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Este derecho contiene dentro de sí la
protección de datos y la figura del Habeas Data.
La protección de datos protege a las personas contra el mal
uso de su información personal por parte de los procesadores
de datos. Y el Habeas Data, siendo una figura de utilización
única por algunos países latinoamericanos, les da a las
personas el derecho de acceder, corregir y objetar al
procesamiento de su información.
De manera general, se puede decir que la protección a la
privacidad es el género y la protección de datos la especie.
Y todavía en un sentido más estricto queda la figura de
Habeas Data, la cual se opera como un derecho de acceso a la
información personal dentro del régimen de datos personales.
Derecho a la privacidad:
El derecho a la privacidad trata de resguardar la dignidad
personal, es decir, sustenta los principios fundamentales
del honor y la dignidad personal. El derecho a la privacidad
va más allá de la protección de datos, abarca el respeto de
la vida familiar, preferencias religiosas, políticas y
sexuales, la intervención de las comunicaciones, el uso de
cámaras ocultas, los análisis genéticos, etc. La protección
de la vida privada y la protección de la intimidad son
necesarias para el orden jurídico y como garantía de respeto
a la dignidad personal.
El Consejo de Europa define el derecho a la privacidad como
un derecho humano fundamental, además La Declaración
Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de
las Naciones Unidas sobre los Derechos Civiles y Políticos
definen a la privacidad como un derecho: “Nadie será objeto
de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su
familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques
ilegales a su honra y reputación”. Los dos tratados explican
luego: “Toda persona tiene derecho a la protección de la ley
contra esas injerencias o esos ataques”. En consecuencia, el
derecho a la privacidad cubre todos los aspectos de la vida
del individuo y también el procesamiento de datos personales
por organizaciones gubernamentales y privadas.
Protección de Datos:
Como ya se ha mencionado en la parte introductoria de la
página, la protección de datos es un derecho a la intimidad
personal que tienen las personas contra la posible
utilización de sus datos personales por procesadores de
datos de manera no autorizada o en contra de los
requerimientos de vigentes. Esta disciplina tiene por objeto
la protección de la intimidad de la persona ante el riesgo
de la recopilación y el mal uso de sus datos personales.
Habeas Data:
Dentro del derecho de protección de datos se encuentra el
Habeas Data. En América Latina el Habeas Data es una acción
que se entabla ante los tribunales para permitir la
protección de la imagen, la privacidad, el honor, la
determinación por sí misma de la información y la libertad
de información de una persona. Es un mecanismo de acción que
otorga a la persona agraviada presentar una denuncia ante el
sistema judicial con el fin de detener el abuso de sus datos
personales. En general, permite a la persona el acceso a la
información personal en las bases de datos la capacidad de
corregir y actualizar los datos, la posibilidad de
asegurarse de que los datos delicados mantengan su
confidencialidad y el retiro de los datos personales
delicados que pueden atentar contra el derecho a la
privacidad.
El Habeas Data no exige que los procesadores de datos
protejan por iniciativa propia los datos personales que
procesan, sino que se presenta como recurso legal
requiriendo que la persona agraviada, tras presentar una
denuncia ante la justicia, obtenga acceso y la capacidad de
rectificar todo dato personal que pueda atentar contra su
derecho a la privacidad.
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