Resoluciones
Aprobadas
CIDIP-VI/RES.
6/02
REGLAS
EN MATERIA DE DOCUMENTOS Y FIRMAS ELECTRÓNICOS
(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada
el 8 de febrero de 2002)
LA
SEXTA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO,
CONSIDERANDO:
Que
esta conferencia ha aprobado la Ley Modelo Interamericana
sobre Garantías Mobiliarias;
Que
la Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias
prevé el uso de documentos y firmas electrónicos, en
sus sistemas de registro y en otros contextos;
Que
la interconectividad de los sistemas nacionales de registro
será un aspecto importante para el eficaz funcionamiento
del sistema interamericano de financiamiento con garantías
mobiliarias;
Que
la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional (CNUDMI) adoptó la Ley Modelo sobre Comercio
Electrónico (1996) y Firmas Electrónicas (2001), que
han servido de base para la adopción de leyes en varios
Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos.[1]/
RESUELVE:
1.
Recomendar que los Estados miembros de la Organización
de los Estados Americanos adopten regímenes legales
compatibles con los instrumentos de CNUDMI sobre Comercio
Electrónico y Firmas Electrónicas adoptados en 1996
y en 2001.
2.
Invitar a los Estados miembros a examinar los
principios que encierra el proyecto de Reglas Uniformes
Interamericanas en materia de Documentos y Firmas Electrónicos
preparado por la delegación de los Estados Unidos, y
considerar la conveniencia de incorporarlos a su legislación
nacional.
[1].
Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico
(resolución 51/162 de la Asamblea General de Naciones
Unidas, adoptado el 16 de diciembre de 1996) y Ley
Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas
(adoptado el 5 de julio de 2001).
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