Secretaría de la Asamblea General, la Reunión de Consulta, el Consejo
Permanente y Órganos Subsidiarios
Servicios para el
Consejo Permanente
El Secretario
General Adjunto de la Organización es el Secretario del Consejo Permanente, y
de sus órganos subsidiarios, organismos y comisiones, de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 115 de la Carta de la Organización.
Los servicios que
presta la Oficina de la Secretaría de la Asamblea General, la Reunión de
Consulta, Consejo Permanente y Órganos Subsidiarios son, entre otros, los siguientes:
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Presta el asesoramiento que requieran el Consejo Permanente, sus órganos
subsidiarios y comisiones; les proporciona servicios permanentes y adecuados
de secretaría; cumple sus mandatos y encargos; y recibe, traduce y distribuye
los documentos, informes y resoluciones de los mismos.
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Distribuye los registros de las sesiones del Consejo Permanente, y las
síntesis de las sesiones de la Comisiones y Grupos de Trabajo dentro de las
72 horas siguientes a la respectiva sesión.
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Toma las providencias necesarias para que la Asamblea General disponga de los
informes de los órganos, organismos y entidades de la Organización al
considerar las observaciones y recomendaciones que eleve al Consejo
Permanente, en atención a lo dispuesto en los artículos 54 (f) y 91 (f) de la
Carta, así como en el artículo 61 del Estatuto.
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Facilita las salas y la asistencia necesaria para la celebración de reuniones
oficiosas de miembros del
Consejo Permanente.
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Programa las sesiones evitando que se convoquen reuniones simultáneas de
subcomisiones
y grupos de trabajo de una misma comisión y para utilizar debidamente los
servicios de interpretación.
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Distribuye la
versión textual del acta de cada sesión del Consejo Permanente a las
misiones, delegaciones o representaciones y, cuando corresponda, a los
observadores permanentes.
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