CONSEJO PERMANENTE DE LA
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
COMISIÓN DE SEGURIDAD HEMISFÉRICA |
OEA/Ser.G
CP/CSH-264/00 rev.1
29 febrero 2000
Original: español |
LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y LA
JUNTA INTERAMERICANA DE DEFENSA
(Documento preparado por el Departamento de Derecho Internacional
de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos)
NOTA EXPLICATIVA
Este documento ha sido preparado por el Departamento de Derecho
Internacional de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos en cumplimiento de lo dispuesto
por la resolución AG/RES. 1643 (XXIX-O/99), párrafo dispositivo 1.
INDICE
La Organización de los Estados Americanos y la Junta Interamericana de
Defensa
Anexo I: OEA/Ser.G., CP/doc.856/78 Corr. 1, 15 de agosto 1978.
Situación de la Junta Interamericana de Defensa con respecto a la Organización de los
Estados Americanos
Anexo II: OEA/Ser.G., CE/SH. 18/93, 15 septiembre 1993. Junta
Interamericana de Defensa: vinculación Jurídico-Institucional/Competencia/Funcionamiento
Anexo III: OEA/Ser.G., CP/doc.2392/93, 28 mayo 1993. Informe de la
Comisión Especial de Seguridad Hemisférica acerca de la Junta Interamericana de Defensa
(JID)
Anexo IV: OEA/Ser.G., CE/SH-3/93, 2 febrero 1993. La Realización
Institucional entre la Organización de los Estados Americanos y la Junta Interamericana
de Defensa
Anexo V: OEA/Ser.G., CP/GT/CSH-33/92, 12 mayo 1992. Seguridad
Hemisférica: Junta Interamericana de Defensa (Informe del Relator)
Anexo VI: Resolución AG/RES. 1240 (XXIII-O/93)
La Organización de los Estados Americanos y
la Junta Interamericana de Defensa
La Junta Interamericana de Defensa forma parte del conjunto de
instituciones que constituyen el Sistema Interamericano. En tal sentido, la Junta
Interamericana de Defensa tiene una relación institucional con la Organización de los
Estados Americanos, cuyas características se busca identificar en este trabajo. Con tal
objeto, el mismo presenta el marco general del sistema de seguridad colectiva en la
Organización en el que se origina la Junta Interamericana de Defensa de acuerdo con las
decisiones de los diversos órganos que han intervenido en su creación y las facultades
que le fueron asignadas; presenta la estructura y actividades que ha desarrollado la Junta
e identifica la situación en lo relativo a la relación institucional de la Organización
con la Junta Interamericana de Defensa; también presenta los aspectos más importantes de
la reflexión realizada sobre esa relación en el ámbito de la OEA y en el marco del
proceso de renovación y fortalecimiento de sus instituciones. Debe tenerse presente, por
fin, que este trabajo se vincula con los otros aspectos del sistema de seguridad
colectiva, en especial los acuerdos interamericanos sobre la materia.
- El marco general del sistema de seguridad colectiva en la OEA
La Junta Interamericana de Defensa (JID) encuentra su origen en la
decisión adoptada por la Tercera Reunión de Consulta (Río de Janeiro, 1942) en la cual
los Ministros de Relaciones Exteriores recomendaron "La reunión inmediata, en
Washington, de una comisión compuesta por técnicos militares o navales nombrados por
cada uno de los Gobiernos, para estudiar y sugerir a éstos las medidas necesarias para la
defensa del Continente." Este fue un paso adoptado luego que la Segunda Reunión de
Consulta (La Habana, 1940), reunida inmediatamente después de la invasión por parte de
Alemania a los Países Bajos y a Francia, lo cual provocó la preocupación de los Estado
americanos ante la eventualidad de un reclamo alemán sobre las colonias en América de
los países invadidos. Esta situación originó la Declaración XV "Asistencia
Recíproca y Cooperación Defensiva de las Naciones Americanas" en la cual se
reafirmaba el procedimiento de la consulta entre los Estados y se reiteraba el concepto de
que "un atentado de un Estado no americano contra la integridad o la inviolabilidad
del territorio, soberanía o independencia política de un Estado americano sería
considerado como un acto de agresión contra todos
"
El proceso que tiene lugar en América en ese momento se realiza en el
marco de la confrontación bélica en Europa y en la región de El Pacífico. En ese
cuadro, la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz (México,
1945) sentaría las bases de lo que luego sería el Tratado Interamericano de Asistencia
Recíproca (TIAR), en la resolución "Asistencia Recíproca y Solidaridad
Americana." En lo pertinente a este trabajo, tal resolución mencionaba algunas de
las medidas que los Estados americanos podían adoptar, entre las que indicaba "el
empleo de las fuerzas militares para evitar o repeler la agresión."
