CIDH condena hechos de violencia en penitenciarías ecuatorianas que ocasionaron la muerte de más de un centenar de personas privadas de libertad en el transcurso de 2021

23 de agosto de 2021

Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena los hechos de violencia ocurridos en diversas penitenciarías del Estado ecuatoriano, que resultaron en que al menos 121 personas privadas de libertad perdieran la vida. La Comisión urge al Estado a adoptar medidas inmediatas y efectivas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de quienes están bajo su custodia, así como para prevenir la repetición de estos hechos. 

Según información pública, desde enero de 2021 hasta la fecha, se habrían producido diversos enfrentamientos entre personas detenidas pertenecientes a grupos rivales, que habrían ocasionado la muerte de al menos 121 personas privadas de libertad, y que decenas resultaran heridas, entre ellas, agentes penitenciarios. Estos incidentes ocurrieron en los Centros de Privación de la Libertad de Azuay No. 1, Cotopaxi No. 1, Guayas No. 1, Guayas No. 4, Manabi No. 4, y Ríos No. 2. Los incidentes más recientes ocurrieron los días 12 y 22 de agosto. En particular, el 12 de agosto, según fuentes oficiales, tuvo lugar un enfrentamiento en el Centro de Privación de la Libertad Ríos No. 2 que resultó en seis personas fallecidas y tres heridas con armas de fuego. De acuerdo con información pública, se habrían activado alertas de disturbios para que el personal de la Policía y Fuerzas Armadas se desplazara a las inmediaciones de la cárcel. Adicionalmente, el 22 de agosto, conforme datos del SNAI, se produjeron hechos de violencia en el Centro de Privación de la Libertad Guayas No. 1 que ocasionaron la muerte de una persona privada de libertad. Según la misma fuente, las acciones implementadas por las Unidades Especiales de la Policía Nacional y el SNAI evitaron la ocurrencia de mayores enfrentamientos. 

La Comisión Interamericana advierte con preocupación que estas muertes se producen en un contexto de reiterados actos de violencia en los centros penitenciarios de Ecuador. Al respecto, mediante pronunciamiento de 22 julio, manifestó su condena por las 21 personas fallecidas, y 57 personas heridas –incluyendo agentes penitenciarios–, en contexto de actos violentos en los Centros de Privación de Libertad de Guayas No. 1 y Cotapaxi No. 1. Además, a través del pronunciamiento de 29 de abril, también condenó los nuevos brotes de violencia en el Centro de Privación de la Libertad Varones Guayas No. 1, que resultaron en cinco personas fallecidas y 15 heridas. De igual forma, mediante pronunciamiento de 26 de febrero, se manifestó ante los hechos de violencia ocurridos en los Centros de Privación de la Libertad de Azuay No. 1, Cotopaxi No. 1, Guayas No. 1 y Guayas No. 4, que ocasionaron que al menos 79 personas privadas de libertad perdieran la vida. 

Por otra parte, la CIDH toma nota de diversas acciones implementadas por el Estado para responder a la crisis penitenciaria en el país. En este sentido, según datos oficiales, el 17 de abril, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) creó el Grupo Especial de Acción Penitenciaria. El 28 de julio, mediante Resolución No. SNAI-SNAI-2021-0038-R, el Director General del SNAI declaró situación de emergencia en el Sistema Nacional de Rehabilitación Social por 60 días. Asimismo, conforme lo señalado por el SNAI, el 14 y 15 de agosto se realizaron operativos de control en diversos centros del país. En adición, se destacan las reuniones mantenidas por el Director del SNAI con la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral de la Asamblea Nacional de Ecuador, el 17 de agosto, para discutir sobre la situación del sistema de rehabilitación social y las medidas adoptadas.  Sumado a ello, el Director del SNAI el 18 de agosto anunció en rueda de prensa que entre las acciones emergentes se encuentra la adecuación y redistribución de la actual infraestructura de los centros de privación de libertad. 

En este contexto, de acuerdo con los Principios y Buenas Prácticas de la Protección de los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, la CIDH reitera que los Estados tienen el deber ineludible de adoptar medidas concretas e inmediatas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal. Como parte de esta obligación, el Estado ecuatoriano debe tomar acciones efectivas para prevenir y controlar los posibles brotes de violencia en los centros de detención. Estas acciones incluyen implementar protocolos para prevenir amotinamientos y restablecer las condiciones de seguridad; incrementar el personal destinado a la seguridad y vigilancia interior; imponer controles efectivos para impedir la entrada de armas y otros objetos ilícitos, y prevenir el accionar de organizaciones delictivas con presencia en las cárceles. Adicionalmente, es también deber de los Estados garantizar la seguridad e integridad personal de los funcionarios que cumplen tareas en los centros de detención.

Asimismo, la Comisión enfatiza que los Estados tienen la obligación de investigar de oficio y con la debida diligencia todos los hechos de violencia que tienen lugar en centros de detención y, en particular, aquellas muertes de personas que se encuentran bajo su custodia. Estas investigaciones no sólo deben estar orientadas a establecer los responsables materiales de los hechos, sino también a los posibles autores intelectuales y a aquellas autoridades que por acción u omisión pudieran ser responsables. 

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 218/21

11:30 AM