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OEA/Ser.G
CP/RES. 962 (1726/09)
4 noviembre 2009
Original: portugués

 

CP/RES. 962 (1726/09)

FECHA DE LA OCTAVA REUNIÓN DE MINISTROS DE JUSTICIA U OTROS MINISTROS, PROCURADORES O FISCALES GENERALES DE LAS AMÉRICAS

(Aprobada en sesión celebrada el 4 de noviembre de 2009)

            EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

Text Box: CP23212S01

 CONSIDERANDO:

Que en las conclusiones y recomendaciones de la Séptima Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas (REMJA-VII/doc.7/08 rev. 1), así como en la resolución AG/RES. 2369 (XXXVIII-0/08), se resolvió “agradecer y aceptar el ofrecimiento de sede de la REMJA-VIII, realizado por Brasil, la cual tendrá lugar en el año 2010”;

Que mediante la resolución AG/RES. 2462 (XXXIX-0/09), la Asamblea General convocó a la Octava Reunión de Ministros de Justicia u Otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas (REMJA-VIII), la cual habrá de celebrarse en Brasil en 2010, sujeto a la disponibilidad de recursos en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos;

Que mediante la resolución antes mencionada se encomendó al Consejo Permanente que fijara una fecha para dicha reunión y que, con el apoyo técnico del Departamento de Cooperación Jurídica de la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General, desarrolle los trabajos preparatorios correspondientes, y

Que en el párrafo 5 del “Documento de Washington” se dispone que la Asamblea General o, cuando ésta no esté en posibilidades de hacerlo, el Consejo Permanente de la OEA convoque formalmente, mediante resolución, a cada una de las REMJA,

RESUELVE:

1.         Disponer que la Octava Reunión de Ministros de Justicia u Otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas (REMJA-VIII) se realizará del 24 al 26 de febrero de 2010, en la ciudad de Brasilia, Brasil.

2.         Encomendar a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios la asignación de los recursos necesarios para financiar la REMJA-VIII y las reuniones preparatorias pertinentes.

 

 
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