- Origen de la Junta Interamericana de Defensa
En función de la mencionada resolución de la Tercera Reunión de
Consulta, el Consejo Directivo de la entonces Unión Panamericana antecedente
inmediato del consejo Permanente de la Organización de los Estados
Americanosconformó una Comisión Especial integrada por los embajadores de Brasil,
Panamá y Venezuela para que estudiaran todos los aspectos relativos al establecimiento de
la Junta Interamericana de Defensa. Sobre la base del informe elaborado por la mencionada
Comisión Especial, el Consejo Directivo adoptó un informe en el que decidió, en su
párrafo final, que "La Junta Interamericana de Defensa será de carácter permanente
y desempeñará sus funciones mientras dure la actual emergencia
"
La Junta Interamericana de Defensa quedó constituida formalmente el 30
de marzo de 1942 y su labor consistiría "en preparar gradualmente a las Repúblicas
americanas para la defensa del Continente mediante la realización de estudios y la
recomendación de las medidas destinadas a tal efecto." 1 En la
Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, ya mencionada, se
adoptó la resolución IV, titulada "Constitución de un Organismo Militar
Permanente" en cuyos párrafos considerandos se afirma, en lo pertinente,
Que las Repúblicas del Continente se han declarado solidarias, hasta
el punto de que cualquier amenaza o ataque a una de ellas constituye un ataque o amenaza
para todas;
Que es indispensable la existencia de un organismo militar permanente,
que estudie y resuelva los problemas que afecten al Hemisferio Occidental;
Que la Junta Interamericana de Defensa ha probado ser un valioso
organismo para el intercambio de puntos de vista, el estudio de problemas y la
formulación de recomendaciones referentes a la defensa del Hemisferio y para fomentar una
estrecha colaboración entre las fuerzas militares, navales y aéreas de las Repúblicas
Americanas.
Sobre la base de estas consideraciones, la Conferencia Interamericana
recomendó:
- Que los Gobiernos consideren la constitución, a la mayor brevedad posible, de un
organismo permanente formado por representantes de cada uno de los estados Mayores de las
Repúblicas Americanas, con el fin de proponer a dichos Gobiernos las medidas tendientes a
la mejor colaboración militar entre todos los Gobiernos y a la defensa del Hemisferio
Occidental.
- Que la Junta Interamericana de Defensa continúe como órgano de la defensa
interamericana hasta que se establezca el organismo previsto en esta Recomendación.
La Conferencia Interamericana para Problemas de la Guerra y de la Paz,
asimismo, adoptó la resolución IX "Reorganización, Consolidación y
Fortalecimiento del Sistema Interamericano" en la que dispuso que continuarían en
funciones los siguientes organismos creados por las reuniones de Consulta: el Comité
Jurídico Interamericano, el Comité Consultivo de Emergencia para la Defensa Política y
la Junta Interamericana de Defensa (párrafo resolutivo 6). Esta situación se
prolongaría hasta que la Novena Conferencia Internacional Americana se reuniera en
Bogotá para crear o confirmar "los diversos organismos del sistema americano."
El Consejo Directivo de la Unión Panamericana, de conformidad con esta resolución,
supervisaría los organismos interamericanos con ella relacionados, recibiendo y aprobando
sus informes anuales (párrafo resolutivo 4.c.).
El 13 de junio de 1945, la Junta Interamericana de Defensa elaboró un
proyecto para la creación del organismo permanente previsto por la mencionada resolución
IV de la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, al cual
denominó "Consejo Militar Interamericano de Defensa." El Consejo Directivo de
la Unión Panamericana, por su parte, al preparar el "Proyecto de Pacto Constitutivo
del Sistema Interamericano" como base de lo que sería la Carta de la Organización,
incluyó, como uno de los órganos del Consejo de la OEA, al "Consejo Interamericano
de Defensa."2
Se llegó así a la Novena Conferencia Internacional Americana,
celebrada en Bogotá en 1948, en la cual se crea la Organización de los Estados
Americanos con su actual estructura jurídica e institucional. En el curso de esta
Conferencia hubo oposición a transformar a la Junta Interamericana de Defensa en órgano
permanente de la Organización. Se ha indicado que
La creación de un Consejo de esta índole en la Carta presuponía la
necesidad permanente de un cuerpo militar dentro del sistema interamericano y que ello
introduciría una nota discordante en relación con sus fundamentos pacíficos y, además,
que haría difícil efectuar un cambio en el futuro o dar por terminadas sus labores. Se
argumentó que la naturaleza específica de las actividades y antecedentes de dicha
entidad no correspondía a la del Consejo de la Organización. Como resultado de esta
oposición, la Junta no fue incorporada en la carta de Bogotá.3
La Novena Conferencia encaró el tema de la colaboración hemisférica
en asuntos militares incorporando a la Carta al Comité Consultivo de Defensa, en
relación con la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, con el objeto
de brindar asesoría en ese tema al Órgano de Consulta (artículo 66); dispuso que este
Comité estaría integrado "por las más altas autoridades militares de los Estados
americanos que participen en la Reunión de Consulta" (artículo 67); su convocatoria
sería realizada en los mismos términos que el Órgano de Consulta cuando éste trate
"asuntos relativos a la defensa contra la agresión" (artículo 68) y que
podría también reunirse cuando la Asamblea General, el Órgano de Consulta o los
gobiernos "por mayoría de las dos terceras partes de los Estados miembros, le
encomienden estudios técnicos o informes sobre temas específicos"(artículo 69).
