RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE
EXPRESIÓN CONDENA ASESINATO DE PERIODISTA HAITIANO
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA condena el asesinato del periodista haitiano Brignol Lindor el 3 de diciembre de 2001. Según informaciones recibidas, el periodista Lindor fue asesinado a golpes de machete en la localidad denominada L'Acul-Croix Hilaire por un grupo de personas miembros de una autodenominada organización popular (OP).
Brignol Lindor fue director de noticias de Radio Eco 2000 en PetitGoâve desde 1995, miembro de la Federación de la Prensa Haitiana (FPH), y ex-corresponsal de Radio Signal FM. El periodista era animador de un programa de análisis político muy popular, denominado "Dialogue" en el cual participaban personalidades locales de la oposición. Según informaciones recibidas, el periodista recibió en varias oportunidades amenazas a su integridad física y a su vida por parte de autoridades locales en respuesta a los contenidos de su programa radial. Según las fuentes, la Policía Nacional de Haití (PNH) no actuó ante las denuncias presentadas.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión condena el asesinato de Brignol Lindor y urge a las autoridades haitianas a esclarecer los hechos ocurridos y sancionar a los responsables. El asesinato de periodistas es la forma más brutal de atentar contra la libertad de expresión. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Haití es parte, señala que los Estados tienen el deber de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos en esa Convención. En el caso de periodistas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que la inexistencia de una investigación completa del asesinato de un periodista y de una sanción penal para los autores materiales e intelectuales resulta especialmente grave por el impacto que tiene sobre la sociedad. La impunidad de estos crímenes no sólo tiene un efecto amedrentador sobre los demás periodistas, sino también sobre cualquier ciudadano, pues genera el miedo de denunciar abusos e ilícitos de toda índole.
Por último, la Relatoría recuerda lo establecido en el principio 9 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH: "El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada."
Relatoría para la Libertad de Expresión
6 de diciembre de 2001
Washington, D.C.