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La figura del Ombudsmen en el Hemisferio es reconocida en legislaciones de los Estados miembros con denominaciones diferentes tales como Defensores
del Pueblo, Defensores de los Habitantes, Procuradores o
Comisionados de Derechos Humanos.
Si bien existen antecedentes del
tratamiento de este tema por la Asamblea General a partir
del año 1997, podemos encontrar también referencias al apoyo
al fortalecimiento de los sistemas nacionales de derechos
humanos y a la figura del Ombudsmen en el Plan de acción de
la Cumbre celebrada en Québec, Canadá en el año 2002, que
aludía al “fortalecimiento de las
capacidades de las instituciones
nacionales responsables de la promoción y protección de los
derechos humanos”.
En la resolución [AG/RES. 2221 (XXXVI-O/06)],
la Asamblea General reitera su apoyo al trabajo desarrollado
por los Ombdusmen e insta a aquellos Estados que no cuentan
con tales instituciones a crearlas. También se insta a la
Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo
Permanente “que considere invitar a las instituciones objeto
de esta resolución a participar del diálogo a efectuarse
entre los Estados miembros sobre los temas de derechos
humanos, sobre la base de la necesidad de su presencia.”
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