Cabe señalar que este Comité no ha sido nunca convocado.
La Novena Conferencia, además, adoptó decisiones respecto a la Junta
Interamericana de Defensa. En la resolución XXXIV, la Conferencia consideró que
"conviene que los Estados Americanos estén en aptitud de solicitar información de
la Junta Interamericana de Defensa sobre medidas tendientes a la seguridad colectiva del
Continente Americano" por lo cual resolvió que ella "continuaría actuando como
órgano de preparación para la legítima defensa colectiva contra la agresión, hasta que
los Gobiernos americanos por una mayoría de dos terceras partes, resuelvan dar por
terminadas sus labores."
La resolución VII de esta Novena Conferencia, por su parte,
considerando que esta Conferencia había decidido que la Junta Interamericana de Defensa
"continuara funcionando," resolvió que el presupuesto a que se refiere la Carta
de la Organización deberá incluir "los gastos que requiere la Secretaría de la
Junta Interamericana de Defensa."
La Cuarta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores
(Washington, 1951) adoptó la resolución III denominada "Cooperación Militar
Interamericana" que tiene especial significación respecto al tema del presente
trabajo y por ello será transcrita in extenso. En ella, la Reunión de Consulta
afirma que "la defensa militar del Continente es esencial para la estabilidad de sus
instituciones democráticas y el bienestar de sus pueblos" y recuerda las
obligaciones asumidas por las repúblicas de América en el marco de la Carta de la OEA y
del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca para "actuar conjuntamente en la
defensa común y en el mantenimiento de la paz y la seguridad en el Continente." Esta
resolución hace expresa referencia, asimismo, a que "las actividades expansionistas
del comunismo internacional requieren la adopción inmediata de medidas para salvaguardar
la paz y la seguridad del Continente," expresando
Que la grave situación actual impone a las Repúblicas Americanas la
necesidad de desarrollar su capacidad militar para, de conformidad con el Tratado
Interamericano de Asistencia Recíproca: 1) asegurar su legítima defensa, individual y
colectiva, contra ataques armados; 2) contribuir eficazmente a la acción de la
Organización de los Estados Americanos contra la agresión a cualquiera de éstos; y, 3)
proveer, en el más breve plazo posible, a la defensa colectiva del Continente; y
Que la Novena Conferencia Internacional Americana, en su resolución
XXXIV, encomendó la preparación para la legítima defensa colectiva contra la agresión,
a la Junta Interamericana de Defensa, que como único órgano técnico-militar en
funciones, es el órgano idóneo para la preparación de los planes militares de legítima
defensa contra la agresión.
Sobre la base de tales consideraciones, la IV Reunión de consulta
resolvió:
- Recomendar a las Repúblicas Americanas que orienten su preparación militar de manera
tal que, por medio de su esfuerzo propio y de la ayuda mutua, y de acuerdo con sus
posibilidades y sus normas constitucionales, y de conformidad con el Tratado
Interamericano de Asistencia Recíproca, puedan, sin perjuicio de la legítima defensa
individual y de la seguridad interna: a) incrementar aquellos de sus recursos y reforzar
aquellas de sus fuerzas armadas que mejor se adapten a la defensa colectiva y mantener
esas fuerzas armadas en condiciones tales que puedan estar prontamente disponibles para la
defensa del Continente, y b) cooperar, entre sí, en materia militar, para desarrollar la
potencia colectiva del Continente para combatir la agresión contra cualquiera de ellas.
- Encomendar a la Junta Interamericana de Defensa que prepare con la mayor actividad
posible y mantenga al día, en estrecho enlace con los Gobiernos, por medio de sus
respectivas delegaciones, el planeamiento militar de la defensa común.
- Que los planes formulados por la Junta Interamericana de Defensa serán sometidos a los
Gobiernos para su consideración y decisión. A fin de facilitar la consideración y
decisión, las Delegaciones de las Repúblicas Americanas estarán en consulta permanente
con sus Gobiernos sobre los proyectos, planes y recomendaciones de la Junta.
