La CIDH saluda la decisión del Tribunal Superior de Dominica en favor de la igualdad

6 de mayo de 2024

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Dominica que declaró anticonstitucional y nula la sección 14 de la Ley de Delitos Sexuales (que prohibía la "conducta obscena" [gross indecency] y castigaba ese delito con 12 años de cárcel) y la sección 16 (que prohibía la "sodomía" [buggery] y castigaba ese delito con 10 años de cárcel o internación en un hospital psiquiátrico para recibir tratamiento).

La legislación que criminaliza las relaciones privadas consentidas entre personas del mismo sexo viola los estándares internacionales de derechos humanos, ya que supone una violación de la dignidad humana, la privacidad y la libertad de expresión. En su decisión, el Tribunal Superior de Justicia de Dominica destaca los estándares internacionales e interamericanos que estipulan que la legislación que criminaliza las relaciones íntimas consentidas entre personas del mismo sexo violan los principios de igualdad y no discriminación que protege la Convención Americana.

Con esta sentencia histórica, Dominica se ha posicionado con otras naciones cuyos tribunales también han revocado leyes que criminalizan esas prácticas porque constituyen violaciones de los derechos humanos. La mayoría de los países de la Comunidad del Caribe (CARICOM) cumplen ahora los estándares interamericanos sobre despenalización.

La CIDH ha señalado que, incluso en los casos en los que esa legislación no se aplica en la práctica, tiene un impacto negativo en la sociedad, ya que fomenta los prejuicios y la violencia y habilita una cultura de impunidad. En 2020, la CIDH destacó que esas prohibiciones penales interfieren sin una justificación razonable con aspectos relacionados con la vida privada basándose en una categoría protegida de la Convención Americana, lo cual supone una violación de los estándares de derechos humanos. Además, suponen una barrera para el acceso de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas a otros derechos, como los derechos a la libertad de asociación, la libertad de expresión, la salud, el empleo y el acceso a la justicia, entre otros.

La CIDH pide a todos los Estados de las Américas que mantengan esos tipos de criminalización que revoquen cualquier legislación que facilite la persecución de las personas LGBTI y fomente la violencia basada en prejuicios y la discriminación contra esas personas. Además, la CIDH insta a los Estados de la región a seguir fomentando la inclusión social de las personas LGBTI y la igualdad real entre todas las personas. La CIDH reafirma su compromiso con los Estados y las organizaciones de la sociedad civil para brindar asistencia a los procesos que busquen generar un marco jurídico que proteja a las personas LGBTI de cualquier tipo de violencia o discriminación.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover el respeto y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 091/24

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