Las máximas autoridades de la región en materia de
telecomunicaciones se reunirán en Costa Rica del 20 al 23 de febrero,
a fin de examinar los desafíos y las oportunidades que se presentan
para el futuro. La Comisión Interamericana de Telecomunicaciones
(CITEL) organiza dichas reuniones cada cuatro años.
Durante el primer día del evento, las sesiones
extraordinarias reunirán a autoridades gubernamentales encargadas de
tomar decisiones y a participantes importantes del sector privado para
hablar sobre “Una agenda para el futuro”. Se realizarán debates que
presentarán las perspectivas de líderes en materia tecnológica y de
proveedores de servicios e infraestructura de la región.
“Este tipo de interrelación entre los sectores
público y privado es crucial para el desarrollo de la industria de las
telecomunicaciones en la región”, dijo el señor Claudio Bermúdez,
Vicepresidente de COM/CITEL. “Esperamos que este foro ayude tanto a
funcionarios gubernamentales como a ejecutivos de compañías a tener un
mejor conocimiento de los intereses y de las prioridades de cada uno”,
agregó.
La Cuarta Asamblea Ordinaria de CITEL que comienza
en las últimas horas de la tarde del 20 de febrero, elegirá a nuevas
autoridades para la comisión regional y estudiará reformas
estructurales, programas y propuestas para ayudar a los países a
enfrentar nuevos desafíos. La Asamblea adoptará una declaración
política que definirá los objetivos y mandatos de la región en materia
de telecomunicaciones, así como el Plan Estratégico de CITEL para
2006-2010.
Como parte de la Organización de los Estados
Americanos, CITEL congrega a los países de América del Norte, América
Central, América del Sur y el Caribe, a fin de fomentar la
conectividad y promover el desarrollo dinámico, eficiente y armonioso
de las telecomunicaciones.
1. Proyecto de temario
La
XIV Reunión del COM/CITEL por Resolución COM/CITEL RES. 187 (XIV-04)
aprobó el Proyecto de Temario de la Cuarta Reunión Ordinaria de la
Asamblea de la CITEL que se puede descargar
aquí.
La Asamblea General de la OEA consideró el tema y
adoptó la Resolución AG/RES. 2100 (XXXV-O/05) en la que se toma nota
de los preparativos para la organización de la Cuarta Asamblea de la
CITEL y se solicita “al Secretario General que haga valer sus buenos
oficios ante los Gobiernos de los Estados Miembros para asegurar la
participación de las más altas autoridades gubernamentales de
telecomunicaciones”.
2. Proyecto de
calendario
La XV reunión del COM/CITEL continuó con los
preparativos para la Asamblea y por Resolución COM/CITEL RES. 189 (XV-05)
decidió celebrar Sesiones Especiales de la Asamblea, integradas por
representantes de los gobiernos, del sector privado y de
organizaciones regionales, el 20 de febrero de 2006 para discutir
asuntos de interés común en materia de telecomunicaciones y tener
como resultado un conjunto de Recomendaciones destinadas a orientar
el trabajo futuro de la CITEL contribuyendo así al avance de las
telecomunicaciones regionales. Se puede descargar
aquí el proyecto de calendario de la IV Asamblea.
Asimismo, se tiene
aquí un proyecto de calendario de las Sesiones
Especiales.
3. Invitaciones para participar en la IV
Asamblea de la CITEL
De acuerdo al Artículo 9 del Reglamento, el
Secretario General de la Organización, Sr. José Miguel Insulza,
convocó a las reuniones de la IV Asamblea de la CITEL y envió las
correspondientes invitaciones a los participantes.
¿Quién puede participar en la IV Asamblea de la
CITEL?
Están invitados a
participar en la Asamblea los Estados miembros de la OEA y
Observadores, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el
Estatuto y
Reglamento de la CITEL. En particular, se
informa que los Miembros Asociados activos
de los Comités Consultivos Permanentes de la CITEL podrán
participar como Observadores en el evento.
