Discursos

EMBAJADOR RODOLFO HUGO GIL, REPRESENTANTE PERMANENTE DE ARGENTINA ANTE LA OEA
PALABRAS DEL EMBAJADOR RODOLFO HUGO GIL EN EL CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA

3 de mayo de 2006 - Washington, DC


Don Reinaldo Gargano, Señor Canciller de la República Oriental del Uruguay, permítame que en esta mañana washingtoniana en calidad de Representante del pueblo argentino y del Presidente Néstor Kirchner le de la más calida bienvenida a esta nuestra organización.

Yo creo que su visita es significativa para recordar que debe haber pocos países el mundo y en nuestras Americas que estén tan fundidos en sus tradiciones, en su cultura, en su lenguaje, en sus sabores y olores como lo están los pueblos de Artigas y San Martín.

Horacio Ferrer, el gran poeta oriental, que dedicó versos bellísimos a Buenos Aires, una vez dijo que Argentina y Uruguay eran una sola Patria con dos soberanías. Y creo que nada más cierto, eso fue así en los tiempos de ayer, lo es en los tiempos de hoy y también lo será en los de mañana.

Ese, el de la identidad fraternal, es el único marco, para dividir diferencias, cualesquiera ellas sean.

Seguramente, ni la codicia de la empresa Botnia, ni su inflexibilidad que no es más que la máscara del ocultamiento dolosa de información que debe ser pública, ni el anteponer su interés particular al General, serán capaces de dañar una historia de siglos. Tampoco lo será la actitud de mirar al costado de países desarrollados que son muy celosos en defender su medio ambiente pero que no tienen el más mínimo prurito en exportar devastación al de los países de menor desarrollo relativo.

Hay dos temas que tenemos que abordar a partir de los dichos del señor Canciller. El primero si mal no recuerdo de mis viejas épocas de abogado, que es el tema de los cortes de las rutas de acceso entre Uruguay y la Argentina, es ya una causa abstracta. Nosotros tenemos tres puntos de contacto, uno prácticamente nunca fue cortado, otro lo fue con muchas intermitencias y el ultimo , Gualeguaychu, fue levantado el dos de mayo de 2006. Es cierto que anteriormente este corte fue levantado y posteriormente vuelto a reimplantar, pero yo tengo que hacer recordar aquí a los presentes que hubo un acuerdo en Santiago de Chile entre los presidentes Tabaré Vázquez y Nestor Kirchner que consistía en un compromiso mutuo: obtener que los ambientalistas levantasen los cortes por el lado argentino y que las dos empresas, Botnia y ENCE, suspendiesen sus trabajos por noventa dias mientras que se realizaba un estudio ambiental, compromiso insisto, refrendado por ambos presidentes. Lamentablemente la Empresa Botnia se negó y allí se abortó la posibilidad de seguir un proceso más previsible, como le gusta decir al Sr. Canciller, entre nuestros países. Argentina hizo su máximo esfuerzo y cumplio.

El Sr. Canciller también se ha referido a los costos económicos que este tema ha tenido para el Uruguay. No descarto que eso haya sido así, Pero yo también voy a hablar de los costos económicos que ha tenido en Argentina la inconsulta decisión de levantar plantas que en su proceso productivo polucionan un recurso compartido. Gualeguaychú es una ciudad que tiene noventa mil habitantes y que hace muchos años viene invirtiendo mucho capital, mucho trabajo y mucho sacrificio en sus dos industrias básicas: una es el turismo y otra es la producción agropecuaria. Yo quisiera saber si son contrastables las cifras que nos ha expuesto el Sr. Canciller del Uruguay con la prácticamente desaparición de un pueblo. Porque no creo que vaya a haber mucho turismo haciendo propaganda para que los bañistas vengan a soportar el olor a huevo podrido que producen las plantas, o los que quieran asolearse en las playas que vean caer cenizas o los que quieran usar las límpidas aguas del R. Uruguay que se bañen en medio de los deshechos que producen las pasteras. Tampoco vamos a atraer compradores de nuestros productos agrícolas que están polucionados por los deshechos de estas pasteras.

