COMUNICADO DE PRENSA
R 154/14
RELATORÍA ESPECIAL CONDENA ASESINATO DE COMUNICADOR EN
HONDURAS
Washington D.C., 17 de diciembre de 2014. – La Relatoría Especial para la
Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
condena el asesinato del comunicador Reynaldo Paz Mayes, propietario del Canal
28, ocurrido el 15 de diciembre en la ciudad de Comayagua, departamento de
Comayagua, Honduras. La Relatoría manifiesta su profunda preocupación e insta a
las autoridades hondureñas a actuar con urgencia para identificar los motivos
del crimen e investigar, juzgar y condenar a los responsables materiales e
intelectuales de este asesinato.
De acuerdo con la información recibida, Paz Mayes realizaba ejercicio en
horas de la mañana en un centro deportivo de la ciudad cuando fue atacado por
desconocidos quienes le dispararon al menos en dos ocasiones. El empresario
también dirigía programas de opinión crítica y análisis sobre la situación del
país.
Para la Relatoría Especial es fundamental que el Estado hondureño
esclarezca a la mayor brevedad posible la causa de este crimen, identifique,
procese y sancione a los responsables, y adopte medidas de reparación justas
para los familiares de la víctima. Ante la serie de asesinatos cometidos contra
comunicadores en Honduras desde 2009 resulta imprescindible que el Estado
investigue de forma completa, efectiva e imparcial estos crímenes que afectan a
toda la sociedad hondureña.
La Relatoría Especial insiste en la necesidad de crear cuerpos y protocolos
especiales de investigación, así como mecanismos de protección destinados a
garantizar la integridad de quienes se encuentran amenazados por el ejercicio
de su actividad periodística. Durante la reciente visita in loco a Honduras, la CIDH consideró que las autoridades debían
asegurar que el proyecto de ley de protección para las y los defensores de
derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia,
sea aprobado de manera urgente. La CIDH también exhortó al Estado a continuar
el diálogo con todos los sectores involucrados con el objetivo de tomar en
consideración sus preocupaciones y los estándares internacionales aplicables en
materia de mecanismos de protección. Así como también que incluya una
determinación adecuada de los periodistas y comunicadores a fin de que las
medidas de protección correspondan a las necesidades de trabajo que estos
desarrollan y que garanticen el ejercicio de su libertad de expresión.
El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la
CIDH señala: "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los
comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de
comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta
severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e
investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una
reparación adecuada".
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular
la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión,
considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del
sistema democrático.