COMUNICADO DE PRENSA
R70/11
RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESION CONDENA NUEVO ASESINATO DE PERIODISTA EN HONDURAS Y PIDE INVESTIGACIÓN EXHAUSTIVA
Washington D.C., 18 de julio de 2011. — La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del periodista Nery Jeremías Orellana, ocurrido el 14 de julio en el municipio de Candelaria, departamento de Lempira. La Relatoria Especial exhorta a las autoridades a realizar una investigación diligente y exhaustiva que de prioridad a la hipótesis según la cual la labor profesional del periodista, y sus constantes denuncias por violaciones a los derechos humanos, pudieron ser la causa del homicidio.
De acuerdo con la información recibida, Orellana viajaba en motocicleta hacia la radio cuando fue interceptado por desconocidos que le dispararon varias veces en la cabeza. El periodista fue trasladado con vida al hospital de Sensuntepeque pero falleció horas después.
Orellana, de 26 años, dirigía la emisora Radio Joconguera, en Candelaria, y era corresponsal de la radio comunitaria Radio Progreso. Como director, había abierto espacios en la radio a programas de la Iglesia católica y del Frente Nacional de Resistencia Nacional (FNRP) y había mantenido una posición crítica hacia el golpe de Estado contra el presidente Manuel Zelaya, en 2009. Momentos antes de ser asesinado había confirmado su participación en una reunión de radios comunitarias que se efectuaría el 15 de julio.
Para la Relatoría Especial es imprescindible que el Estado hondureño demuestre con acciones concretas e investigaciones efectivas su compromiso en la prevención de estos crímenes, la protección de los periodistas en riesgo y la lucha contra la impunidad de los asesinatos reportados. En este sentido, la Relatoría Especial reitera su preocupación por la ausencia de avances significativos para esclarecer los 13 asesinatos cometidos contra comunicadores desde julio de 2009. En todos estos casos es obligación del Estado adoptar todas las medidas necesarias para identificar la causa de los homicidios sin descartar de manera arbitraria la hipótesis según la cual la actividad profesional de los comunicadores asesinados pudo ser la causa de los mismos. Como resultado de las investigaciones, del Estado debe identificar a los responsables, juzgarlos y sancionarlos, así como garantizar la reparación adecuada de los familiares de las víctimas.
Desde 2009 han sido asesinados en Honduras los comunicadores Gabriel Fino Noriega, muerto en San Juan Pueblo el 3 de julio de 2009; Joseph Hernández, asesinado el 1 de marzo de 2010 en Tegucigalpa; David Meza Montesinos, asesinado en La Ceiba el 11 de marzo de 2010; Nahúm Palacios, muerto en Tocoa el 14 de marzo de 2010; Bayardo Mairena y Manuel Juárez, asesinados en Juticalpa el 26 de marzo de 2010; Jorge Alberto (Georgino) Orellana, muerto el 20 de abril de 2010 en San Pedro Sula; Luis Arturo Mondragón asesinado el 14 de junio de 2010 en El Paraíso; Israel Zelaya, muerto en San Pedro Sula el 24 de agosto de 2010; Henry Suazo, muerto en La Masica el 28 de diciembre de 2010, Héctor Francisco Medina Polanco, asesinado en Morazán el 10 de mayo de 2011 y Luis Mendoza Cerrato, asesinado en Danlí el 19 de mayo de 2011. En ninguna de las investigaciones las autoridades hondureñas han reportado algún progreso significativo.
Asimismo, el crimen de Nery Jeremías Orellana se inserta en un contexto de hostigamiento contra las radios que han mantenido una línea independiente y han denunciado temas de corrupción y posibles violaciones de derechos humanos. En particular la Relatoria Especial ha manifestado su preocupación por los constantes hostigamientos y amenazas a las que han sido sometidas las y los comunicadores de las radios comunitarias Guarajambala, La Voz Lenca, la radio comunitaria Faluma Bimetu (Coco Dulce) de la comunidad garífuna de la localidad de Triunfo de la Cruz, la radio La Voz de Zacate Grande, así como por la situación de la radio El Progreso cuyos miembros son objeto de medidas cautelares de la CIDH.
El noveno principio de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que: "El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores asegurar a las víctimas una reparación adecuada".