Yo sinceramente reconozco en el gobierno de la República Oriental del Uruguay una gran habilidad. Ellos han conseguido una información que nosotros no hemos podido. Hemos solicitado de todas las maneras posibles que la Empresa Botnia entregue cuales son sus elementos de calidad en la producción. Como ellos pretenden parar la polución del medio ambiente. La contestación ha sido negativa hasta el día de hoy. Entonces creo que es realmente encomiable su habilidad para obtener lo que para nosotros ha sido imposible de conseguir. Sería bueno que lo compartiesen. Y esto no significa ninguna intromisión en la vida de otro país.

El Río Uruguay, mas allá de que se llame Uruguay es un recurso compartido entre Argentina y Uruguay. No es ni de Uruguay ni de Argentina, por lo tanto, cualquier emprendimiento que tenga algún tipo de impacto o relación con esto, debe ser tratado por ambos.

No estamos alentando ningún tipo de intervención sobre las potestades de otra nación sino que estamos defendiendo lo que es nuestro. Tanto es así la capacidad polucionante de esta industria que el mismo presidente Tabaré Vázquez y su partido, en su campaña , se manifestaron en contra de lo que era un “regalo” del Presidente Battlle, es decir el ex presidente de Uruguay.

Yo me voy a permitir leer una información técnica en este largo ir y venir con esta cuestión, porque si bien los cortes de ruta tienen cinco meses, los reclamos insatisfechos de la Argentina tienen más de dos años.

Los emprendimientos proyectados, que se encuentran a pocos kilómetros el uno del otro, prevén producir un total de 1 millón y medio de toneladas de celulosa por año, constituyéndose así en uno de los complejos más grandes del mundo en la materia, y que tendría un impacto ambiental acumulativo significativo frente a la localidad argentina de Gualeguaychú.

La referida controversia se suscitó cuando Uruguay UNILATERALMENTE Y SIN DAR CUMPLIMIENTO AL MECANISMO DE CONSULTA E INFORMACION PREVIAS A LAS QUE ESTA OBLIGADO por la reglamentación de un tratado bilateral vigente entre ambos países, que es el Estatuto del Río Uruguay que data del año 1975, autorizó la construcción de las dos plantas proyectadas y de una terminal portuaria destinada exclusivamente a uno de aquellos emprendimientos. Este mecanismo de consulta e información es nodal del derecho internacional general relativo a la protección del medio ambiente, como uno de los elementos necesarios para hacer efectivo el principio conforme el cual un Estado debe asegurar que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados.

Tanto el mecanismo, como el principio en cuyo marco se inscribe, se encuentran directa o indirectamente recogidos en múltiples instrumentos internacionales en cuya elaboración el Uruguay participó activamente, en particular, la Declaración sobre Medio Ambiente Humano de 1972 y la Declaración sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1992, y en instrumentos bilaterales como la Declaración Argentino-Uruguaya sobre el Recurso Agua de 1971.

EN CONTRADICCIÓN CON ESTE CLARO CONTEXTO NORMATIVO, Uruguay ignoró los reiterados requerimientos de información sobre estos emprendimientos que la Argentina le formuló, primero en el seno de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), que es el órgano binacional responsable de la puesta en práctica del Estatuto, y luego, frente a la parálisis de hecho en que se vio la Comisión, al nivel de los Gobiernos.

Tratando de explorar una solución negociada a la controversia así generada sobre la aplicación y la interpretación del Estatuto, la Argentina coadyuvó a la constitución de un Grupo Técnico de Alto Nivel (GTAN). LAMENTABLEMENTE, en el seno de dicha instancia de negociaciones directas, Uruguay CONTINUÓ IGNORANDO los reiterados pedidos argentinos para que suministrase información completa y detallada sobre las plantas proyectadas, y para que suspenda la construcción de las mismas hasta que pudiera determinarse -de manera objetiva y fidedigna- el impacto transfronterizo acumulado que podrían tener dichos emprendimientos sobre el ecosistema asociado al Río Uruguay. En especial, Uruguay RECHAZÓ BRINDAR PRECISIONES respecto de las razones que habían motivado la localización de ambas plantas proyectadas sobre un recurso compartido como el Río Uruguay, así como los fundamentos de la proximidad geográfica de las plantas situadas a escasos seis kilómetros entre sí.

