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OEA/Ser.G
CP/RES. 912 (1574/06)
14 diciembre 2006
Original: español

CP/RES. 912 (1574/06)

LEVANTAMIENTO TEMPORAL DE LA PAUSA EN EL
OTORGAMIENTO DE NUEVAS BECAS

(Aprobado en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2006)

 

EL CONSEJO PERMANENTE Y LA COMISIÓN EJECUTIVA PERMANENTE DEL CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

VISTA la resolución de la Asamblea General AG/RES. 2257 (XXXVI-O/06) “Programa-presupuesto de la Organización para 2007, Cuotas y contribuciones para el FEMCIDI 2007”;

CONSIDERANDO que dicha resolución estableció una pausa inmediata y temporal en el otorgamiento de nuevas becas y que esta pausa permanecería vigente hasta que el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral y el Consejo Permanente, en una reunión conjunta, acordarán su levantamiento; y

RECONOCIENDO que el ciclo de selección de becas del año 2007 será de carácter excepcional,

RESUELVEN:

1. Aprobar el levantamiento temporal de la pausa y autorizar el otorgamiento de nuevas becas que se seleccionarán en el año 2007 para realizar estudios que se iniciarán no más tarde de marzo de 2008.

2. Acordar que para el ciclo de becas que se seleccionarán en el año 2007 regirá provisionalmente el Proyecto de Manual de Procedimientos de los Programas de Becas y Capacitación presentado por la Secretaría (CEPCIDI/SCSD/doc.328/06), y que las siguientes convocatorias se regirán por el Manual, cuando éste sea aprobado.

3. Fijar como plazo límite para tener aprobado definitivamente el nuevo Manual de Procedimientos de los Programas de Becas y Capacitación el 15 de marzo de 2007, en caso contrario la resolución AG/RES. 2257 (XXXVI-O/06) recobrará vigencia.

4. Acordar que las becas conocidas como “SPECAF”, dado que tienen su propia partida presupuestaria y una dinámica particular, se continuarán otorgando con los mismos criterios de distribución que actualmente se utilizan y bajo el entendido que se hará dentro de los límites presupuestarios autorizados en el programa-presupuesto de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para el año 2007, y que éstas también estarán sujetas al mismo tope máximo por año académico para el costo total por beca que se aplicará al resto de las becas que se otorgaran en 2007.

5. Fijar un límite de 34 becas “autocolocadas” y dejar las becas “colocadas por la OEA” sin más límite que el que marque el presupuesto, de tal forma que no se comprometan becas por encima de lo que se puede otorgar presupuestariamente. Ningún país tendrá menos de dos becas en el ciclo de selección que se realizará en el año 2007, asegurando así el acceso a becas para todos los países, prioritariamente a los de menor desarrollo.

6. Ningún país podrá recibir en sus universidades más del 40% del número total de los becarios seleccionados para estudios de postgrado.

7. Establecer un tope máximo por año académico para el costo total por beca de $30.000,00 dólares estadounidenses.

 

 
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