Contexto


Relatoría para la Libertad de Expresión Recomienda a la República de Cuba que Elimine Restricciones al Acceso al Internet

  19 de junio de 2006

Washington, D.C., 19 de junio de 2006. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA ha tomado conocimiento del crítico estado de salud en que se encuentra el director de la agencia de noticias Cubanacán Press, señor Guillermo Fariñas, quien mantiene una huelga de hambre desde el 31 de enero de 2006 en protesta por la falta de libre acceso al Internet en Cuba.

El acceso al Internet, como ha destacado la Relatoría Especial, tiene la capacidad de fortalecer los sistemas democráticos, contribuir al desarrollo económico de los países de la región y fortalecer el pleno ejercicio de la libertad de expresión.

Al respecto, la Relatoría Especial observa con preocupación que el marco legal en Cuba restringe severamente el acceso de la población al Internet. La base de dicho marco legal es el Decreto No. 206/96 “Sobre el acceso de la República de Cuba a Redes de Alcance Global”, el cual establece una serie de restricciones a la capacidad de recibir y difundir información por Internet, que resultan incompatibles con el derecho a la libertad de expresión.

Cabe recordar que el Principio 2 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que “todas las personas deben contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

En ese mismo sentido, en diciembre de 2005, el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión, el Representante de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa para la Libertad de los Medios de Comunicación y el Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión, señalaron en una Declaración Conjunta que “el derecho a la libertad de expresión impone a todos los Estados la obligación de asignar los recursos adecuados para promover al acceso universal al Internet” y que “las restricciones basadas en el contenido de Internet, ya sea que se apliquen a la difusión o a la recepción de información, sólo deben imponerse en estricta conformidad con la garantía de la libertad de expresión”.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recomienda al Gobierno de la República de Cuba que derogue de su legislación las restricciones al acceso al Internet.

Referencia: PREN-142