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La figura del Ombudsmen en el Hemisferio es reconocida en legislaciones de los Estados miembros con denominaciones diferentes tales como Defensores del Pueblo, Defensores de los Habitantes, Procuradores o Comisionados de Derechos Humanos.

Si bien existen antecedentes del tratamiento de este tema por la Asamblea General a partir  del año 1997, podemos encontrar también referencias al apoyo al fortalecimiento de los sistemas nacionales de derechos humanos y a la figura del Ombudsmen en el Plan de acción de la Cumbre celebrada en Québec, Canadá en el año 2002, que aludía al “fortalecimiento de las capacidades de las instituciones nacionales responsables de la promoción y protección de los derechos humanos”. 

En la resolución [AG/RES. 2221 (XXXVI-O/06)], la Asamblea General reitera su apoyo al trabajo desarrollado por los Ombdusmen e insta a aquellos Estados que no cuentan con tales instituciones a crearlas.  También se insta a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente “que considere invitar a las instituciones objeto de esta resolución a participar del diálogo a efectuarse entre los Estados miembros sobre los temas de derechos humanos, sobre la base de la necesidad de su presencia.”

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