Comunicado de Prensa


Mecanismo Anticorrupción de la OEA publica informe sobre Ecuador

  28 de marzo de 2014

El Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) aprobó el informe de Ecuador sobre la implementación de este tratado en el marco de la Cuarta Ronda de Análisis, durante su Vigésima Tercera Reunión, celebrada en la sede central de la institución hemisférica.

El informe dedica uno de sus capítulos más importantes al análisis de los órganos de control superior de Ecuador con responsabilidades en la prevención, detección, sanción y erradicación de los actos de corrupción. En este sentido, el informe estudia la tarea del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), la Fiscalía General del Estado (FGE), la Contraloría General del Estado (CGE) y los órganos jurisdiccionales y el Consejo de la Judicatura.

El análisis se llevó a cabo tomando en cuenta la respuesta de Ecuador a un cuestionario, la información recabada por la Secretaría Técnica del MESICIC, y, como una nueva e importante fuente de información, la visita in situ realizada entre el 1 y 3 de octubre de 2013, por los representantes de Chile y Venezuela, y por la Secretaría Técnica. Durante esta visita, el equipo de análisis, además de reunirse con los representantes de los anteriores órganos de control, lo hizo también con representantes de organizaciones de la sociedad civil, del sector privado, asociaciones profesionales, académicos e investigadores sobre temas útiles para el análisis.

Entre las recomendaciones formuladas para ser consideradas por Ecuador en relación con los órganos analizados, el informe recomienda en relación al CPCCS fortalecer la coordinación interinstitucional; adoptar una reglamentación interna para el trámite de denuncias, quejas y reclamos relacionadas con el cumplimiento de sus objetivos y con el desempeño del personal a su servicio; crear una Unidad de Auditoría Interna; y fortalecer a la institución dotándole de los recursos humanos y presupuestarios necesarios para asegurar el cabal cumplimiento de sus labores en la prevención, detección e investigación de actos de corrupción.

Plantea, además, que corresponde a la FGE actualizar su manual de clasificación de cargos; fortalecer a la institución dotándole de los recursos humanos y presupuestarios que se requieran para el cabal cumplimiento de sus funciones; fortalecer los sistemas modernos de información y seguimiento de la FGE, a los fines de asegurar el procesamiento oportuno de causas, especialmente aquellas relacionadas con actos de corrupción; y eliminar obstáculos para que pueda proceder de manera oportuna con la instrucción fiscal de los delitos de peculado (malversación de caudales públicos) y enriquecimiento ilícito.

Respecto a la CGE, el informe propone concluir la implementación del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Contraloría General; fortalecer la institución dotándola con los recursos humanos y presupuestarios necesarios para ejercer a cabalidad su función de control de las declaraciones patrimoniales de los funcionarios de la administración pública; y desarrollar mecanismos que permitan resarcir los daños causados al Estado de manera más eficiente y expedita.

Entre las buenas prácticas sobre las que Ecuador suministró información, el informe destaca que se encuentran la implementación por parte de la FGE del Sistema Integrado de Actuaciones Fiscales (SIAF), que entre otras cosas busca descongestionar las causas relacionadas con informes de indicios de responsabilidad penal remitidos por la CGE; y la creación de la Unidad de Transparencia de Gestión de la Función Judicial.

El informe señala algunas recomendaciones que quedan vigentes o que fueron reformuladas, de las que fueron presentadas a Ecuador durante la Primera Ronda, como el fortalecimiento del órgano de control de la implementación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información; continuar con la aplicación de medidas para el establecimiento de restricciones para quienes dejan de desempeñar un cargo público; y la derogación de las denominadas “leyes de desacato”.

Durante esta Vigésima Tercera Reunión del MESICIC, informes similares fueron adoptados en relación con Canadá, Guyana, Nicaragua y la República Dominicana, disponibles aquí.

Para más información, visite la Web de la OEA en www.oas.org.

Referencia: C-118/14