos procesos, pueden generar un ambiente propicio para el surgimiento de conflictos, al permitir el ingreso de terratenientes o campesinos en tierras tradicionales o ancestrales. Asimismo, contribuye a la pérdida de territorios y tierras tradicionales; el desalojo, desplazamiento interno y finalmente reasentamiento de las personas afectadas; la destrucción y contaminación del medio ambiente tradicional; el agotamiento de los recursos necesarios para la supervivencia física y cultural de las comunidades afectadas; y su desorganización social y comunitaria. En consecuencia, la CIDH recomienda atender las causas estructurales relacionadas con los conflictos vinculados a la lucha por la tierra, con el fortalecimiento de policías públicas dirigidas a la reforma agraria y programas para la prevención y atención a la violencia en el campo.

Finalmente, la CIDH exhorta al Gobierno de Brasil a investigar con debida diligencia las circunstancias alrededor de los hechos y otros actos de violencia contra campesinos sin tierra o asentados, a fin de identificar y sancionar a las personas responsables y así combatir la impunidad y evitar la repetición de hechos similares. Asimismo, la Comisión urge adoptar todas las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida e integridad de los trabajadores rurales que se encuentran bajo su jurisdicción, en particular a los miembros de las familias que se encuentran ubicadas en la Hacienda mencionada. Igualmente, la CIDH resalta que ante este tipo de situaciones el Estado brasileño tiene la obligación de adoptar medidas para prevenir el desplazamiento, proteger y brindar asistencia a las personas desalojadas durante su desplazamiento, prestar y facilitar asistencia humanitaria y facilitar soluciones duraderas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 009/19