La
acreditación de los integrantes de cada delegación será hecha por
sus respectivos gobiernos mediante comunicación escrita al
Secretario Ejecutivo, mediante la cual otorgará a sus delegados
plenos poderes para participar en las decisiones sobre los asuntos
incluidos en el temario de las sesiones de la Asamblea.
Las disposiciones de participación en la Asamblea se
encuentran en el Estatuto y en el Reglamento de la CITEL. Se indican
a continuación los Artículos del Reglamento que específicamente
explican las condiciones de participación:
Cuadro 1. Participación en la Asamblea de la CITEL
Artículo del Reglamento
|
Corresponde a: |
Artículo 10 y 11 |
Delegaciones |
Artículo 13 |
Observadores Permanentes ante la Organización |
Artículo 14
|
Observadores de los organismos especializados
interamericanos, órganos de la OEA y de organizaciones
regionales intergubernamentales interamericanas |
Artículo 15 |
Observadores de las Naciones Unidas |
Artículo 16, 18 |
Otros observadores |
Artículo 17 |
Participación de los miembros asociados activos |
Artículo 20, 21 y 22 |
Invitados |
Las sesiones plenarias de la
Asamblea y las de las comisiones de trabajo serán públicas, excepto
si el respectivo Presidente o si un representante de un Estado
Miembro solicita que la sesión será privada, en cuyo caso la sesión
continuará como privada a menos que los miembros participantes en la
sesión decidan lo contrario.
Las
personas o entidades que deseaban participar como invitados en la
reunión de la Asamblea de la CITEL de acuerdo al Artículo 21 del
Reglamento debieron solicitarlo por escrito al Presidente del COM/CITEL,
hasta el 6 de enero de 2005, es decir
cuarenta y cinco días antes de la fecha programada para la
inauguración de la reunión de la Asamblea de la CITEL. El Presidente
del COM/CITEL consultó con los miembros del COM/CITEL y, previa
aprobación de éstos, se extendieron las invitaciones
correspondientes, siempre que no hubiese objeción de parte del
gobierno del país sede.
¿Quién puede participar en las Sesiones Especiales?
Las Sesiones Especiales de la Asamblea serán
públicas y podrán participar todos los indicados en los Artículos
del Cuadro 1 del presente informe.
Las
personas o entidades que deseaban participar como invitados en las
Sesiones Especiales de la Asamblea de la CITEL debieron solicitarlo
por escrito al Presidente del COM/CITEL, hasta el 6 de enero
de 2005, es decir cuarenta y cinco días antes de la fecha
programada para la inauguración de la reunión de la Asamblea de la
CITEL.
4. Elecciones
En
la Asamblea de la CITEL se procederá a la elección de los miembros
del COM/CITEL, la elección de dos vicepresidentes para la Asamblea y
la definición del número de Comités Consultivos Permanentes (CCP),
sus mandatos y la elección de los respectivos países sede,
observando en lo posible, una distribución geográfica equitativa.
El
Comité Directivo Permanente (COM/CITEL) está compuesto por
representantes de once Estados miembros de la CITEL elegidos en la
Asamblea de la CITEL quienes permanecerán en sus funciones hasta la
próxima Reunión Ordinaria de la Asamblea. En la elección de nueve
de estos Estados miembros se observará en lo posible los principios
de rotación y de representación geográfica equitativa. Uno de los
dos miembros restantes será el representante del Estado miembro
donde se lleve a cabo la reunión de la Asamblea de la CITEL en la
cual tenga lugar la elección. El otro será el representante del
Estado miembro en cuyo territorio se vaya a celebrar la próxima
Reunión Ordinaria de la Asamblea de la CITEL (Artículo 14 del
Estatuto).
Se
recuerda que durante la XIV reunión del COM/CITEL la Administración
de México presentó su postulación para ser Sede de la V reunión de
la Asamblea de la CITEL (documento COM/CITEL /doc. 930/04). Esta
solicitud fue posteriormente comunicada a los Estados miembros por
la circular SG/CITEL/CI.24/05.
