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OEA/Ser.G
CP/RES. 811 (1315/02)
13 abril 2002
Original: español |
CP/RES. 811 (1315/02)
SITUACIÓN EN VENEZUELA
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
CONSIDERANDO que la Carta
de la Organización de los Estados Americanos reconoce que la democracia
representativa es indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de
la región y que uno de los propósitos de la OEA es promover y consolidar la
democracia representativa dentro del respeto del principio de no intervención;
REAFIRMANDO el derecho de los pueblos de las Américas a la democracia y la
obligación de los gobiernos de promoverla y defenderla;
TENIENDO EN CUENTA que la Carta Democrática Interamericana reconoce como
elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a
los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su
ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas,
libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de
la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas
y la separación e independencia de los poderes públicos;
REITERANDO que son
componentes fundamentales del ejercicio de la democracia la transparencia de las
actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en
la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de
expresión y de prensa y la subordinación constitucional de todas las
instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida y el
respeto al estado de derecho de todas las entidades y sectores de la sociedad
son igualmente fundamentales para la democracia;
TENIENDO PRESENTE el
deterioro del orden institucional y del proceso democrático en Venezuela;
CONSIDERANDO que en Venezuela se ha producido una alteración del orden
constitucional que afecta gravemente su orden democrático, que da lugar a la
aplicación de los mecanismos previstos en el artículo 20 de la Carta Democrática
Interamericana.
RESUELVE:
1.
Condenar la alteración del orden constitucional en Venezuela.
2.
Condenar los lamentables hechos de violencia que han provocado la pérdida
de vidas humanas.
3.
Expresar su solidaridad con el pueblo venezolano y apoyar su voluntad de
restablecer una democracia plena, con garantías ciudadanas y de respeto a las
libertades fundamentales, en el marco de la Carta Democrática Interamericana.
4.
Instar a la normalización de
la institucionalidad democrática en Venezuela en el marco de la Carta Democrática
Interamericana.
5.
Enviar a Venezuela, con la mayor urgencia, una Misión encabezada por el
Secretario General de la OEA, con el objeto de investigar los hechos y emprender
las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para
promover la más pronta normalización de la institucionalidad democrática. De sus gestiones se mantendrá informado al Consejo
Permanente.
6.
Convocar, de conformidad con el artículo 20, párrafo tercero, de la
Carta Democrática Interamericana, a un período extraordinario de sesiones de
la Asamblea General a celebrarse en
la sede de la Organización el jueves 18 de abril de 2002 para recibir el
informe del Secretario General y adoptar las decisiones que se estimen
apropiadas.
7.
Continuar la consideración de este asunto.
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