CIDH y Relator Especial de ONU condenan uso excesivo de la fuerza y expulsiones contra personas migrantes de Haití, en la frontera sur de Estados Unidos

4 de octubre de 2021

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Washington, D.C. — La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de las Personas Migrantes condenan el uso excesivo de la fuerza contra personas migrantes de Haití en Del Río, Texas, así como las remociones y expulsiones realizadas desde la frontera sur de los Estados Unidos, a México y directamente a Haití. Al respecto, urgen a los Estados Unidos a investigar dicha situación con debida diligencia, sancionar a todas las personas identificadas como responsables, y garantizar la no repetición de este tipo de hechos.

De acuerdo con la información disponible, desde el 17 de septiembre se habría formado un campamento de personas migrantes cerca de la ciudad fronteriza de Del Río, Texas, que en los siguientes días habría reunido a más de 14 mil personas, de las cuales la gran mayoría serían de origen haitiano. Con base en dicha información, incluyendo videos publicados en diferentes medios, preocupa a ambos organismos el despliegue de la fuerza por parte de agentes fronterizos a caballo contra personas que se encontraban en dicho campamento, el 19 de septiembre. En particular, se observan golpes con riendas de caballo y otras agresiones, sin que las personas —inclusive mujeres, niñas, niños y adolescentes— tuvieran la posibilidad de defenderse. Asimismo, preocupa la implementación de medidas de devolución masiva en vuelos a Haití.

En el mismo orden, el 25 de septiembre el campamento informal en Del Río habría sido desmantelado, y, en consecuencia, miles de personas migrantes habrían sido removidas o deportadas, o, en su caso, transportadas a otras zonas, como El Paso, Laredo y en el Valle del Río Grande, a lo largo de la frontera de Texas. Al respecto, organizaciones de la sociedad civil reportan la ausencia de criterios y de información estadística detallada sobre dichos procedimientos.

En este contexto, el Presidente de los EEUU condenó los actos violentos cometidos por agentes migratorios a caballo, y posteriormente, la portavoz de la Casa Blanca confirmó que la utilización de personal a caballo para acciones migratorias en la frontera en Del Río se habría suspendido y se encontraría bajo investigación.

Al respecto, los Principios interamericanos sobre los derechos humanos de todas las personas migrantes, refugiadas, apátridas y víctimas de la trata de personas establecen que la seguridad en los puestos migratorios debe estar siempre orientada a la protección de las personas migrantes y sus derechos. En este contexto, la fuerza coercitiva únicamente deberá ser utilizada cuando todos los demás medios de control se hayan agotado, de manera estrictamente proporcional y necesaria. Por tanto, la CIDH y el Relator Especial de Naciones Unidas enfatizan que los dispositivos de seguridad en la frontera no deben obstaculizar el acceso a los procedimientos para la evaluación individualizada de las necesidades de protección. De igual manera, resaltan que las medidas y respuestas implementadas deben incorporar perspectiva de género y tratamientos diferenciados, en atención a la edad, raza y otras condiciones.

Aunado a lo anterior, se reitera las recomendaciones de las Observaciones Preliminares de su visita a la Frontera Sur de los EEUU, realizadas en 2019, atendiendo que el Estado debe garantizar el derecho a buscar y recibir asilo, adoptando las medidas necesarias para facilitar el acceso a los procedimientos disponibles para tal efecto; eliminar las barreras y las dilaciones injustificadas en el curso de los procedimientos. De igual manera, debe adecuar la legislación nacional a los estándares internacionales según los cuales migrar no es un delito, en el entendido de que muchas de las personas que integran los movimientos migratorios tienen necesidades de protección internacional y muchas otras se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y requieren de protección especial.

Adicionalmente, en línea con el Informe sobre Debido proceso en los procedimientos para la determinación de la condición de persona refugiada y apátrida, y el otorgamiento de protección complementaria, se destaca la importancia de que los Estados a adapten y fortalezcan las estructuras e instituciones migratorias y de protección, dotándolas de capacidades para procesar y decidir de manera adecuada y con respeto al debido proceso, la situación de las personas que integran los actuales movimientos migratorios mixtos en la región.

Al respecto, la Comisión Interamericana y el Relator Especial de la ONU urgen a Estados Unidos a asegurar las condiciones mínimas adecuadas de seguridad humana y de respeto al debido proceso necesarias para el procesamiento y reconocimiento de necesidades de protección de todas las personas en situación de movilidad. Asimismo, recuerdan el deber de investigar y sancionar a los responsables de actos violentos y de prácticas de uso excesivo de la fuerza contra las personas en contexto de movilidad humana.

Finalmente, ambos organismos destacan que la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Migrantes de la CIDH y el Relator Especial de Naciones Unidas seguirán monitoreando de cerca la situación de las personas en contexto de la movilidad humana en la región.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 260/21

9:00 AM