En este contexto, luego de doce reuniones mantenidas entre el 3 de agosto de 2005 y el 30 de enero de 2006, el GTAN no pudo llegar a un acuerdo. La delegación argentina en el Grupo presentó un informe a la Cancillería en el cual concluyó que las propuestas para las plantas Orion y M'Bopicuá no permitirán alcanzar el objetivo de preservar el medio ambiente en el ecosistema del Río Uruguay al más alto nivel de exigencia en el mundo contemporáneo, lo que fuera acordado en la primera reunión del Grupo Técnico de Alto Nivel. [1]

Entre otros fundamentos, la delegación argentina consideró el carácter contaminante del proceso de producción utilizado por las plantas proyectadas, así como factores tales como la magnitud y concentración geográfica de los emprendimientos que se consideran; su proximidad con centros urbanos y zonas de producción agrícola ganadera; las características del cuerpo hídrico receptor, en un ecosistema acuático frágil que conserva un grado de calidad que es posible y necesario proteger; y los usos del agua para consumo, uso recreativo y pesca.

En tanto se mantenían negociaciones en el seno del Grupo Técnico de Alto Nivel, y ante la negativa del gobierno de Uruguay a detener los trabajos de construcción de las plantas proyectadas, Argentina expresó ante la Corporación Financiera Internacional (CFI), el Banco Bilbao Vizcaya y el ING Group -entidades que participarían en la eventual financiación de las plantas proyectadas- su preocupación porque se solventaran proyectos cuyo impacto ambiental no estaba cabalmente determinado.

A fines de diciembre de 2005, la Corporación Financiera Internacional (CFI) -la entidad internacional a cargo de la financiación de los proyectos- presentó un informe preliminar sobre el impacto acumulado de las plantas proyectadas. [2] En enero de 2006, la Argentina objetó este informe preliminar, fundamentando su carácter de imparcial e incompleto.

Entre las deficiencias más serias observadas, mi país indicó que el informe preliminar no se ajusta a las políticas operacionales de la Corporación, especialmente la política sobre evaluación ambiental. Asimismo, señaló su preocupación por que dicho informe no registró, en relación con la materia que se analiza, que existe una controversia entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, y que esta controversia es particularmente relevante, en lo que compete a la Corporación, en relación con sus políticas operacionales y los llamados “Principios de Ecuador” , que son vinculantes para las casas bancarias que liderarían el financiamiento de las obras proyectadas. [3]

La CFI constituyó un panel de expertos independientes para evaluar qué asuntos, de todos los que habían sido planteados por el Gobierno argentino, la Provincia de Entre Ríos, la sociedad civil y algunos especialistas, debían ser procesados en mayor profundidad y adecuadamente. El 11 de abril de 2006 la CFI difundió el informe de dicho panel. EL MISMO, AHORA SI, ACOGE LA PERTINENCIA DE LAS INQUIETUDES ARGENTINAS. [4]

EN ESPECIAL, EL DOCUMENTO MUESTRA QUE EXISTIERON DEFICIENCIAS DE INFORMACIÓN RESPECTO DE DIVERSOS ASPECTOS DE LAS PLANTAS PROYECTADAS, PRECISAMENTE LAS DEFICIENCIAS QUE EL GOBIERNO ARGENTINO SOLICITÓ SUBSANAR REITERADAMENTE, PRIMERO EN EL SENO DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY Y LUEGO EN EL MARCO DEL GRUPO TÉCNICO DE ALTO NIVEL ESTABLECIDO POR AMBOS PRESIDENTES.

Como el Gobierno argentino sostuvo reiteradamente, hasta no haberse estudiado dichas cuestiones, de manera objetiva y fehaciente, no puede afirmarse que los proyectos son sustentables o que las plantas no ocasionarán un perjuicio ambiental, ni pueden adoptarse decisiones favorables respecto del financiamiento de los proyectos.

