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OEA/Ser.G
CP/RES. 995 (1832/11)
9 diciembre 2011
Original: español
 


CP/RES. 995 (1832/11)

ELABORACIÓN DE INFORMES Y PLAN DE TRABAJO DEL INSPECTOR GENERAL

(Aprobada en la sesión celebrada el 9 de diciembre de 2011)


EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

TOMANDO EN CUENTA la necesidad de fortalecer aún más las operaciones de la Organización;

OBSERVANDO la actual vacante en la Oficina del Inspector General;

CONSIDERANDO el artículo 113 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos y el artículo 118 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General;

RECORDANDO la Orden Ejecutiva 95-05 de la Secretaría General que establece que “la Oficina del Inspector General gozará de total autonomía técnica y de la más amplia autonomía administrativa posible” y que “la oficina del Inspector General presentará trimestralmente un Informe de gestión al Secretario General, quien lo transmitirá al Consejo Permanente” y que “la Secretaría General informará además al Consejo Permanente sobre cada informe que le presente el Inspector General y, en su Informe Anual a la Asamblea General, dará cuenta de las actividades realizadas por la oficina del Inspector General durante el año y las correspondientes medidas adoptadas por la Secretaría General”;

TENIENDO EN CUENTA los informes anuales de la Junta de Auditores Externos presentados al Consejo Permanente; y

TENIENDO PRESENTE la resolución anual sobre el presupuesto y la actual situación de austeridad financiera de la Organización, así como la necesidad de aumentar la transparencia y responsabilidad de la Secretaría General de la Organización,

RESUELVE:

1. Solicitar al Secretario General que mantenga informados a los Estados Miembros, según corresponda, a través del Consejo Permanente sobre el proceso de selección y nombramiento del Inspector General.
2. Requerir al Inspector General que presente a la Consejo Permanente, dentro de los 30 días previos al inicio de cada año fiscal, un plan de trabajo que indique las probables actividades y áreas de concentración para el próximo año.

3. Requerir que el Inspector General se presente ante la Consejo Permanente y transmita trimestralmente un informe escrito sobre las actividades de la Oficina del Inspector General durante los tres meses previos, incluyendo entre otros, información sobre las Secretarías u Oficinas de la Organización que han sido inspeccionadas o auditadas, los informes de la Junta de Auditores Externos y de los Auditores de la Organización, así como las acciones tomadas con base en esos informes.

4. Solicitar a la Oficina del Inspector General que revise e informe al Consejo Permanente, a más tardar el 1 de enero de 2012, si las enmiendas a los artículos 78 y 80 de las Normas Generales aprobadas mediante la resolución CP/RES. 919 (1597/07) han sido efectivas, a fin de que la Secretaría General cumpla con sus responsabilidades fiduciarias para con los Estados Miembros y donantes en una forma más transparente.

5. Solicitar a la Oficina del Inspector General que fije un cronograma para llevar a cabo una auditoría administrativa sustantiva en forma horizontal y periódica de las secretarías y oficinas de la Organización. Este cronograma deberá ser transmitido al Secretario General de la Organización y a la Consejo Permanente.

6. Solicitar a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios que en el próximo ciclo presupuestario de la Organización le otorgue prioridad a la Oficina del Inspector General para designar un número adecuado de personal profesional y administrativo para llevar a cabo las funciones de la Oficina; dicho personal estará sujeto a las normas que rigen a los funcionarios de la Organización.

7. Revisar esta resolución a más tardar en dos años a partir de la fecha de su aprobación con miras a mejorar el funcionamiento de la Oficina del Inspector General.
 


 

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