Discursos

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO, SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
SESIÓN ESPECIAL DEL GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE ELABORAR EL PROYECTO DE DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

24 de febrero de 2003 - Washington, DC


Bienvenidos a esta Casa de las Américas. Aquí brilla un espíritu de solidaridad, de democracia y de respeto a los derechos de todos los ciudadanos de nuestro Hemisferio.

Gracias a la Primera Dama de Perú por tomar, tanto en su país como en este Grupo de Trabajo, la responsabilidad de impulsar la declaración. Nuestro reconocimiento al embajador Eduardo Ferrero Costa del Perú, quien actúa con eficacia como presidente de este grupo de trabajo. Al cumplimiento de sus tareas contribuye un destacado grupo de colaboradores de la Secretaría, de la CIDH, de la Secretaría del Consejo Permanente y de la Secretaría de Cumbres, del personal de la misión del Perú y desde luego de todas las demás misiones. Gracias también al señor Osvaldo Kreimer, asesor especial ad honorem de la Secretaría General y relator de este Grupo de Trabajo. A Brasil, Canadá, Estados Unidos, Nicaragua y Finlandia, gracias por su apoyo financiero al fondo creado por el Consejo Permanente para financiar la presencia de los dirigentes indígenas y otros gastos que demanda este proceso de negociación.

Distinguidos participantes:

Estamos reunidos hoy con representantes de los gobiernos y de los pueblos indígenas para una sesión especial del Grupo de Trabajo encargado de considerar la propuesta de declaración americana sobre los derechos de las poblaciones indígenas. Este esfuerzo continental ha logrado perfilar un marco jurídico de principios generales y garantías individuales y sociales para los pueblos indígenas, en armonía con los estándares universales de derechos humanos. El grupo de trabajo ha facilitado y promovido las consultas con los estados y ha abierto espacios de participación para representantes indígenas de todas las américas.

En Marzo del 97 la CIDH sometió un proyecto de Declaración a la consideración de la Asamblea, que a su vez solicitó al Consejo Permanente realizara la vasta tarea de consultas y negociación en la cual estamos imbuidos. En marzo del 99 se estableció para tal efecto este grupo de trabajo. Para la sesión especial de Abril de 2001 contamos con la presencia de 78 representantes de pueblos y organizaciones indígenas, además de representantes de organismos internacionales y de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos.

A partir de esa sesión especial de abril de 2001, la participación de los representantes indígenas se consolidó como un imperativo para asegurar la relevancia y legitimidad del texto que se adopte. En la sesión especial de marzo de 2002, la discusión se centró sobre los artículos del proyecto relativos a "desarrollo cultural", "derechos organizativos y políticos" y se inició el examen de la sección titulada "derechos sociales, económicos y de propiedad".

Además de esas cuatro sesiones especiales ampliamente concurridas, en noviembre de 2002 se realizó una sesión adicional técnica con participación indígena sobre el tema “tierras, territorios y recursos naturales”. Entiendo que en esta sesión especial, a la cual concurrimos hoy, se va a completar el primer análisis de todo el articulado y del preámbulo de la propuesta. Entiendo también que existen las condiciones y el ambiente cooperativo para completar esa primera etapa y entrar ya en la fase de negociación propiamente dicha, lo que nos conduciría a una versión final que podría ser presentada para aprobación en la Asamblea del año entrante.

A esta altura de mi intervención quisiera señalar que las Cumbres Presidenciales le han dado un gran énfasis y respaldo a la declaración, indicación irrefutable de su importancia para nuestra agenda hemisférica. En Miami, los Jefes de Estado y Gobierno por primera vez le dieron su apoyo a la declaración y ordenaron que los pueblos indígenas no sufran discriminación y que gocen de la plena protección del Estado. En Santiago de Chile manifestaron su preocupación por la calidad de vida de los pueblos indígenas, y acordaron prestar mejores servicios en materia de educación básica y media con orientación vocacional, así como promover con las organizaciones de la sociedad civil el fomento a proyectos productivos que beneficien a los pueblos indígenas. En la cumbre de Québec del 2001 apoyaron los esfuerzos encaminados a la pronta y exitosa conclusión de las negociaciones del proyecto de la declaración americana, y dejaron claro el compromiso de fortalecer la participación de las comunidades y organizaciones indígenas.

Igualmente en la Carta Democrática Interamericana aprobada en septiembre de 2001 en Lima, los estados reconocen que para el efectivo ejercicio de la democracia es necesario eliminar todas las formas de discriminación e intolerancia, promover y proteger los derechos humanos de los pueblos indígenas y los inmigrantes, y respetar su raza, su diversidad cultural y religiosa.

Nuestro sistema interamericano de derechos humanos, por intermedio de la Comisión y la Corte, siguen a la vanguardia de la promoción de los derechos de los pueblos indígenas y han desarrollado una significativa jurisprudencia. La CIDH tiene desde 1990 una relatoría sobre los derechos de los pueblos indígenas. Se ha logrado avanzar significativamente y profundizar el procesamiento de las peticiones y casos que se tramitan ante la CIDH en favor de pueblos indígenas y sus miembros. Se ha profundizado también en el conocimiento que los pueblos indígenas, sus líderes y defensores tienen respecto de las posibilidades de acceder al sistema interamericano de derechos humanos. Se agradece la cooperación para este efecto del gobierno danés.

