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OEA/Ser.G
CP/RES. 912 (1574/06)
14 diciembre 2006
Original: español |
CP/RES. 912 (1574/06)
LEVANTAMIENTO TEMPORAL DE LA PAUSA EN EL
OTORGAMIENTO DE NUEVAS BECAS
(Aprobado en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2006)
EL CONSEJO PERMANENTE Y LA COMISIÓN
EJECUTIVA PERMANENTE DEL CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
VISTA la resolución de la Asamblea General AG/RES. 2257 (XXXVI-O/06)
“Programa-presupuesto de la Organización para 2007, Cuotas y
contribuciones para el FEMCIDI 2007”;
CONSIDERANDO que dicha resolución estableció una pausa inmediata y
temporal en el otorgamiento de nuevas becas y que esta pausa
permanecería vigente hasta que el Consejo Interamericano para el
Desarrollo Integral y el Consejo Permanente, en una reunión conjunta,
acordarán su levantamiento; y
RECONOCIENDO que el ciclo de selección de becas del año 2007 será de
carácter excepcional,
RESUELVEN:
1. Aprobar el levantamiento temporal de la pausa y autorizar el
otorgamiento de nuevas becas que se seleccionarán en el año 2007 para
realizar estudios que se iniciarán no más tarde de marzo de 2008.
2. Acordar que para el ciclo de becas que se seleccionarán en el año
2007 regirá provisionalmente el Proyecto de Manual de Procedimientos de
los Programas de Becas y Capacitación presentado por la Secretaría (CEPCIDI/SCSD/doc.328/06),
y que las siguientes convocatorias se regirán por el Manual, cuando éste
sea aprobado.
3. Fijar como plazo límite para tener aprobado definitivamente el nuevo
Manual de Procedimientos de los Programas de Becas y Capacitación el 15
de marzo de 2007, en caso contrario la resolución AG/RES. 2257 (XXXVI-O/06)
recobrará vigencia.
4. Acordar que las becas conocidas como “SPECAF”, dado que tienen su
propia partida presupuestaria y una dinámica particular, se continuarán
otorgando con los mismos criterios de distribución que actualmente se
utilizan y bajo el entendido que se hará dentro de los límites
presupuestarios autorizados en el programa-presupuesto de la
Organización de los Estados Americanos (OEA) para el año 2007, y que
éstas también estarán sujetas al mismo tope máximo por año académico
para el costo total por beca que se aplicará al resto de las becas que
se otorgaran en 2007.
5. Fijar un límite de 34 becas “autocolocadas” y dejar las becas
“colocadas por la OEA” sin más límite que el que marque el presupuesto,
de tal forma que no se comprometan becas por encima de lo que se puede
otorgar presupuestariamente. Ningún país tendrá menos de dos becas en el
ciclo de selección que se realizará en el año 2007, asegurando así el
acceso a becas para todos los países, prioritariamente a los de menor
desarrollo.
6. Ningún país podrá recibir en sus universidades más del 40% del número
total de los becarios seleccionados para estudios de postgrado.
7. Establecer un tope máximo por año académico para el costo total por
beca de $30.000,00 dólares estadounidenses.
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