Libertad de Expresión

Ecuador

Legislación

 

120.     El 18 de septiembre de 2002, el Congreso de Ecuador aprobó una serie de reformas a la Ley de Radio y Televisión.  En esas reformas se reconoce el derecho de las radiodifusoras comunitarias a operar en las mismas condiciones que las radiodifusoras comerciales.[i]  Esta ley fue promulgada el 7 de noviembre de 2002.

Acciones judiciales

 

121.     En octubre de 2002, la Primera Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a Jorge Vivanco Mendieta, subdirector del diario Expreso, de Guayaquil, de los cargos criminales de difamación e injurias contra el honor en un caso planteado contra él por Fernando Rosero, Diputado del Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), en julio de 2001.  Esta acción judicial se basó en un informe en que el periodista había criticado a generales de las Fuerzas Armadas por no ejercer su derecho de defensa contra las acusaciones de Rosero referentes al escándalo que rodeaba a la compra de armas a Argentina en 1995, cuando Ecuador estaba en guerra con Perú.  Además de la acción penal, el Sr. Rosero presentó una acción civil por libelo e insultos, promoviendo la reparación de daños y perjuicios por un total de US$1.000.000.  La acción civil está pendiente de sentencia definitiva.[ii]  El Sr. Vivanco informó también que había recibido amenazas mientras esperaba el fallo en esos casos, y solicitó protección al Gobierno.[iii]



[i] CORAPE (Coordinadora de Radios Populares de Ecuador) y Asociación Mundial de Radios Comunitarias, AMARC, 4 de octubre de 2002.

[ii] Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), 15 de octubre de 2002, 29 de mayo de 2002, 5 de febrero de 2002.

[iii] Ibídem, 23 de abril de 2002.