Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D.C. - En el día internacional de los pueblos indígenas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) urgen a los Estados a redoblar sus esfuerzos en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo la protección de sus territorios, recordando el rol esencial de los pueblos indígenas en la protección de la naturaleza, la biodiversidad y los bosques. Asimismo, CIDH y REDESCA urgen a los Estados a brindar una atención diferenciada a los pueblos indígenas en el contexto de la pandemia y asegurar su acceso efectivo a las vacunas.
La CIDH recuerda que los pueblos indígenas en la región han sido víctimas, a lo largo de su historia, de discriminación, racismo, despojo, exterminio, genocidio físico y cultural, entre otras violaciones a sus derechos humanos. A pesar de los desafíos a los que se han enfrentado, la CIDH y REDESCA notan que los pueblos indígenas son fuente de esperanza para la humanidad, al ser los mejores protectores de la naturaleza y de los bosques, gracias a sus conocimientos milenarios y su especial relación con sus territorios ancestrales, incluyendo aquellos ubicados en los territorios de la Panamazonía.
La Comisión analizó la situación de derechos de los pueblos en la Panamazonía en su informe "Situación de los Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales en la Panamazonía", en el que llamó a los Estados a apoyar proyectos e iniciativas emanadas de los pueblos indígenas y tribales sobre conservación ambiental de dichos territorios, tomando en cuenta y relevando el conocimiento ancestral que los pueblos indígenas y tribales poseen.
En similar sentido, la CIDH nota que organizaciones como la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) han reconocido que los pueblos indígenas y tribales y los bosques situados en sus territorios ancestrales juegan un papel vital para la acción climática global y regional y para el combate a la pobreza, hambre y desnutrición en el continente.
Sin embargo, la CIDH y la REDESCA destacan que los impactos originados por el cambio climático son una realidad en las Américas y afectan, de manera desproporcionada, a los pueblos indígenas, al impactar tanto los ciclos vitales de los ecosistemas como los factores que permiten disfrutar de una vida digna. Además, resaltan que la crisis climática promueve el desplazamiento forzado de comunidades, la pérdida de tierras y territorios ancestrales y el grave riesgo para la supervivencia misma de los pueblos indígenas; en especial, aquellos en aislamiento voluntario y contacto inicial.
En particular, la CIDH y la REDESCA notan que, a pesar de que los pueblos indígenas no contribuyen significativamente a las emisiones de gases de efecto invernadero -principal causa de la crisis climática- ellos se encuentran en una mayor situación de vulnerabilidad, dado que sus territorios se ubican en zonas de alta incidencia en proyectos de extracción o de infraestructura.
Por lo anterior, CIDH y REDESCA llaman a los Estados a considerar y atender las implicancias de los impactos medioambientales en la supervivencia física y cultural de los pueblos indígenas; su capacidad para vivir en armonía con la naturaleza; el pleno goce de sus derechos sobre sus tierras, territorios y recursos naturales y su derecho a vivir en un ambiente sano, seguro y sustentable. Estos desafíos deben ser atendidos por los Estados, entre otras medidas, mediante la regulación y supervisión de las actividades empresariales que afectan los territorios de los pueblos indígenas, a la luz de los estándares interamericanos en materia de derechos de los pueblos indígenas. En particular, deben tener en consideración los estándares relativos a la consulta y consentimiento libre previo, e informado, así como aquellos relativos a empresas, derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas.
Asimismo, la Comisión recuerda que la relación única que existe entre los pueblos indígenas y sus territorios, así como su derecho a la libre determinación, han sido ampliamente reconocidas en el derecho internacional de los derechos humanos. En consecuencia, urge a los Estados a cumplir con las obligaciones específicas para reconocer, respetar, proteger y garantizar el derecho de los pueblos indígenas a sus territorios ancestrales en el ejercicio de su derecho a la libre determinación.
Por otro lado, la Comisión y la REDESCA destacan que la protección de los territorios de los pueblos indígenas tiene estrecha relación con los principios fundamentales de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas de "no dejar a nadie atrás y garantizar los derechos humanos para todos", que inspira, además, las prioridades de la sociedad interamericana, como se refleja en el marco de la celebración de la actual Semana Interamericana de Pueblos Indígenas de la OEA. En particular, el objetivo 15 de la Agenda llama a los Estados a tomar medidas urgentes para reducir la pérdida de hábitats naturales y biodiversidad que forman parte del patrimonio común.
En relación con la pandemia, la CIDH reitera la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas frente a la COVID-19 y llama a los Estados a tomar medidas específicas y acordes con su cultura y respeto a sus territorios, de acuerdo a su Resolución 1-2020. Asimismo, de cara a garantizar el acceso universal a las vacunas a todas las personas bajo su jurisdicción sin ningún tipo de discriminación y en condiciones de igualdad, la CIDH reitera que los Estados deben asegurar que no existan limitaciones que puedan afectar de manera particular a las poblaciones que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad o discriminación histórica, como son, entre otras, las personas pertenecientes a los pueblos indígenas. En este sentido, los Estados deben, respecto a los pueblos indígenas, realizar campañas de información y de distribución de vacunas en sus territorios, en coordinación y con la participación de los pueblos indígenas a través de sus entidades representativas, liderazgos y autoridades tradicionales, a fin de asegurar la efectividad y adecuación cultural de las medidas, como el respeto a sus territorios y libre determinación.
Finalmente, la Comisión reitera que los Estados deben adoptar medidas para prevenir, investigar y sancionar actos de agresiones, hostigamientos y violencia contra integrantes y líderes y lideresas de los pueblos indígenas que se dedican a la defensa de los territorios y otros derechos de sus pueblos.
La REDESCA es una Oficina de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 207/21
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