La CIDH comunica la publicación del Informe del caso Marcos Alejandro Martín sobre vulneración al derecho a la defensa, contra Argentina

11 de noviembre de 2021

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de publicar el informe del caso 12.681 contra Argentina, adoptado el 5 de octubre de 2021. El caso se refiere a la vulneración al derecho a la defensa en perjuicio de Marcos Alejandro Martín en un proceso penal, por robo en su contra.

En su Informe de Fondo la CIDH analizó la relación entre la prueba practicada y el derecho de defensa, y consideró que este derecho debe garantizarse desde el momento en que una persona es individualizada como posible responsable de un delito, por lo que la ausencia de su abogado en la práctica de una declaración testimonial resulta violatoria a los derechos consagrados en los artículos 8.2 c) y f) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Al respecto, se determinó que las violaciones en la práctica de la declaración testimonial continuaron a lo largo del proceso, y que esta situación se consolidó a través de la sentencia condenatoria y los fallos emitidos con ocasión a los recursos interpuestos por Marcos Alejandro Martin. La declaración testimonial fue fundamental en la condena, lo que resultó en la violación al derecho de defensa que fue especialmente grave porque cuando no existen otros elementos de corroboración sobre aspectos esenciales para determinar la responsabilidad penal, se viola también el principio de presunción de inocencia.

Finalmente, la CIDH determinó que la Cámara Nacional de Casación Penal no sólo consolidó la violación del principio de presunción de inocencia, sino que, del lenguaje de la sentencia, es posible afirmar que se invirtió la carga de la prueba. Además, se analizó que las personas sólo pueden ser objeto de una restricción a su libertad mediante sentencia basada en un proceso penal en el cual tengan oportunidad de defenderse, situación que no se presentó en el caso.

El Estado de Argentina remitió en septiembre de 2021 la decisión del tribunal que fijó el monto de la indemnización del daño material e inmaterial y la parte peticionaria expresó su satisfacción frente al trabajo realizado. La Comisión valoró positivamente los esfuerzos del Estado hacia el cumplimiento de las recomendaciones y saludó la decisión en favor de Marcos Alejandro Martín, compatible con las reparaciones determinadas en el Informe de Fondo.

En agosto de 1998 en Buenos Aires, una persona fue robada por dos jóvenes en un transporte público. La persona denunció los hechos e identificó a Martín como uno de sus agresores, por lo que fue detenido. Se inició un proceso en su contra y fue condenado a 5 años de prisión. En la petición se alegó que la sentencia condenatoria en dicho proceso era arbitraria al haberse tomado en cuenta como evidencia sustancial la declaración inconsistente de la persona presuntamente asaltada, la cual se incorporó en la audiencia pública, sin control previo de la defensa. También se alegó la violación del derecho a recurrir el fallo condenatorio y que la privación de libertad de Martín resultó ser arbitraria.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 301/21

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