Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa 152/06

RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DEPLORA ASESINATO DE PERIODISTA EN VENEZUELA Y SOLICITA DEBIDA INVESTIGACION

Washington, D.C., 31 de agosto de 2006. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, deplora el asesinato del señor Jesús Rafael Flores Rojas, periodista del diario Región en el estado Anzoátegui, Venezuela. La Relatoría Especial insta a las autoridades venezolanas a investigar este hecho de manera rápida y eficaz para que se sancione debidamente a sus responsables y se determine si este crimen estuvo relacionado con el ejercicio de la actividad periodística.

De acuerdo a la información recibida por la Relatoría Especial, en la noche del 23 de agosto de 2006 el señor Flores Rojas llegaba a su domicilio en la localidad de El Tigre, cuando un individuo le disparó ocho veces para luego huir en un automóvil que lo esperaba a pocos metros. La información recibida indica que el señor Flores Rojas escribía sobre temas que incluían denuncias de corrupción en torno a la administración pública local.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recuerda que conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados tienen el deber de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos allí reconocidos. El Principio 9 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH señala que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Ignacio J. Álvarez, señaló que “es especialmente importante que en los delitos contra periodistas se investigue no sólo a los autores materiales, sino también a los autores intelectuales y a las demás personas cuya colaboración y tolerancia hicieron posible la comisión de tales delitos”. Agregó que “la obligación internacional de los Estados de investigar y sancionar a los responsables de actos de violencia en contra de periodistas incluye que éstos deben determinar si los hechos estuvieron relacionados con el ejercicio de la actividad periodística”.  

Para mayor información sobre la Relatoría: http://www.cidh.org/relatoria