Comunicado de Prensa


EL SECRETARIO GENERAL DE LA OEA RECIBE A AUTORIDADES REGIONALES Y LOCALES DE VENEZUELA

  21 de julio de 2009

El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, recibió hoy a los gobernadores de los Estados venezolanos de Zulia, Pablo Pérez, y de Táchira, César Pérez Vivas, así como al alcalde metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, quienes habían solicitado una audiencia a fin de entregar antecedentes de la situación político-administrativa que enfrentan en sus respectivas jurisdicciones.

Durante el encuentro, el titular del máximo organismo hemisférico escuchó con atención los planteamientos formulados por las autoridades regionales y locales.

Luego de ello, el Secretario General expresó que recibía a los representantes de la oposición venezolana siguiendo el criterio que todos los sectores de la sociedad democrática tienen el derecho a ser atendidos en sus planteos, máxime cuando estos representan además autoridades elegidas de manera legítima por la voluntad popular.

Insulza destacó el papel relevante que toda oposición cumple en el marco de la pluralidad política establecida en la propia Carta Democrática Interamericana. Por otra parte, y tras enfatizar que la Carta de la OEA define claramente el principio de la no intervención en los asuntos internos de los Estados, el Secretario General hizo un llamado al diálogo, a la necesidad de construir consensos para fortalecer los procesos democráticos, a la importancia de establecer mecanismos que promuevan el entendimiento mutuo, así como al respeto del Estado de Derecho.

El titular de la OEA señaló que realizará todas las acciones que le sean permitidas en el marco de sus atribuciones, para el cumplimiento de estos principios fundamentales de la convivencia democrática.

En lo atinente a eventuales denuncias sobre supuestas violaciones a la libertad de expresión y de los derechos humanos, Insulza recalcó que los órganos disponibles para oir y atender dichos planteamientos son la Relatoría para la Libertad de Expresión y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Referencia: C-238/09