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En los [Principios Rectores de los Desplazamientos Internos] elaborados por el [Representante del Secretario General de las Naciones Unidas sobre las Personas Internamente Desplazadas], se define a los desplazados internos como “las personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida”.

A diferencia de los refugiados, anteriormente no existía un instrumento internacional que regulara de manera específica la situación de este grupo humano potencialmente vulnerable. Los [Principios Rectores] constituyen un esfuerzo por parte de la comunidad internacional tendiente a establecer un marco regulatorio que sirva de guía y orientación al abordar la problemática. En años recientes, el [ACNUR] y otras organizaciones internacionales han ido adquiriendo un protagonismo creciente en la atención y asistencia a los desplazados internos.

En este contexto, y al igual que en el caso de los refugiados, la Asamblea General de la OEA ha venido enfatizando desde hace años la importancia de brindar protección a los afectados por los desplazamientos internos, aconsejando tomar en consideración los citados [Principios Rectores]. En su último período ordinario de sesiones, el órgano supremo de la Organización adoptó la [AG/RES. 2277 (XXXVII-O/07)], “Desplazados Internos”. Entre otros puntos, la resolución insta a los Estados miembros a que atiendan las causas de los desplazamientos internos con la finalidad de prevenir los mismos, que se comprometan a brindar protección y asistencia a los afectados durante el desplazamiento, así como a buscar soluciones duraderas en torno al problema. La resolución hace además un llamado a las agencias de las Naciones Unidas y del sistema interamericano pertinentes, a otras organizaciones humanitarias y a la comunidad internacional, para que brinden el apoyo y/o asistencia que los Estados soliciten, con el fin de atender las distintas causas que dan origen al desplazamiento interno, así como a las personas afectadas por el mismo en todas sus etapas.

Para la [sesión especial] sobre “Temas de actualidad de derecho internacional de los refugiados”, a llevarse a cabo en enero de 2008, la CAJP ha aprobado un [programa] que incluye el tratamiento, en uno de los paneles, de un tema dedicado específicamente a la problemática de los desplazados internos.

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