Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de declarar el cumplimiento total y cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa 23/20, relativo a la petición P-1275-04A, Juan Luis Rivera Matus de Chile.
El asunto se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado chileno por la detención arbitraria, tortura y desaparición forzada de Juan Luis Rivera Matus en 1975. El peticionario alegó una presunta violación de los derechos consagrados en los artículos 4 (derecho a la vida), 5 (derecho a la integridad personal), 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El 31 de enero de 2020, las partes firmaron un Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) que fue homologado por la CIDH el 13 de abril de 2020. Durante el proceso de verificación de la implementación del ASA, se valoró las acciones desplegadas por el Estado chileno para el cumplimiento de los compromisos asumidos y se corroboró que el Estado realizó los pagos correspondientes por concepto de indemnización a los familiares de la víctima.
La Comisión Interamericana siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en el presente asunto y valoró altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y posterior etapa de seguimiento del acuerdo de solución amistosa. En virtud de la información proporcionada por las partes durante el proceso de supervisión de la implementación del ASA, la CIDH declaró el cumplimiento total de este acuerdo y, en consecuencia, decidió cerrar la supervisión del cumplimiento del mismo.
La Comisión congratula los esfuerzos realizados por el Estado para buscar la resolución de los asuntos ante el sistema de peticiones y casos individuales, a través del mecanismo de solución amistosa, y saluda la total implementación de este acuerdo de solución amistosa. Asimismo, felicita a la parte peticionaria por todos los esfuerzos realizados para participar en la búsqueda de avances en el procedimiento de solución amistosa.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 058/21