¿Cómo se debe presentar una candidatura?
Para presentar una candidatura la Administración del
Estado miembro interesado debe enviar la comunicación
correspondiente a la Secretaría de la
CITEL, la que dará conocimiento de la misma a los demás Estados
miembros de la CITEL y la incluirá como un documento para la
Asamblea presentado por el Estado miembro en cuestión.
Asimismo, es de práctica que la Cancillería del correspondiente
Estado miembro apoye la correspondiente postulación de la
Administración y se haga cargo de los procedimientos que
correspondan.
¿Cuál es plazo límite para la presentación de
candidaturas?
No está establecido en el Estatuto o Reglamento de
la CITEL.
5. Votaciones
En
caso de no haber consenso en las deliberaciones, las decisiones de
la Asamblea de la CITEL se adoptarán por el voto de la mayoría
absoluta, es decir más de la mitad de los votos de los Estados
miembros participantes, salvo en el caso en que específicamente se
requiera el voto de los dos tercios de los mismos.
En
las comisiones, subcomisiones y grupos de trabajo, las decisiones se
adoptarán por mayoría simple, es decir, más de la mitad de los
presentes y votantes.
¿Quién tiene derecho a voto?
Cada delegación de un Estado
miembro tendrá derecho a un voto. El derecho a voto no implica la
obligación de votar.
6. Fecha límite para presentar documentos
para la IV Asamblea de la CITEL
De
acuerdo al Artículo 30
del Reglamento, la Asamblea de la CITEL
considerará dos tipos de trabajos: informes y ponencias. Los
informes serán de carácter informativo, mientras que las ponencias
serán sometidas a la consideración de la Asamblea. Durante las
sesiones de la Asamblea se pueden solicitar otro tipo de documentos
técnicos o de trabajo. Los documentos presentados no incluirán
información alguna de carácter promocional o comercial.
El 10
de febrero de 2005 es la fecha límite
establecida para presentar
informes y ponencias
a la Secretaría de la CITEL a fin de que sean distribuidos en los
idiomas de trabajo de la CITEL a los Estados miembros. Los
documentos que no cumplan con el plazo establecido en este Artículo
serán presentados en la reunión de jefes de delegación para definir
si se consideran como documento informativo o ponencia durante la reunión.
Se recuerda asimismo, que el referido
artículo dispone que al comienzo de la Asamblea se puede establecer un plazo en el cual se
puedan presentar a su consideración nuevas ponencias.
Las contribuciones deben ser colocadas en el
Foro Electrónico de la CITEL
http://citel.oas.org/forum.asp (grupo de discusión
ASSEMBLY), utilizando esta
plantilla. En caso de cualquier dificultad por favor
comuníquese a la CITEL a: [email protected]. Las contribuciones
presentadas como
documentos informativos no tendrán prioridad para la traducción y la
Secretaría de la CITEL, recomienda enviar su traducción o en el caso
de documentos de gran extensión se podrá aceptar un resumen del
documento en lugar de su traducción completa.
7. Estructura de las comisiones de
trabajo y de los grupos de trabajo de la IV Asamblea de la CITEL
Según
el Artículo 11 del Estatuto se tiene una Comisión de Coordinación, una
Comisión de Credenciales y una Comisión de Estilo. La Asamblea de la
CITEL podrá establecer otras comisiones, subcomisiones y grupos de
trabajo cuando lo requiera.
El Artículo 42
del Reglamento determina el establecimiento de una
Comisión de Redacción de las sesiones de trabajo de las plenarias y del Informe
Final de la Asamblea.