- Recomendar a los Gobiernos de las Repúblicas Americanas: a) que mantengan
representación adecuada y permanente de sus fuerzas armadas en el Consejo de Delegados,
en el Estado Mayor de la Junta Interamericana de Defensa y en cualquier otro órgano de la
misma que pueda ser establecido en el futuro; b) que apoyen activamente la labor de la
Junta y de su pronta consideración a los proyectos, planes y recomendaciones de ese
organismo; y c) que cooperen en la organización, dentro de la Junta, de un sistema
coordinado de intercambio de informaciones apropiadas.
Lo señalado hasta aquí permite observar que la Junta Interamericana
de Defensa nace en un contexto internacional caracterizado por el enfrentamiento de
Estados del Hemisferio contra potencias extraregionales en el marco de la II Guerra
Mundial. La función concedida a la Junta es la relativa a la cooperación de los Estados
americanos en materias militares. Esta situación de enfrentamiento se prolonga después
de la creación de la Organización de los Estados Americanos, cuando se considera que
existen otras amenazas desde el exterior del Hemisferio que pueden dar lugar a una
agresión contra Estados de la Organización. Esta concepción y funciones se refleja en
la estructura y actividades desempeñadas por la Junta Interamericana de Defensa, aspecto
que se examina a continuación.
- Estructura y actividades de la Junta Interamericana de Defensa
- Órganos
El Presidente de la Junta Interamericana de Defensa, de
acuerdo con sus Estatutos, es un militar representante del país sede, que es Estados
Unidos. Está integrada por cuatro órganos principales: el Consejo de Delegados, el
Estado Mayor, la Secretaría, y el Colegio Interamericano de Defensa.
El Consejo de Delegados es el principal cuerpo encargado de
prestar asesoría a los Gobiernos de los Estados y tomar decisiones en la Junta. Los
Delegados que lo integran son representantes de las jerarquías militares, designados de
manera directa por los Estados que han decidido participar en la Junta. Cada Delegación
tiene derecho a un voto y no existe poder de veto. El Consejo de Delegados determina las
políticas y dirige las actividades de los otros órganos, ya sea en forma directa o a
través de comisiones nombradas especialmente al efecto. El Consejo de Delegados se reúne
en sesiones bimensuales; sin embargo, se puede convocar sesiones extraordinarias cuando lo
considere necesario.
El Estado Mayor desarrolla y actualiza planes militares, prepara
estudios, desempeña las funciones de asesoría y planeamiento necesarias para responder a
los cambios en los asuntos relativos a la seguridad hemisférica y lleva a cabo cualquier
otra tarea que le asigne el Consejo de Delegados. El trabajo se ejecuta a través de las
Divisiones permanentes (Planes, Logística, e Inteligencia) o a través de comités
especialmente nombrados. El Estado Mayor tiene carácter multinacional y está integrado
por oficiales del Ejército, de la Armada, y de la Fuerza Aérea de varios Estados
Miembros. Las Delegaciones pueden asignar al Estado Mayor a tantos oficiales como lo
deseen sin que exista un límite numérico.
Según información proporcionada por la Junta Interamericana de
Defensa, los oficiales del Estado Mayor realizan análisis y formulan propuestas para la
resolución de problemas que son considerados de preocupación colectiva en el Hemisferio,
en las siguientes áreas: desminado, desastres naturales, medidas de fomento de la
confianza mutua y seguridad, control de abuso de drogas, mantenimiento de la paz, medio
ambiente y desarrollo sostenible, derechos humanos, seguridad hemisférica y defensa
continental.
La Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa cumple con
todas las funciones de administración, logística, finanzas, interpretación, protocolo y
relaciones públicas y la gerencia de información.
El Colegio Interamericano de Defensa prepara personal militar y
funcionarios civiles de los Estados Americanos para ocupar cargos de responsabilidad en el
Hemisferio. El Colegio cumple con un plan de estudios de postgrado complementado por
diversos programas académicos, investigaciones y publicaciones.
- Miembros
Actualmente participan activamente en las reuniones los siguientes
19 Estados: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El
Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana,
Trinidad y Tobago, Estados Unidos, Uruguay, Venezuela.
- Actividades
Las actividades desarrolladas por la Junta Interamericana de Defensa
pueden ser agrupadas en tres categorías: aquéllas derivadas de su función de preparar
la legítima defensa respecto a eventuales agresiones provenientes de fuera del Hemisferio
y las actividades de asesoría cooperación militar; las actividades encargadas por
órganos de la Organización y las que le encomienden Estados individuales. En la primera
categoría de actividades, cabe mencionar que la Junta asesoró militarmente a la
Organización en las negociaciones de paz de República Dominicana, proporcionó
observadores militares a la Organización en la crisis de Honduras y El Salvador en 1969,
también proporcionó observadores militares en la cuestión de Belice en 1972 y
proporcionó asesoría y observadores militares en los incidentes fronterizos entre
Honduras y El Salvador en 1976. En la actualidad, la Junta Interamericana de Defensa ha
enfatizado las dos últimas categorías de actividades en los siguientes campos: remoción
de minas terrestres antipersonal, medidas de fomento de la confianza, mitigación y
prevención de desastres naturales y publicaciones. También realiza las actividades de
capacitación propias del Colegio Interamericano de Defensa.
