LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el informe anual del Consejo Permanente a la Asamblea General
(AG/doc.3830/99) y, en particular, la sección que se refiere al informe de la Comisión
de Seguridad Hemisférica (CP/CSH-180/99 rev. 3), la cual incluye el tema "Fomento de
la confianza y de la seguridad en las Américas";
TENIENDO PRESENTE que, de conformidad con el artículo 2 de la Carta de
la Organización de los Estados Americanos, uno de los propósitos esenciales de la
Organización es afianzar la paz y la seguridad del Continente;
RECORDANDO sus resoluciones AG/RES. 1121 (XXI-O/91) y AG/RES. 1123
(XXI-O/91), sobre fortalecimiento de la paz y la seguridad en el Hemisferio, y AG/RES.
1179 (XXII-O/92), AG/RES. 1237 (XXIII-O/93), AG/RES. 1284 (XXIV-O/94), AG/RES. 1288
(XXIV-O/94), AG/RES. 1353 (XXV-O/95), AG/RES. 1409 (XXVI-O/96), AG/RES. 1494 (XXVII-O/97)
y AG/RES. 1566 (XXVIII-O/98), sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad;
DESTACANDO la importancia de las Declaraciones de San Salvador y de
Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, en las que se
recomienda que las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad se apliquen de la
manera que se considere más adecuada;
RECONOCIENDO la consolidación de la democracia en la región, los
esfuerzos en favor del desarme, la paz y la seguridad internacionales y la voluntad de los
Estados de continuar el proceso de fortalecimiento de la confianza y de la seguridad en el
Hemisferio;
TOMANDO NOTA del avance importante logrado en la identificación y
aplicación de medidas de fomento de la confianza y la seguridad desde la adopción de la
Declaración de Santiago, que ha ayudado a disminuir los factores que generan desconfianza
y ha contribuido a promover la transparencia y la confianza mutua, de conformidad con los
propósitos y principios de la Carta de la OEA, el respeto al derecho internacional y la
promoción de las relaciones de amistad y de cooperación entre los Estados de la región;
TOMANDO NOTA CON SATISFACCIÓN de la solicitud formulada el 30 de julio
de 1998 por los Gobiernos de Argentina y Chile a la Comisión Económica de las Naciones
Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) de elaborar una metodología común con el
fin de facilitar la comparación de los gastos militares de ambos países;
TOMANDO NOTA TAMBIÉN con satisfacción de la entrada en vigencia el 26
de diciembre de 1997 del Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica y de la
Declaración de los Presidentes de Centroamérica y la República Dominicana y del
Representante del Primer Ministro de Belice sobre la No Participación en la Adquisición
de Armamentos Estratégicos de Alta Tecnología, Destrucción Masiva y Altos Costos, del 6
noviembre de 1997;
TOMANDO NOTA de los resultados de la Conferencia de Ministros de
Defensa de las Américas celebrada en Cartagena de Indias del 29 de noviembre al 3 de
diciembre de 1998;
REAFIRMANDO:
Que el respeto al derecho internacional, el fiel cumplimiento de los
tratados, la solución pacífica de las controversias, el respeto a la soberanía de los
Estados y al principio de no intervención y la prohibición del uso o de la amenaza del
uso de la fuerza, de acuerdo con los términos de las Cartas de la Organización de los
Estados Americanos y de las Naciones Unidas, son la base de la convivencia pacífica y de
la seguridad en el Hemisferio, y constituyen el marco para el desarrollo de medidas de
fomento de la confianza y de la seguridad; y
Que la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la
seguridad, por medio de acciones prácticas y útiles, facilitará futuros procesos de
cooperación de mayor alcance en ámbitos tales como el control de armamentos y la
seguridad hemisférica,
RESUELVE:
1. Instar a los Estados Miembros a que apliquen de la manera
que consideren más apropiada las recomendaciones de las Declaraciones de San Salvador y
de Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad y de la resolución
AG/RES. 1179 (XXII-O/92).
2. Exhortar a todos los Estados Miembros a que continúen
proporcionando al Secretario General, antes del 15 de abril de cada año, información
sobre la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad para
facilitar la preparación del inventario completo y sistemático de dichas medidas, a la
luz de lo dispuesto en las Declaraciones de San Salvador y de Santiago y en las
resoluciones AG/RES. 1284 (XXIV-O/94) y AG/RES. 1288 (XXIV-O/94), y encomiar a los Estados
Miembros que han efectuado regularmente la presentación de sus informes para este
propósito.
3. Solicitar al Secretario General que mantenga y facilite el acceso al
inventario detallado de las medidas de fomento de la confianza y la seguridad, presentado
por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo precedente.