El
Artículo 43 del Reglamento dispone que para la consideración de los
distintos puntos del temario, la Asamblea de la CITEL creará las
comisiones
de trabajo que estime conveniente. Se propone limitar la creación de
Comisiones de Trabajo sustantivas a fin de lograr un rendimiento
óptimo. Las comisiones de trabajo
estarán integradas por las delegaciones de los Estados
miembros que lo deseen y así lo manifiesten al Presidente de la
Asamblea de la CITEL antes de la primera sesión de trabajo de la
respectiva comisión. La sesión de instalación de cada comisión de
trabajo se celebrará con las delegaciones que hasta ese momento
hubiesen expresado su deseo de integrarla. Cada comisión de trabajo
elegirá un Presidente, pudiendo elegir también un vicepresidente y un
relator.
El quórum de las
comisiones, subcomisiones y grupos de trabajo de
la Asamblea de la CITEL se constituirá con más de la mitad de los
miembros que integran cada uno de esos cuerpos.
Cada comisión de
trabajo puede
establecer las subcomisiones y los Grupos de Trabajo y de redacción
que estime conveniente. Una comisión de trabajo puede además autorizar
a su Presidente a que integre las subcomisiones y grupos con miembros
que representen los diversos criterios que se hayan expresado sobre
los asuntos que una subcomisión o Grupo va a considerar.
Se
indican a continuación los términos de referencia de las Comisiones de
la Asamblea en el marco del Estatuto y Reglamento de la CITEL y a la
luz de la experiencia adquirida en Asambleas anteriores.
Términos de referencia de la Comisión de Coordinación
La Comisión de
Coordinación estará integrada por el Presidente de la Asamblea de la
CITEL, quien la presidirá, por los dos Vicepresidentes y por los
Presidentes de las Comisiones de trabajo que se hayan establecido. La
labor de la Comisión de Coordinación consiste en resolver cualquier
dificultad que pudiera surgir en lo relativo al funcionamiento de la
Asamblea de la CITEL y sugerir a las comisiones o a la sesión plenaria
las soluciones correspondientes. Asimismo, coordinará la labor de las
comisiones de trabajo para el logro de una actuación eficiente de la
Asamblea de la CITEL. (Artículo 39 del Reglamento de la CITEL)
Términos de referencia de la Comisión de Credenciales
La Comisión de
Credenciales estará integrada por los representantes de tres Estados
miembros elegidos en la primera sesión plenaria de la Asamblea de la
CITEL. La Comisión designará un Presidente. Esta Comisión examinará
las credenciales de las delegaciones y someterá el informe
correspondiente, a la mayor brevedad posible, a la consideración de la
Asamblea de la CITEL. (Artículo 40 del
Reglamento de la CITEL)
Términos de referencia de la Comisión de Redacción
La Comisión de
Redacción de las sesiones de trabajo de las plenarias y del Informe
Final de la Asamblea será designada en la primera sesión plenaria y
estará integrada por los cuatro primeros delegados que, dentro del
orden de precedencia, se ofrezcan. La Comisión de Redacción redactará
las actas de la sesión informal de la Reunión, las de cada sesión
plenaria, de las sesiones de inauguración y de clausura, así como la
preparación del informe final de la Asamblea. En cada sesión plenaria
se presentará(n) el proyecto de acta de la o las sesiones anteriores.
(Artículo 42 del Reglamento de la CITEL)
Términos de referencia de la Comisión de Estilo
La Comisión de Estilo
estará integrada por cuatro representantes elegidos en la primera
sesión plenaria de la Asamblea de la CITEL, cada uno de los cuales
representará uno de los cuatro idiomas oficiales. Esta Comisión
recibirá los proyectos de resolución y de recomendaciones aprobados
por las comisiones antes de que sean sometidos a la sesión plenaria de
la Asamblea, para su consideración y les hará los cambios de estilo
que estime necesarios. Si la Comisión de Estilo estima que el proyecto
adolece de defectos de forma que no puede corregir, planteará la
cuestión a la comisión de trabajo de que se trate o lo hará en una
sesión plenaria de la Asamblea. (Artículo 41 del Reglamento de la
CITEL)
Términos de referencia de la Comisión de Trabajo 1:
Modificación del Estatuto y Reglamento de la CITEL
Examinar las enmiendas propuestas
al Estatuto y Reglamento de la CITEL teniendo en cuenta los Informes
pertinentes del COM/CITEL (en particular el Informe sobre el alcance
de la participación de los Miembros distintos de los Estados de la
CITEL) y las decisiones de las Comisiones de Trabajo y recomendar a la
Sesión Plenaria las actuaciones necesarias.
