|
Oficina Ejecutiva del Director del Departamento de Asuntos Jurídicos
Internacionales
A. Funciones
1. Asesora, en el ámbito de su competencia, a la Asamblea
General, a la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones
Exteriores, al Consejo Permanente, a la Reunión de Ministros
de Justicia, a la Secretaría General, y a otros órganos,
organismos y entidades de la OEA.
2. Representa al Secretario General ante los órganos
políticos de la OEA, en misiones, reuniones internacionales,
y en otros eventos que traten cuestiones relacionadas a su
área de competencia; prepara informes especiales y desempeña
otras tareas que le asigne el Secretario General.
3. Vela por el cumplimiento de las resoluciones aprobadas
por los órganos políticos en las áreas de su competencia.
4. Dirige y coordina la cooperación jurídica y judicial con
los Estados miembros, organizaciones internacionales y
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.
5. Coordina las actividades del Departamento en relación al
Comité Jurídico Interamericano.
6. Contribuye al desarrollo y codificación del derecho
internacional en el ámbito interamericano por medio de
recomendaciones, estudios y actividades jurídicas.
7. Establece y mantiene relaciones de cooperación sobre
cuestiones jurídicas de su competencia con otras
organizaciones públicas y privadas, nacionales, regionales e
internacionales con intereses similares, en coordinación con
el Departamento de Relaciones Externas.
8. Elabora y ejecuta una política de publicaciones del
Departamento.
9. Mantiene, en el ámbito de su competencia, un programa de
capacitación jurídica para abogados de los Estados miembros,
por medio de pasantías.
10. Establece la estructura de puestos de trabajo que
asegure el logro de los resultados requeridos con los
recursos asignados.
11. Lleva a cabo acciones destinadas a la captación y
movilización de fondos externos para el financiamiento y
promoción de sus programas, proyectos y actividades, en
coordinación con la Comisión de Movilización de Recursos.
12. En consulta con sus dependencias, prepara el proyecto de
programa-presupuesto del Fondo Regular de su área, y formula
proyecciones de recursos externos cuya captación considera
probable para el ejercicio fiscal siguiente.
13. Dirige, administra y supervisa la ejecución del
programa-presupuesto de su área conforme a las instrucciones
del Secretario General, las resoluciones pertinentes de la
Asamblea General, los requisitos establecidos por los
donantes de fondos externos, y las normas y reglamentos de
la Secretaría General.
|