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CP/RES. 913 (1577/07)
COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN
CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
(Aprobada en sesión celebrada el 24 de enero de 2007)
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN
DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
TENIENDO PRESENTE:
La resolución AG/RES. 2167 (XXXVI-O/06),
“Establecimiento del Comité previsto en la Convención
Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra las Personas con Discapacidad”;
La Convención Interamericana para la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad, adoptada en Guatemala el 7 de junio de 1999, durante
el vigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General
de la Organización, la cual entró en vigor el 14 de septiembre de 2001;
El artículo VI de dicha Convención que
establece que para dar seguimiento a los compromisos adquiridos en la
misma, se establecerá un Comité para la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, integrado por un
representante designado por cada Estado Parte;
Que en dicho artículo VI se establece que
la primera reunión del Comité será convocada por la Secretaría General
de la Organización de los Estados Americanos;
La nota de la Misión Permanente de Panamá
referente a la primera reunión del Comité que figura en el documento
CP/doc.4165/06, mediante la cual el Gobierno de la República de Panamá
ofrece que su país sea sede de dicha reunión;
Que en su reunión de fecha 18 de
diciembre de 2006, el Consejo Permanente aceptó el gentil ofrecimiento
del Gobierno de Panamá y acordó que la primera reunión del Comité se
celebre los días 26 y 27 de febrero de 2007;
Que con fecha 19 de diciembre de 2006, el
Secretario General convocó a la primera reunión del Comité para la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad;
Que el Gobierno de Panamá ha solicitado
cambiar la fecha de la celebración de la reunión para los días 28 de
febrero y 1º de marzo de 2007; y
VISTOS:
Los documentos CP/CAJP-2434/06 rev.2
titulado “Proyecto de Reglamento del Comité para la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”; y
CP/CAJP-2420/06 rev.4 titulado “Orientación general sobre el contenido
de los informes de los Estados Parte en la Convención Interamericana
para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las
Personas con Discapacidad”, propuestos por el Secretario General en
cumplimiento de la resolución AG/RES. 2167 (XXXVI-O/06) y remitidos a
este Consejo Permanente por su Comisión de Asuntos Jurídicos y
Políticos,
RESUELVE:
1. Agradecer al Gobierno de Panamá por su
gentil ofrecimiento de ser sede de la primera reunión del Comité para la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad, que se celebrará los días 28 de febrero y 1º de marzo
de 2007.
2. Transmitir a dicho Comité el documento
CP/CAJP-2434/06 rev.2 titulado “Proyecto de Reglamento del Comité para
la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad”; y a los Estados Parte el documento CP/CAJP-2420/06
rev.4 titulado “Orientación general sobre el contenido de los informes
de los Estados Parte en la Convención Interamericana para la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con
Discapacidad”.
3. Exhortar a los Estados Parte en la
Convención a que nombren, antes del 31 de enero de 2007, sus respectivos
representantes, y que éstos desempeñen sus funciones a título personal y
con independencia, y sean personas de alta autoridad moral y tengan
conocimientos técnicos sólidos y experiencia en los diferentes temas que
abarca la Convención.
4. Exhortar a los Estados Parte, tal como
se estipula en el artículo VI, inciso 4, de la Convención, a que
presenten un informe, tomando en cuenta las “Orientaciones generales
sobre el contenido de los informes de los Estados Parte en la Convención
Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra las Personas con Discapacidad” documento CP/CAJP-2420/06 rev.4.
5. Solicitar al Secretario General que,
de conformidad con el artículo VI, inciso 7, de la Convención, siga
brindando el apoyo que se requiera para el cumplimiento de las funciones
del Comité.
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