Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D. C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de declarar el cumplimiento total y el cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa No. 92/17, relativo al Caso 12.627, María Nicolasa García Reynoso.
El asunto se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado mexicano por presuntos ataques, actos de intimidación y amenazas en contra de María Nicolasa García Reynoso, como represalia por su trabajo como defensora de derechos humanos en México y por la posterior falta de investigación efectiva de los mismos.
El 10 de octubre de 2012, las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa (ASA) que fue homologado por la CIDH el 7 de julio de 2017. Durante el proceso de verificación de la implementación del ASA, la Comisión corroboró la entrega del cheque correspondiente a la suma pactada por concepto de compensación económica y el cumplimiento de la cláusula relacionada con la realización de una evaluación de riesgo, a partir de la cual se incorporó a la beneficiaria en el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y se tramitó la adopción de medidas de protección para ella en el marco de dicho mecanismo. Periódicamente, se continuó con la realización de evaluaciones de riesgo a partir de las cuales se otorgaron medidas de seguridad, entre las cuales se incluyó: a) un botón de pánico; b) la instalación y operación de un sistema de alarma con módulo de alerta para el celular de la peticionaria; c) la solicitud de restablecimiento del servicio de escolta; d) el arrendamiento de un circuito cerrado de televisión (CCTV) digital IP con instalación de 5 cámaras; y e) la realización de llamadas periódicas de verificación.
Dentro de los impactos más relevantes de este acuerdo, es de destacar que el Estado informó a María Nicolasa García Reynoso sobre los avances en la investigación de los hechos denunciados, así como la situación actual de las distintas indagatorias. La Comisión exalta que ambas partes han reconocido la existencia de varias sentencias condenatorias en casos de alto impacto como resultados importantes de este proceso de solución amistosa.
La Comisión Interamericana siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en el presente asunto y valoró los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y posterior etapa de seguimiento del acuerdo de solución amistosa. En virtud de la información proporcionada por las partes durante el proceso de supervisión de la implementación del ASA, la CIDH declaró el cumplimiento total de este acuerdo y decidió cerrar la supervisión del cumplimiento de este.
La Comisión valora los esfuerzos realizados por el Estado mexicano para buscar la resolución de los asuntos ante el sistema de peticiones y casos individuales, a través del mecanismo de solución amistosa, y exalta la labor desplegada para lograr la total implementación de este acuerdo de solución amistosa. La CIDH también saluda los esfuerzos desplegados por la parte peticionaria para participar en la búsqueda de avances en el procedimiento de solución amistosa.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 137/22
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