Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa Conjunto

COMUNICADO DE PRENSA CONJUNTO

Nº R33/09

 

RELATORES PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LA ONU Y DE LA OEA MANIFIESTAN PREOCUPACIÓN POR SEÑALAMIENTOS DE ALTAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO DE VENEZUELA CONTRA CANALES PRIVADOS DE TELEVISION

 

Ginebra – Washington, D.C., 22 de mayo de 2009 - El Relator de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y Expresión, Frank La Rue, y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Catalina Botero, manifestaron su preocupación por las recientes declaraciones de altas autoridades del gobierno de Venezuela en contra del canal de televisión Globovisión y otros medios privados en ese país.  

 

De acuerdo con la información recibida, el 4 de mayo de 2009 Globovisión trasmitió –antes de ser emitido el reporte oficial correspondiente–, una noticia sobre un sismo que afectó algunos lugares de Venezuela. Durante la trasmisión, el director del canal señaló que no tenía reportes sobre la existencia de daños graves y criticó el hecho de que no se hubiere dado oportunamente información oficial. Notas sobre el sismo se repitieron varias veces durante el día. Luego de esta noticia, las más altas autoridades de Venezuela han acusado públicamente a los medios privados, especialmente a Globovisión, de acudir al "terrorismo" y al "discurso de odio" con "fines desestabilizadores". Asimismo, importantes autoridades exhortaron a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), a imponer las más drásticas sanciones a Globovisión.

 

El 7 de mayo de 2009, Conatel, entidad del Poder Ejecutivo nacional, abrió un procedimiento administrativo a la empresa Globovisión, al considerar que la información suministrada al público con ocasión del sismo podría "generar alarma, temor, zozobra o pánico entre la población, produciendo en los individuos un sentimiento de que están en peligro y desprotegidos"[1]. Esta investigación se suma a dos investigaciones anteriores abiertas contra Globovisión por la trasmisión en directo de declaraciones en vivo de terceras personas ajenas al canal. Según información suministrada por el Estado, estas investigaciones ya estarían en etapa de decisión. Estos procedimientos podrían conducir a la revocatoria de la licencia del canal por la aplicación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.

 

En oportunidades anteriores, los relatores para la libertad de expresión de la ONU y de la OEA han recordado a las autoridades su obligación de respetar la libertad de expresión en los medios de comunicación y en las emisiones de radio y televisión y, en particular, la independencia editorial de los medios de comunicación. En este sentido, se ha señalado que, en una democracia, la crítica, la oposición y la contradicción, deben ser toleradas como condición del principio de pluralismo, protegido por el derecho a la libertad de expresión. La labor de las autoridades es la de crear un clima en el cual todas las personas puedan exponer sus ideas u opiniones sin miedo a ser perseguidos, sancionados o estigmatizados.

 

En la presente oportunidad, La Rue y Botero manifestaron su preocupación frente a la existencia de declaraciones de las más altas autoridades del gobierno, que generan un ambiente de intimidación en el cual se ve seriamente limitado el derecho a la libertad de expresión. Al respecto, recordaron que las autoridades tienen el deber de hacer cumplir la ley y el derecho a responder las críticas que consideran injustas o engañosas. Sin embargo, los funcionarios públicos, especialmente los que ocupan las más altas posiciones del Estado, tienen el deber de respetar la circulación de informaciones y opiniones, incluso, cuando éstas son contrarias a sus intereses y posiciones. Asimismo deben promover la tolerancia y la diversidad de ideas y opiniones.

 

Finalmente, los relatores para la libertad de expresión de la ONU y de la OEA hacen un llamado al Estado de Venezuela a mantener la plena vigencia del derecho a la libertad de expresión establecido en instrumentos internacionales adoptados por el Estado y a proteger de manera adecuada las garantías internacionales en los procesos que se adelantan contra los medios de comunicación privados y, en este caso, contra Globovisión. En este sentido, los Estados deben garantizar que los procesos administrativos o las facultades regulatorias no impliquen actos de censura indirecta motivados por la línea editorial del medio.

 

Para más información sobre la Relatoría Especial: http://www.cidh.org/relatoria.



[1] CONATEL. 7 de mayo de 2009. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones inicia procedimiento administrativo sancionatorio al prestador del servicio de televisión abierta Corpomedios GV Inversiones, C.A., "GLOBOVISIÓN". Disponible en: http://www.conatel.gov.ve/noticia_comp.asp?numn=2625.