IV.
La relación institucional de la Junta Interamericana de Defensa
y la OEA
De acuerdo con lo expuesto en los acápites I y II de este
documento, puede considerarse que desde el punto de vista normativo e institucional, las
relaciones de la Junta Interamericana de Defensa con el Sistema Interamericano están
signadas, desde su nacimiento mismo, por la ambigüedad. Desde el primer informe de la
Comisión Especial del Consejo Directivo se menciona el carácter "permanente"
de la Junta pero se afirma que desempeñará sus funciones "mientras dure la actual
emergencia." La resolución IV de la III Reunión de Consulta decide que la Junta
continuará en funciones hasta que se establezca un organismo permanente. Este organismo
permanente --el Comité Consultivo de Defensa-- se constituye en relación con la Reunión
de Consulta, como parte del Sistema de Seguridad Colectiva, sin que nunca sea convocado.
Los órganos de la Organización reconocen a la Junta Interamericana de Defensa la
función de organizar la cooperación en materias militares pero no le conceden el
carácter de órgano de la OEA; antes bien, continúan aplicando la decisión adoptada por
la III Reunión de Consulta referida a la designación directa de los delegados a la Junta
por parte de los Gobiernos, a los cuales ella les somete, de manera independiente,
"los planes relativos a la defensa común." Acentúa la ambigüedad la decisión
de la IX Conferencia de incluir el presupuesto de la Junta en el presupuesto general de la
Organización de los Estados
Sobre la base de algunos de estos elementos, la Junta Interamericana de
Defensa se consideró a sí misma que, "como organismo internacional interamericano,
depende directamente de los Gobiernos americanos en virtud de todas las resoluciones que
promueven su creación" y que, de acuerdo con tales resoluciones, "se deduce que
la Junta no es parte integrante o constitutiva de la Organización de los Estados
Este considerando surge además expresamente de la Carta de la Organización
de los Estados " 4 En 1966, el Presidente de la Junta
remitió al Presidente del Consejo Permanente una nota, en uno de cuyos anexos se afirma
lo siguiente 5:
- Los Estados americanos han mostrado su preocupación por la defensa continental,
habiendo adoptado medidas relativas a la preparación para la misma.
- La Organización de los Estados Americanos se ha preocupado por el problema de la
defensa continental, como consecuencia de distintas situaciones de conflicto y por las
actividades expansionistas del comunismo internacional.
- Los Gobiernos americanos no materializaron la recomendación de la Conferencia
Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, de constituir un organismo
permanente para tratar los problemas de cooperación militar que reemplazara a la Junta
Interamericana de defensa.
- No se ha establecido dentro de la Organización de los Estados Americanos ningún
órgano con funciones permanentes de planeamiento de la defensa continental. Los
existentes demuestran una duplicidad y a la vez un conflicto de competencias entre sí y
con las asignadas a la JID.
- La Junta Interamericana de Defensa es un organismo de planeamiento militar permanente
para la defensa continental, sin relación orgánica con la Organización de los Estados
Americanos y sus componentes y está vinculada directamente a los Gobiernos
- Los Gobiernos han estado permanentemente representados en la Junta Interamericana de
Defensa y el Organismo ha producido desde su creación estudios y recomendaciones a
aquellos.
- La Organización de los Estados Americanos ha reconocido la labor de la Junta
Interamericana de Defensa, encomendándole la continuidad de sus estudios y, además,
tareas especiales para la defensa, y recomendando a los Gobiernos le presten apoyo a sus
gestiones y cumplimenten las medidas que sugiera.
La necesidad de precisar las vinculaciones jurídicas e institucionales
de la Organización con la Junta condujo a la elaboración de la opinión jurídica
contenida en el documento ya citado "Situación de la Junta Interamericana con
respecto a la Organización de los Estados Americanos" cuyas conclusiones son las
siguientes:
Según se ha visto, la Junta Interamericana de Defensa es una entidad
que ha sido creada por órganos competentes de la OEA, que ha recibido instrucciones de
los mismos y que les presta servicios y, además, que su presupuesto se incluye en el
Programa-Presupuesto de la Organización, que aprueba la Asamblea General.
Ahora bien, jurídicamente se deben considerar vinculados a la
Organización de los Estados Americanos todos los órganos, organismos y entidades que se
establezcan con fundamento en disposiciones de la Carta de la OEA o de otros fundamentos
jurídicos interamericanos, por la Asamblea General, por la Reunión de Consulta de
Ministros de Relaciones Exteriores o por otro órgano competente para ello.