4. Instar nuevamente a los Estados Miembros a que continúen
promoviendo la transparencia en materia de políticas de defensa, entre otros aspectos, en
lo que se refiere a la modernización de las fuerzas armadas, que incluye modificaciones a
su estructura y composición, y a la adquisición de equipo y materiales, además de
presentar información que permita la comparación del gasto militar en la región.
5. Solicitar al Consejo Permanente que, por medio de la Comisión de
Seguridad Hemisférica, considere medidas para promover el desarrollo y el intercambio de
información relativa a las políticas y doctrinas de defensa.
6. Reiterar nuevamente la importancia de que todos los Estados Miembros
participen plenamente en el Registro de Armas Convencionales de las Naciones Unidas y
proporcionen la información requerida para la elaboración del Informe Internacional
Estandarizado sobre Gastos Militares, de acuerdo con las resoluciones pertinentes de la
Asamblea General de las Naciones Unidas, y renovar su solicitud a los Estados Miembros
para que proporcionen al Secretario General de la OEA, a más tardar el 15 de junio de
cada año, la información mencionada.
7. Solicitar al Consejo Permanente que, por conducto de la Comisión de
Seguridad Hemisférica, tome las medidas necesarias para celebrar, a más tardar en el
primer trimestre del año 2000, la reunión de parlamentarios sobre medidas de fomento de
la confianza y de la seguridad, prevista en la Declaración de San Salvador.
8. Instar nuevamente a los Estados Miembros a que continúen con las
consultas y el intercambio de ideas dentro del Hemisferio para avanzar en la limitación y
el control de armas convencionales en la región, y encomendar al Consejo Permanente que,
a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, procure avanzar en el desarrollo del
enfoque más apropiado que permita, en el ámbito hemisférico, incrementar la
transparencia y abordar las cuestiones relacionadas con las armas convencionales.
9. Recordar el mandato contenido en la resolución AG/RES.1566
(XVIII-O/98), que encomienda al Consejo Permanente que celebre anualmente una sesión
especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica, con la participación de expertos,
dedicada a analizar e intercambiar información sobre las medidas de fomento de la
confianza y de la seguridad en la región, y especialmente las identificadas en las
Declaraciones de San Salvador y de Santiago.
10. Solicitar al Secretario General que actualice anualmente, con base
en la información presentada por los Estados Miembros, el registro de expertos sobre
medidas de fomento de la confianza y de la seguridad y que lo distribuya a los Estados
Miembros antes del 1 de junio de cada año.
11. Encomendar al Consejo Permanente que continúe apoyando la
participación de la Comisión de Seguridad Hemisférica en otros foros regionales, como
la Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas.
12. Encomendar, asimismo, al Consejo Permanente que continúe
estimulando el intercambio de experiencias en materia de medidas de fomento de la
confianza y de la seguridad con otras regiones, que podrá incluir el intercambio de
información entre la Comisión de Seguridad Hemisférica y otras organizaciones
internacionales que trabajen en la materia, entre ellas la ONU, la Organización para la
Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Foro Regional de la Asociación de
Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN).
13. Encomendar al Consejo Permanente que realice, por medio de la
Comisión de Seguridad Hemisférica, un seminario con participación de representantes de
otras organizaciones regionales con el fin de intercambiar experiencias sobre la solución
de conflictos, la contribución de las medidas de fomento de la confianza y de la
seguridad en la prevención de conflictos, el manejo de crisis y la reconstrucción
posterior a los conflictos.
14. Solicitar que el Consejo Permanente, por medio de la Comisión de
Seguridad Hemisférica, celebre en la OEA la próxima ronda de consultas OEA-OSCE en el
año 2000.
15. Encomendar al Consejo Permanente que considere, a través de la
Comisión de Seguridad Hemisférica, la posibilidad de realizar, en el momento oportuno,
otra conferencia regional sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad.
16. Encomendar al Consejo Permanente que lleve a cabo las actividades
mencionadas en la presente resolución de acuerdo con los recursos asignados en el
programa-presupuesto y otros recursos.
17. Reiterar su invitación a la Junta Interamericana de Defensa (JID)
para que, en los términos de la resolución AG/RES. 1240 (XXIII-O/93), brinde
asesoramiento y preste servicios de carácter consultivo en materia de medidas de fomento
de la confianza y de la seguridad de carácter militar y solicitarle que mantenga
actualizado el inventario de dichas medidas.
18. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General
sobre la implementación de la presente resolución.
19. Solicitar al Secretario General que transmita la presente
resolución al Secretario General de las Naciones Unidas, al Secretario General de la
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y a otras organizaciones
regionales pertinentes.