Es ese estudio el que reclamó insistentemente Argentina a Uruguay, pidiendo una suspensión de los proyectos hasta que el mismo se complete, reclamos que, desafortunadamente, no fueron atendidos. Aún más significativo, el informe se aparta del concepto de que el impacto ambiental de las plantas proyectadas podría evaluarse sin tener en cuenta los efectos sobre las comunidades adyacentes al Río Uruguay. Específicamente, reconoce que deben evaluarse con mayor atención las consecuencias que tendrían las plantas proyectadas sobre factores como el turismo y la biodiversidad de la región.

Señor Presidente:

Fracasada la instancia de negociaciones directas en el seno del Grupo Técnico de Alto Nivel, y de conformidad con el procedimiento de solución de controversias previsto en el Artículo 60 del Estatuto del Río Uruguay, Argentina se encuentra habilitada para recurrir a la Corte Internacional de Justicia. Así se lo había hecho saber al Uruguay por nota diplomática del 14 de diciembre pasado. Quisiera recordar, en este sentido, que el Poder Ejecutivo obtuvo el apoyo de las dos Cámaras del Congreso de la Nación para hacer uso de dicho recurso, de ser necesario.

La Argentina siempre estuvo dispuesta a explorar vías de diálogo con el Uruguay sobre esta cuestión, las que desafortunadamente se vieron frustradas por la negativa uruguaya a acceder a las solicitudes argentinas de suministrar información completa y detallada sobre las plantas proyectadas y de suspender los emprendimientos hasta tanto se pudiera determinar, de manera objetiva y fidedigna, el impacto transfronterizo acumulado de los mismos sobre el ecosistema asociado al Río Uruguay.

Evidencia más reciente de estos esfuerzos fue el encuentro en Santiago de Chile entre los Presidentes de los dos países, el 11 de marzo pasado. Allí, ambos mandatarios promovieron iniciativas tendientes a facilitar un diálogo entre las partes. Entre dichas iniciativas, cabe destacar la solicitud a las empresas responsables de los proyectos, avalada por el Sr. Presidente de Uruguay, para que suspendieran los trabajos por 90 días, a fin de permitir el postergado estudio del impacto acumulado transfronterizo de las plantas proyectadas. Nuevamente, este ejercicio se vio lamentablemente frustrado por el silencio del Uruguay frente a la negativa de una de las empresas, Botnia, a suspender las obras por el término solicitado.

El fracaso de estos múltiples esfuerzos de diálogo, en el contexto de una construcción continuada de las plantas proyectadas, requieren que la Argentina haga valer sus derechos ante la Corte Internacional de Justicia, en tanto instancia internacional competente. Así lo ha hecho saber nuestro país a las entidades que participarían en la financiación de las plantas proyectadas, invitándolas a suspender toda decisión relativa a las mismas en tanto se sustancie el recurso ante la Corte. El Grupo ING que lideraba el consorcio de bancos que financiaría el proyecto de Botnia, tuvo una reacción favorable a esta invitación, al hacer saber que ha dejado de participar en ese emprendimiento.
Uruguay, por su parte, se ha negado a solucionar el conflicto de manera bilateral y pretende recurrir al MERCOSUR y a la OEA, planteando el corte de rutas en la frontera para ocultar el problema ambiental.

La Argentina sostiene que el problema es de naturaleza bilateral y netamente ambiental, cuya base jurídica es el incumplimiento por parte de Uruguay del estatuto del Río Uruguay. En consecuencia, no hace al esquema de integración con nuestros socios del MERCOSUR, ya que el Tratado de Asunción es una norma jurídica general que versa sobre los más diversos aspectos que hacen a nuestra integración regional.

En efecto, dado que la controversia tiene como base jurídica el incumplimiento por parte de Uruguay del Estatuto del Río Uruguay, corresponde aplicar el procedimiento específico de solución de controversias previsto en dicho tratado. Este criterio es consistente con la naturaleza estrictamente bilateral de la controversia -que fue señalada por el Secretario General de la OEA ante la gestión uruguaya- así como con el carácter ambiental -no comercial- de la misma, que excluye cualquier recurso a una instancia en el marco del MERCOSUR. Muchas gracias