Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ampliar las medidas provisionales para proteger los derechos de 15 personas, así como sus respectivos núcleos familiares, quienes se encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos en Nicaragua.
Las 15 personas son: Cristiana María Chamorro Barrios, precandidata presidencial en partido político Ciudadanos por la Libertad-CxL y ex presidenta de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro; Pedro Joaquín Chamorro Barrios, ex miembro de la directiva de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro y miembro fundador del partido político Ciudadanos por la Libertad-CxL; Walter Antonio Gómez Silva, ex administrador financiero de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro; Marcos Antonio Fletes Casco, ex contador general de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro; Lourdes Arróliga, ex trabajadora de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro; Pedro Salvador Vásquez, chofer de Cristiana María Chamorro Barrios; Arturo José Cruz Sequeira, Precandidato presidencial de la plataforma Alianza Ciudadana; Luis Alberto Rivas Anduray, Ex vicepresidente de FUNIDES y director de Banpro Grupo Promerica; Miguel de los Ángeles Mora Barberena, Precandidato presidencial en el partido político de Renovación Democrática. La lista de personas incluye también a líderes y lideresas del partido político Unión Democrática Renovadora: Dora María Téllez Arguello, Ana Margarita Vijil Gurdián, Suyen Barahona Cuán, Jorge Hugo Torres Jiménez, Víctor Hugo Tinoco Fonseca; y al líder político de la Coalición Nacional, José Bernard Pallais Arana.
La Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de la mayoría de las personas identificadas y sus núcleos familiares, según correspondía, tras identificar que se cumplían los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad a los que hace referencia el artículo 25 de su Reglamento.
Pese reiteradas solicitudes de la CIDH para obtener información del Estado, no se recibió respuesta que indique que se adoptaron medidas de protección para atender la situación de riesgo, lo cual es especialmente preocupante, debido a que recientemente 14 de estas personas permanecieron incomunicadas, en prisión preventiva o arresto domiciliario. Asimismo, se han visto impedidas de contar con las garantías mínimas de todo proceso, en un contexto de escalamiento de la crisis en Nicaragua agudizada por el periodo electoral, lo que ha implicado que se vean impedidas de participar políticamente, de alguna forma, en las elecciones generales de noviembre de 2021.
Al igual que las actuales personas beneficiarias del Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros ante la Corte Interamericana, la CIDH destaca que las personas identificadas son personas públicas, conocidas o identificadas como de oposición al actual gobierno de Nicaragua, integrantes de diversos sectores de la sociedad nicaragüense. Particularmente, han buscado impulsar que las elecciones generales de noviembre de 2021 sean democráticas; y que se garanticen los derechos humanos.
Asimismo, esas personas tienen roles de liderazgo y visibilidad en contra de las medidas impulsadas por el actual gobierno de Nicaragua desde abril de 2018, y se han manifestado en oposición a las acciones represivas estatales en contra de la población civil en el contexto de crisis de derechos humanos. Además, un grupo de las personas identificadas fueron detenidas tras haber manifestado su interés en participar como precandidatos presidenciales en las elecciones generales de noviembre de 2021. Adicionalmente, algunas de las personas participaron como integrantes de la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia en la Mesa de Negociación instalada por el Gobierno en el 2019, con el fin de alcanzar una solución a la crisis de derechos humanos iniciada el 18 de abril de 2018.
La información recibida recientemente respecto de la persistencia de los eventos de riesgo a su vida e integridad personal, sumados a los indicios de arbitrariedad en las detenciones de 2021, la falta inicial de información concreta sobre sobre la ubicación y las condiciones actuales de detención, sobre los tipos penales utilizados dentro del marco normativo tendiente a criminalizar a toda persona percibida como opositora, así como las denuncias múltiples, circunstanciadas y consistentes sobre violaciones al debido proceso en su causa sugieren que dicha privación de libertad guarda estrecha relación con una intención dirigida a silenciarlos mediante represalias, bloquearles toda posibilidad de articulación social y/o política y con ello enviar un mensaje de castigo a las personas que se manifiesten o protesten en contra de las acciones estatales o que busquen ser oposición al actual gobierno de Nicaragua en las próximas elecciones generales de noviembre de 2021.
En estas circunstancias, la Comisión considera que sus derechos se encuentran en una situación de riesgo extremo y que las personas identificadas están expuestas a ser objeto de inminentes actos de violencia, así como quienes integran sus núcleos de familiares, por posibles represalias y las acciones que realicen para demandar justicia por el actuar del Estado.
Con base en los hechos expuestos y conforme a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención Americana y el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la Comisión solicita a la Corte IDH que ordene al Estado de Nicaragua ampliar las medidas provisionales e implementar medidas de protección en favor de las 15 personas identificadas y sus núcleos familiares, en Nicaragua.
Además, la Comisión solicita a la Corte que requiera al Estado de Nicaragua adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger de manera efectiva la vida, integridad, salud y libertad personal de las 15 personas y sus núcleos familiares; liberar a quienes se encuentran bajo prisión preventiva y levante la medida de arresto domiciliario de Cristiana Chamorro en las actuales condiciones. Además, que permita visita de la CIDH Nicaragua, la que se encuentra a la total disposición para constatar la implementación de las presentes medidas provisionales y buscar su efectividad.
Asimismo, la Comisión solicita a la Corte IDH que recuerde al Estado que de acuerdo con el artículo 53 de su Reglamento no podrán enjuiciar ni ejercer represalias contra de los familiares y representantes.
La Corte IDH emite medidas cautelares en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas; las mismas son de carácter obligatorio para los Estados por lo que las decisiones contenidas en las mismas exigen que adopten acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la vida de personas o colectivos que están bajo amenaza.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 285/21
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