La decisión de la Conferencia de Bogotá de no incorporar a la Junta
Interamericana de Defensa en la Carta no constituye un elemento suficiente para sostener
que la Junta es una entidad independiente, sin vinculación orgánica con la OEA.
A su vez, el régimen de dependencia directa de la Junta Interamericana
respecto de los Gobiernos de los Estados americanos, que a veces se invoca, configura una
modalidad operativa pero no es incompatible con la existencia de una vinculación
orgánica de la Junta con la Organización.
Por otra parte, las resoluciones VII y XXXIV de la citada Conferencia,
así como lo expresado en varios documentos preparados y aprobados por Representantes de
los Estados miembros de la OEA, permiten determinar que la voluntad de los gobiernos ha
sido la de que la Junta formase parte de la Organización.
Por todo lo expuesto, cabe concluir que la Junta Interamericana de
Defensa es parte integrante de la Organización de los Estados Americanos, no obstante que
no se encuentra incorporada en forma expresa en la Carta de la Organización.
Los acontecimientos registrados en el ámbito internacional y
hemisférico a partir de la década de los años 80, condujeron a revisar el conjunto de
actividades desarrolladas por la Organización en el proceso que se denominó de
Renovación y Fortalecimiento de la Organización de los Estados En el campo
de la seguridad colectiva, se creó la Comisión Especial de Seguridad Hemisférica, la
cual estuvo precedida por las labores del Grupo de Trabajo sobre Cooperación para la
Seguridad Hemisférica. Con posterioridad, se constituyó la actual Comisión de Seguridad
Hemisférica como una de las Comisiones del Consejo Permanente.
En el mencionado Grupo de Trabajo se designó un relator a quien se
encargó estudiar la situación de la Junta Interamericana de Defensa en el contexto
general de las actividades de los órganos, organismos y entidades de la Organización. El
informe elaborado 6 constituyó un punto importante en el replanteo de la
temática de la Junta. El 28 de mayo de 1993 se publicó el Informe de la Comisión
Especial de Seguridad Hemisférica acerca de la Junta Interamericana de Defensa (JID),
cuyo anexo se refiere a la Relación Institucional entre la Organización de los Estados
Americanos y la Junta Interamericana de Defensa.7 El 15 de setiembre de
1993, el Presidente de la Comisión Especial de Seguridad Hemisférica presentó el
documento titulado Junta Interamericana de Defensa: Vinculación Jurídico-Institucional/
Competencias/ Funcionamiento.8
- La nueva realidad internacional y sus efectos en el Hemisferio
De especial interés para este trabajo son las observaciones incluidas
en el Informe del Relator que se ha mencionado (página 43 a 46) relativas al
"ámbito y la circunstancia en que se produce esta reflexión sobre la JID y, en
particular, respecto a sus relaciones con la OEA." Según el Relator, componen este
cuadro "el derrumbe del socialismo marxista y con ello el fin de la Guerra Fría,
como tal, con su notoria influencia sobre ciertos movimientos subversivos en la
región"; el restablecimiento de regímenes democráticos en diversos Estados de la
región; el ingreso de nuevos Estados miembros a la Organización; las nuevas facultades
concedidas al Secretario General por el Protocolo de Cartagena de reformas a la Carta en
el actual artículo 110; la configuración de una nueva agenda de la OEA, en la que se
incluyen, entre otros, los siguientes temas: "la democracia representativa;
incentivos, preservación y fortalecimiento del sistema democrático, seguridad
hemisférica, fortalecimiento del Sistema Interamericano de Protección y Defensa de los
Derechos Humanos, medio ambiente, cooperación técnica y narcotráfico." Menciona
también el Relator el "explícito interés de la JID, reflejado en su plan de
Tareas, presentado en el seno del Consejo Permanente en el año 1991, de participar en los
trabajos de la OEA," así como la "disposición de varias delegaciones de los
Estados miembros de la OEA a considerar el tema de las relaciones de la JID con la
Organización en la búsqueda de una mayor precisión en la naturaleza y alcance de sus
relaciones." Otros elementos que agrega el Relator "es el interés por el tema
militar y un mayor conocimiento de él por la dirigencia política latinoamericana,
"así como "la superación de ciertos prejuicios o de lo que se ha dado en
llamar "anticuerpos" recíprocos de civiles y militares."
Continúa su Informe el Relator indicando como conclusiones provisorias
la necesidad de "profundizar sobre el poder coactivo del Estado y su subordinación
al poder civil legítimamente constituido, así como el papel que le cabe a las fuerzas
armadas en la consolidación democrática, al interior de cada uno de los Estados."
