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OEA/Ser.G
CP/RES. 778 (1255/00)
8 noviembre 2000
Original: español |
CP/RES. 778 (1255/00)
OTORGAMIENTO AL REINO DE NORUEGA DE LA CONDICIÓN
DE OBSERVADOR PERMANENTE ANTE LA ORGANIZACIÓN
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
VISTOS la solicitud del Gobierno del
Reino de Noruega para que se le conceda la condición de Observador Permanente
ante la Organización de los Estados Americanos (CP/doc.3362/00) y el informe
correspondiente de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos
(CP/CAJP-1704/00);
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución AG/RES.50
(I-O/71), "Observadores Permanentes en la Organización de los Estados
Americanos", la Asamblea General estableció la condición de Observador
Permanente en la Organización de los Estados Americanos y encomendó al Consejo
Permanente la tarea de determinar los criterios y la oportunidad de dar efecto
y cumplimiento a esa disposición; y
Que de acuerdo con la resolución
CP/RES. 407 (573/84), "Procedimientos revisados para la concesión de la
condición de Observador Permanente", todo Estado independiente puede
solicitar la condición de Observador Permanente ante la Organización de los
Estados Americanos,
RESUELVE:
1. Otorgar al
Reino de Noruega la condición de Observador Permanente ante la Organización de
los Estados Americanos, de conformidad con los términos de las resoluciones
AG/RES. 50 (I-O/71) de la Asamblea General y CP/RES. 407 (573/84) de este
Consejo.
2. Invitar al
Gobierno del Reino de Noruega para que acredite un Observador Permanente ante
los órganos, organismos y entidades de la Organización, de conformidad con lo
que establece el párrafo dispositivo 7 de la resolución CP/RES. 407 (573/84).
3. Solicitar
al Secretario General que comunique esta resolución al Gobierno del Reino de
Noruega y posteriormente a los órganos, organismos y entidades de la
Organización, incluyendo a los organismos especializados
interamericanos.
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Índice de Resoluciones
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