Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. – En el Día Internacional de las personas afrodescendientes, la CIDH hace un llamado a los Estados de la región a adoptar medidas concretas para promover el respeto y reconocimiento del funcionamiento de los sistemas de justicia propios de las comunidades afrodescendientes tribales.
Los derechos de autogobierno y jurisdicción propia de los pueblos étnicos son una forma práctica y efectiva de ejercer la libre determinación; la CIDH se ha referido a ello en su informe temático Derecho a libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales.
La Carta Social de las Américas establece que los Estados se comprometen a respetar, promover y proteger el diálogo intercultural, modos de vida, sistemas de valores, tradiciones y creencias. Por consiguiente, los pueblos étnicos tienen derecho a practicar y conservar sus costumbres y conocimientos, mereciendo que la diversidad de sus culturas, historias y aspiraciones sean respetadas y promovidas.
La CIDH comprende que el ejercicio del autogobierno local y la libre determinación está condicionado a los derechos constitucionales y a los estándares internacionales de derechos humanos, y que su aplicación se limita a las personas integrantes de las comunidades étnicas dentro de sus territorios, principalmente a delitos o infracciones leves. Asimismo, se ha tomado nota del establecimiento de mecanismos de coordinación entre los sistemas de justicia nacionales y los sistemas de justicia étnica, cuya operatividad depende de cada Estado.
Las comunidades afrodescendientes tribales tienen derecho a contar con sus sistemas jurídicos propios, conforme a sus costumbres y cosmovisiones, que incluye sus formas organizativas tradicionales; mecanismos internos de solución de conflictos; y medidas comunitarias de protección colectiva; cuyo fin último es la preservación de la identidad cultural y la memoria histórica de la diáspora africana en las Américas.
La Comisión llama a los Estados adoptar medidas para el reconocimiento y funcionamiento de las instituciones representativas autónomas propias de los pueblos afrodescendientes, entre ellas, las áreas de administración de justicia, gestión territorial y de recursos naturales, y proporcionarles los recursos financieros necesarios para su funcionamiento.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 206/23
9:25 AM