Ante ello, el Relator considera lógico y natural "precisar dentro de la OEA las
relaciones entre los cuerpos políticos
y una entidad profesional con facultades de
asesoramiento en el campo militar, como la JID, máxime si se advierte que en ambos casos
actúan representantes de un mismo gobierno." Según el Relator, esta tarea
corresponde a la Asamblea General, como órgano supremo de la Organización, observando
que
Si bien la conveniencia de clarificación del status de
la JID constituye un sentimiento bastante generalizado en el seno de la OEA
no
puede hablarse todavía de un consenso en la materia, pues existen muy respetables
posiciones que no estiman necesario efectuar tal ejercicio relativo a la JID pues, se
dice, podría continuar funcionando como lo ha hecho en el pasado y lo viene haciendo hoy
día.
En el nuevo ambiente, hemisférico e internacional, se producen las
modificaciones de la Carta de la Organización y se incluye, como uno de sus propósitos
esenciales "Alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que
permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los
Estados miembros." (artículo 2. h).
- Alternativas sobre la vinculación institucional OEA/JID
Las alternativas que se han explorado sobre la relación institucional
de la Organización de los Estados Americanos con la Junta Interamericana de Defensa son
las siguientes:
- Mantener el status quo considerando a la Junta como entidad de la Organización
que presta asesoría y servicios consultivos "de carácter técnico-militar que en
ningún caso podrán tener naturaleza operativa" La resolución N° 1240 (XXIII-O/93)
de la Asamblea General señala que esta es una solución provisoria, hasta tanto se
precise la vinculación jurídico-institucional entre la Junta y la Organización.
- Se ha contemplado también la posibilidad de que la Junta Interamericana de Defensa
constituya un organismo especializado. De acuerdo con el Presidente de la Comisión
Especial de Seguridad Hemisférica 9, si se adoptara esta alternativa,
"la Junta se constituiría como organismo especializado de la OEA en asuntos de
defensa y asesoría técnico-militar. De este modo podría continuar desempeñando las
funciones que originariamente le fueron atribuidas por la IX Conferencia Interamericana y
la Tercera Reunión de Consulta, así como aquellas de asesoramiento profesional que
pudiere solicitarle la OEA." Según ese estudio, al ser organismo especializado, la
Junta gozaría de amplia autonomía técnica y administrativa y procedería que ella
adoptara sus normas de funcionamiento y administración, en el marco del convenio que
debería suscribir con la Organización de los Estados En esta calidad, la
Junta Interamericana de Defensa estaría en la misma categoría que, por ejemplo, la
Organización Panamericana de la Salud, el Instituto Interamericano de Cooperación para
la Agricultura, el Instituto Interamericano del Niño y la Comisión Interamericana de
Mujeres 10.
- Resumen de la situación analizada
El análisis de la situación referida a las vinculaciones jurídicas e
institucionales de la Organización de los Estados Americanos con la Junta Interamericana
de Defensa permite identificar los siguientes aspectos:
- La Junta Interamericana de Defensa fue creada por órganos que constituyen los
antecedentes directos de los órganos políticos de la actual Organización. Su creación
se realiza como parte del naciente sistema de seguridad colectiva en el marco de la II
Guerra Mundial. En ese contexto, se encarga a la Junta que actúe como órgano de
preparación para la legítima defensa colectiva. Los Estados estiman, además, que la
Junta es un organismo útil para el intercambio de opiniones y puntos de vista en materias
militares y para fomentar una estrecha colaboración entre las fuerzas armadas de los
Estados del Hemisferio. De acuerdo con la decisión inicial, los Estados designan de
manera directa sus representantes a la Junta.
- Desde sus inicios, existieron posiciones que consideraron que un organismo de carácter
militar no era congruente con una institución cuyos objetivos fundamentales eran los
relativos a la promoción de la paz y la seguridad. Se observó, también, que el
Presidente de la Junta, era un nacional del Estado sede (Estados Unidos). La solución
adoptada por la Novena Conferencia Interamericana fue instituir, como órgano permanente,
al Comité Consultivo de Defensa como dependiente del Órgano de Consulta y dejar a la
Junta en sus modalidades presentes en ese momento y hasta tanto los Estados miembros de la
Organización decidieran, por mayoría calificada, dar por terminadas sus funciones.
Decidió también incluir el presupuesto de la Junta en el Programa-Presupuesto de la
Organización.
- En el momento inmediatamente posterior a la creación de la Organización de los Estados
Americanos, se consideró necesario que la Junta continuara con las labores de defensa
militar del Hemisferio frente a lo que se estimó eran las amenazas provenientes de los
regímenes socialistas existentes en ese momento. La relación existente entre la
Organización y la Junta condujo a ésta, en un momento, a considerarse como un organismo
interamericano independiente, vinculado con la OEA sólo a través de sus Secretarías y
en función de la adopción del presupuesto.