Términos de referencia:
a. Análisis de las modificaciones aprobadas por el COM/CITEL
para el Estatuto y Reglamento de la CITEL durante 2002-2005.
b. Consideración de
propuestas de los Estados miembros y de las Comisiones de Trabajo
sobre modificaciones.
c. Recomendación a la
Sesión Plenaria de las modificaciones que se consideren convenientes.
Términos de referencia de la Comisión de Trabajo 2:
Estructura y Planificación estratégica
Examinar el
entorno del sector de telecomunicaciones, Informes y propuestas
pertinentes y recomendar a la Sesión Plenaria las decisiones
apropiadas que tengan que ver con la gestión futura de las actividades
de la CITEL. Transmitir a la Comisión de Trabajo 1 “Modificación del
Estatuto y Reglamento de la CITEL” los asuntos que requieran la
introducción de enmiendas a estos instrumentos.
Términos de referencia:
a. Evaluación/
diagnostico de los resultados del Plan Estratégico en el
periodo 2002‑2005 basándose en los indicadores de desempeño.
b. Análisis y desarrollo
del proyecto de Plan Estratégico de la CITEL para el período 2006-2010
estableciendo visión, misión, objetivos estratégicos, prioridades,
líneas de acción e indicadores de desempeño para medir el grado de
avance en el cumplimiento de las metas.
c. Recomendación a la
Sesión Plenaria de:
·
Proyecto del Plan Estratégico de la
CITEL para el período 2006-2010, incluyendo indicadores de
desempeño.
·
Proyecto de Estructura de la CITEL
estableciendo los Comités Consultivos Permanentes: nombre, objetivos
y mandato específico;
Términos de referencia de la Comisión de Trabajo 3:
Plan de Operaciones 2006-2010
Determinar el
Plan de Operaciones de la CITEL para el período 2006-2010 teniendo en
cuenta las propuestas sobre las actividades futuras de la
Comisión y en particular, lo relacionado con los recursos financieros
y humanos.
Términos de referencia:
a. Evaluación del Plan
de Operaciones de la CITEL en el período 2002-2006.
b. Consideración y
desarrollo del proyecto de Plan de Actividades de la CITEL para el
período 2006-2010 y del Programa Presupuesto correspondiente teniendo
en cuenta la planificación estratégica del organismo para el mismo
período.
c. Recomendación a la
Sesión Plenaria del Plan de Actividades de la CITEL para el período
2006-2010 y del Programa Presupuesto correspondiente.
Términos de referencia del Grupo de Trabajo para la preparación de la
Declaración de San José
Desarrollar
un texto para la Declaración de San José que sea una clara declaración
de voluntad política para el continuo desarrollo de las
telecomunicaciones en la Región Américas y que tenga en cuenta los
distintos intereses en juego.
Términos de referencia:
a. Desarrollar un texto
para la Declaración política de la Asamblea que no sólo le de forma a
los objetivos de futuro de las tecnologías de la información y la
comunicación (TIC) sino que además sea la base para mandatos concretos
que orienten al sector de telecomunicaciones para que la Región se
pueda beneficiar de las oportunidades que presenta la sociedad de la
información.
b. Tener en cuenta los
debates de las Sesiones Especiales de la Asamblea.
Claudio Bermúdez
VicePresidente del COM/CITEL
Subgerente Sector Telecomunicaciones
Instituto Costarricense de Electricidad |