El creciente interés y facilidad de acceso ha significado el aumento de denuncias sobre derechos de pueblos indígenas, relacionadas con temas como propiedad ancestral, derechos políticos indígenas, autogobierno, propiedad intelectual, etc. Actualmente más de sesenta peticiones y/o casos se están tramitando ante la CIDH. Igualmente, se ha incrementado el conocimiento en la sociedad civil de la capacidad y profundización de la jurisprudencia del sistema interamericano de derechos humanos sobre derechos de los pueblos indígenas.


En el ámbito internacional, se destaca la formulación de instrumentos internacionales para mejorar la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas, como el convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, la propuesta de declaración en las Naciones Unidas, y la participación activa de gobiernos y pueblos indígenas en estos procesos.

El convenio 169 de la OIT ha avanzado en muchos puntos extendiendo el alcance de los temas que normalmente ella decide, relacionados con el trabajo, sus condiciones y las relaciones laborales. Pero este no cubre tan ampliamente, como el proyecto de declaración americana, temas de autogobierno, el derecho indígena, la educación, la naturaleza y el alcance de la propiedad de tierras y recursos naturales, entre otros.

Quisiéramos también señalar que la jurisdicción de los órganos del sistema interamericano de derechos humanos para aplicar el convenio 169 es limitada, y la declaración puede ampliar el marco de aplicación del derecho internacional positivo interamericano. De llegarse a un acuerdo, la declaración podría repercutir también en la negociación que se está dando a nivel universal.

Ya en el año 2001 se superaron muchos puntos polémicos dentro del texto de la declaración, como la aceptación por parte de los miembros del grupo de trabajo de usar el término “pueblos”, o el de hablar de la autonomía y autogobierno interno. Aunque no se ha concretado en acuerdos específicos sobre un texto, se ha modificado también la actitud de numerosas delegaciones de países respecto a aceptar el concepto de libre determinación interna. Temas esenciales como derechos humanos individuales y colectivos, derecho a la cultura, derechos organizativos y políticos, libre determinación, derecho consuetudinario, han sido examinados en el marco de la discusión del proyecto de la declaración.

Existen conceptos que todavía siguen sin acuerdos importantes, como por ejemplo respecto a la discusión de la propiedad por parte del estado de los recursos naturales del subsuelo en América latina cuando se dan en tierras ancestrales indígenas, cuestión que seguramente ustedes analizarán en esta sesión. Pero inclusive con respecto a este punto se han avanzado posiciones en cuanto a la necesidad de consulta seria e informada, de reparación por daños y de participación indígena en los beneficios.

Estamos en una etapa de prenegociación en la que se están revisando la aceptabilidad y el alcance de términos según las legislaciones nacionales, y se están buscando fórmulas aceptables para todos. Además, es importante enfatizar que en la medida en que se avanza en la discusión se nota que los aspectos de tratamiento legal y de política comunes son bastante significativos.

Distinguidos participantes:

En los últimos quince años hemos sido testigos de nuevas actitudes que han permitido buscar una redefinición en la relación entre pueblos indígenas, estado y la sociedad civil. Nuestras sociedades comienzan a enfocarse en ideas que promueven la tolerancia y el respeto de todos por la diversidad. Los gobiernos han comenzado a modificar su política indígena reconociendo derechos indígenas, promoviendo su desarrollo socioeconómico y tratando de encontrar soluciones democráticas y pacíficas a conflictos por medio de acuerdos con los indígenas y sus representantes.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia sobre el caso Awas Tingni, se pronunció al respecto de esta manera: "para las comunidades indígenas la relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo a las generaciones futuras”.

En ese sentido varios países han logrado importantes avances al consagrar en sus constituciones el carácter multinacional y pluricultural de sus sociedades. Así, por ejemplo, Argentina en su Constitución reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, y garantiza el respeto a su identidad y derechos; la constitución política de Bolivia reconoce, respeta y protege los derechos sociales, económicos y culturales de los pueblos indígenas, especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen, y garantiza el uso y aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales; la Constitución de Brasil les dedica un capítulo completo; y Colombia reconoce en su Carta Magna los territorios indígenas y su derecho a estar gobernados por consejos conformados según los usos y las costumbres de las comunidades indígenas, y tiene además un sistema que ha permitido la representación de las comunidades indígenas en el Congreso Nacional.

Ecuador reconoce en su Constitución los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Nicaragua con su estatuto de las regiones de la costa atlántica reconoce el derecho de las comunidades de esa región a definir y decidir su propia identidad étnica. Panamá, desde comienzos del siglo pasado, ha dado importantes muestras de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas. Paraguay, en su constitución política, reconoce a los pueblos indígenas como grupos de cultura anteriores a la formación y organización del estado paraguayo. Perú, establece en su Constitución que las comunidades campesinas y nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas, autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso de la libre disposición de sus tierras. Venezuela, en su constitución, reconoce la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos, costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestralmente y tradicionalmente ocupan.

Creo que es posible empezar a contemplar un tema indispensable de este proceso, es decir como entrar a una etapa de negociación propiamente dicha, y como se articularía la misma. Como Secretario General es mi aspiración que la OEA asuma la oportunidad y responsabilidad que tenemos para consolidar y avanzar en los logros conseguidos en el ámbito nacional y internacional. Ello debe, cuanto antes posible, traducirse en la construcción de un marco regional que proteja los derechos de los pueblos indígenas en armonía con los estándares universales de derechos humanos, al afirmar los principios de la universalidad y la indivisibilidad de éstos. Se apunta también a una declaración que sea sentida, defendida y reclamada por las organizaciones indígenas, basada en las aspiraciones y principios que a todos nos unen.

Les reitero la bienvenida a este foro y les auguro el mejor de los éxitos en el cumplimiento de los objetivos que convocan a esta reunión.

Muchas gracias.