- El proceso de cambios y reflexión que se registra en el Sistema Interamericano en
general y en la Organización de los Estados Americanos en particular, a partir de la
segunda mitad de la década de los años 80, conduce a identificar algunos elementos
importantes para examinar el papel de la Junta en el marco de la OEA, tales como los
siguientes:
- Uno de los nuevos elementos es el cambio radical sobre la posibilidad de se produzcan
amenazas políticas y bélicas que provengan desde Estados no El
fin de la Unión Soviética y las modificaciones en las relaciones de China con los
Estados del Hemisferio, así como los cambios registrados en la tecnología bélica,
conducen a un replanteo del concepto de agresión proveniente de fuera del Hemisferio.
Este nuevo elemento podría afectar la facultad concedida a la Junta de "preparar la
legítima defensa colectiva frente a la agresión." Estas modificaciones también se
relacionan con la situación de los acuerdos interamericanos en materia de seguridad
colectiva, en especial del TIAR.
- La inclusión, como propósito esencial de la Organización, el de "Alcanzar una
efectiva limitación de armamentos convencionales
" tema que impone la
necesidad de considerar el papel que cumplen los elementos técnicos de naturaleza militar
junto con los elementos de naturaleza jurídica y política.
- El restablecimiento de la institucionalidad democrática en los Estados miembros conduce
a un doble fenómeno: por una parte, a la creación de un nuevo ambiente en las relaciones
entre civiles y militares al interior de los Estados, reconociendo los aportes que éstos
deben realizar para el afianzamiento y desarrollo de los regímenes democráticos; por
otro lado, a que se postule la necesidad de subordinar las actividades militares a las
decisiones de los órganos políticos establecidos en los ordenamientos constitucionales.
Ello da lugar a los planteos referidos a la necesidad de replicar esa realidad al ámbito
de las instituciones del Sistema Interamericano. Esta situación le plantea a la
Organización la necesidad de explorar las consecuencias institucionales que este planteo
conlleva en lo relativo a la estructura y dependencia de la Junta Interamericana de
Defensa.
- El desarrollo de diversos procesos de integración subregionales que integran, en
algunos casos, el elemento militar y originan una dinámica especial, particularmente en
lo referido a la elaboración y aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la
solución pacífica de las controversias.
- La nueva realidad hemisférica presenta requerimientos que, en muchos casos, incorporan
un componente de carácter militar y en tal sentido, la Junta Interamericana de Defensa se
encuentra en posición de prestar su cooperación. Tal es el caso de las actividades
destinadas a lograr la remoción de las minas terrestres antipersonal.
- La modalidad específica que asuma la organización institucional de la Junta
Interamericana de Defensa en el marco de la Organización de los Estados Americanos, de la
cual forma parte, será el resultado del análisis que se realice sobre los objetivos
planteados por la nueva realidad hemisférica e internacional y la historia y modalidades
de operación tanto de la OEA como de la Junta. En tal sentido, la forma institucional que
pueda adoptarse entidad específica u organismo especializado deberá
corresponder a las funciones que los Estados consideren que debe tener la Junta en el
contexto de la realidad hemisférica actual. Este es un tema que los Estados deberán
resolver en el marco de la Asamblea General, luego del proceso que se viene realizando y
en el cual viene teniendo participación la propia Junta Interamericana de Defensa.
Los Anexos I, II, III, IV, V, y VI no se encuentran disponibles
electrónicamente. Estos pueden ser solicitados en la Oficina de Documentos de la OEA o a
través de la Secretaría de la Comisión de Seguridad Hemisférica.
NOTAS BIBLIOGRÁFICAS
Ver "Situación de la
Junta Interamericana de Defensa con respecto a la Organización de los Estados
Americanos," Estudio preparado por el Departamento de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría General a solicitud del Consejo Permanente de la Organización, 15 de agosto
de 1978, página 5, Anexo I.
Ver documento Situación de la Junta
citado,
página 8.
Idem, página 8.
Junta Interamericana de Defensa, Consejo
de Delegados, Resolución sobre el Presupuesto de la Junta Interamerciana de Defensa, Año
Fiscal de 1962, 20 de abril de 1961.
Documento anexo T-266 "Ubicación de
la Junta Interamericana de Defensa dentro del Sistema Interamericano" en documento
OEA/Ser.V/VI-C/INF. 671 del 18 de marzo de 1966, citado en "Situación de la Junta
Interamericana de Defensa
" cit. Página 31 y siguientes.
Documento OEA/Ser.G, CP/GT/CSH, 33/92, 12
de mayo de 1992, que se incluye como anexo a este trabajo.
Documento OEA/Ser.G, CP/doc.2392/93 que
se incluye como anexo a este trabajo.
Documento OEA/Ser.G, CE/SH-18/93 que se
incluye como anexo a este trabajo.
La Junta Interamericana
citado,
página 5.
Documento La Relación Institucional
entre la Organización de los Estados Americanos y la Junta Interamericana de Defensa,
OEA/Ser. G, CE/SH-3/93, anexo al Informe de la Comisión Especial de Seguridad
Hemisférica acerca de la Junta Interamericana de Defensa, , página 28.
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