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Antecedentes

Al inicio del año 2000 las características principales de
las áreas rurales del país en particular las ubicadas en la
región Central, Norte y Atlántica reflejaban un alto grado
de aislamiento, inseguridad, débil presencia institucional
del estado, prevalecía de altos niveles de violencia,
impunidad y una constante amenaza a la estabilidad social y
política motivada en una gran parte por la extrema pobreza.
Con base a esta realidad nace el Programa Acceso a la
Administración de Justicia en zonas rurales, conocido como
Programa de Facilitadores Judiciales Rurales.
La Corte Suprema de Justicia firmó un convenio de
cooperación con la Organización de los Estados Americanos en
marzo del año 2003, con el objetivo de reforzar el acceso de
la justicia y a fortalecer mecanismos de prevención y
resolución alterna de conflictos como vía de mantener el
equilibrio social y convivencia armónica.
Base Legal

La base legal se fundamenta en el capítulo VI del Reglamento
de Facilitadores, que dice:
“Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 57 segundo
párrafo del Código Procesal Penal, publicado en la Gaceta,
diario oficial de la República, No. 243 del 21 de Diciembre
del año 2001, es facultad de la Corte Suprema de Justicia,
organizar el funcionamiento de los Facilitadores de Justicia
en zonas rurales, y que de acuerdo al artículo 423 del mismo
cuerpo de ley, el cual reforma el artículo 169 de la ley 260
, ley orgánica del Poder Judicial, publicada en la Gaceta
No. 137 del 23 de julio del año 1998. Los Facilitadores
Judiciales Rurales constituyen un Personal Auxiliar al
servicio de la Administración de Justicia.”
Requisitos para ser Facilitador Judicial Rural

Ser mayor de edad
Saber leer y escribir
Ser líder reconocido en su comunidad
Vivir en la comunidad que lo propone
No haber purgado condena penal por la comisión de un delito
común
No ejercer cargo de ninguna índole político partidario
No ser militar en servicio activo o siéndolo, haber
renunciado por lo menos doce meses antes del nombramiento
Haber recibido las capacitaciones que al efecto desarrolle
el Poder Judicial en conjunto con otras organizaciones
Haber obtenido nombramiento en acta del Juez Local Único
propietario del Municipio en donde tiene su domicilio
Funciones del Facilitador Judicial Rural

Orientar a las personas de su comunidad en trámites
judiciales administrativos.
Multiplicar los conocimientos jurídicos adquiridos a través
de las capacitaciones desarrolladas por la Corte y otras
organizaciones en sus comunidades.
Efectuar Mediaciones Extrajudiciales en los casos en que la
ley lo permite.
Dar seguimiento y control a las mediaciones extrajudiciales
efectuadas.
Mantener una comunicación y relación fluida con los
funcionarios locales que integran el Servicio de
Administración de Justicia.
Apoyar al juez en la ejecución de actividades y diligencias
propias de la función administradora de justicia que persiga
un mejoramiento para el acceso a la justicia.
Efectuar mediaciones previas según el artículo 57 del Código
Procesal Penal.
Actividades

El servicio nacional de justicia es un poderoso mecanismo de
participación ciudadana en acceso y prevención a la justicia,
algunos datos se muestran en el siguiente cuadro:

Como mecanismo de acceso, los facilitadores han permitido
que más de 15,000 casos hayan sido atendidos por los jueces
locales, así mismo les han orientado resolver más de 4,000
casos.
Como mecanismo de prevención, los facilitadores han brindado
asesoramientos en 15,000 casos aproximadamente, han
acompañado a pobladores y realizado gestiones en un número
un poco mayor de 8,000.
Así mismo, han logrado resolver de forma pacífica y
armoniosa a través de mediaciones previas y extra judiciales,
aproximadamente 18,000 casos.
Además se trabaja con 110 Jueces indígenas o Wihta en las
Regiones Autónomas Norte y Sur, compatibilizando y
armonizando el derecho positivo con el derecho indígena.
Es importante destacar, que si bien las mujeres representan
el 21% de la red, los problemas asociados a mujeres
resueltos por los y las facilitadoras representan el 60% de
los mismos. Del seno de las facilitadoras, una ha sido
nominada para el premio Nóbel de la Paz (con la iniciativa
de 1,000 mujeres por la paz), en reconocimiento a la labor
que realizan.
Durante los últimos cuatro años, los facilitadores se
localizan en 110 municipios del país (de los cuales 53
Gobiernos Locales aportan fondos para la operación del
programa en un monto un poco mayor a los C$ 930,000 Córdobas
para el presente año).
El aporte de los y las Facilitadores con su trabajo
voluntario se estima para el 2007 en un monto mayor a los
3.5 millones de Córdobas.
El Poder Judicial aportará 1.5 millones de córdobas para la
operatividad del servicio, no se ha cuantificado el monto
que la CSJ aporta con personal de sus estructuras regulares
y que se involucran en el establecimiento del servicio (magistrados,
jueces, delegados administrativos, personal administrativo y
otros). |