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El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada. Principio # 9.
Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
Comunicado de prensa R106/10
Relatoría Especial condena asesinato de comunicador indígena en Colombia
COMUNICADO DE PRENSA R81/10
Los relatores para la libertad de expresión de la ONU y la OEA deploran el atentado frente a Radio Caracol, en Bogotá.
Comunicado de Prensa R65/10
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión destaca protección de voces críticas o disidentes en el sistema interamericano, como sostuvo la Corte Interamericana en el caso de Manuel Cepeda Vargas.
Comunicado de Prensa R34-10
La Relatoría Especial condena el asesinato del periodista Clodomiro Castilla Ospino, de la revista El Pulso del Tiempo y la emisora La Voz de Montería, el viernes 19 de marzo en Colombia.

