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Breve historia del Comité
Jurídico Interamericano

El más antiguo antecedente del
Comité Jurídico
Interamericano lo constituye la Comisión Permanente de
Jurisconsultos de Rio de Janeiro, creada por la Tercera
Conferencia Internacional Americana de 1906. Su primera
reunión se efectuó en 1912, aunque el período de mayor
importancia fue durante el año 1927 en el cual se aprobaron
doce proyectos de convención de derecho internacional
público y el Código Bustamante en el campo del
derecho internacional privado.
Posteriormente en 1933, durante la VII Conferencia
Panamericana de Montevideo, se establecieron las Comisiones
Nacionales para la Codificación del Derecho Internacional así como la Comisión Interamericana de Expertos cuya primera
sesión se celebró en la ciudad de Washington, D.C., en abril
de 1937.
En 1939, del 26 de septiembre al 3 de octubre, se realizó la
Primera Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de las
Repúblicas Americanas en la cual se creó el Comité
Interamericano de Neutralidad. Este Comité actuó durante más
de dos años hasta que en 1942 fue transformado en el Comité
Jurídico Interamericano por la Tercera Reunión de Consulta
de Ministros de Relaciones Exteriores, celebrada en Rio de
Janeiro, mediante resolución XXVI. Se determinó además que
el Comité Jurídico Interamericano tuviera su sede en la
ciudad de Rio de Janeiro.
En 1948, la IX Conferencia Internacional Americana, reunida
en Bogotá, adoptó la
Carta de la Organización de los
Estados Americanos, mediante la cual se creó el Consejo
Interamericano de Jurisconsultos con un representante por
cada Estado miembro con funciones de consulta y de
desarrollo jurídico en los asuntos jurídicos de la OEA. Su
comisión permanente sería el propio Comité Jurídico
Interamericano, integrado por nueve juristas de los Estados
miembros y encargado, con amplia autonomía técnica, de
emprender los estudios y trabajos preparatorios que le
fueran confiados por determinados órganos de la Organización.
Más tarde, en 1967, la III Conferencia Interamericana
Extraordinaria, reunida en Buenos Aires, Argentina, aprobó
el
Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de
los Estados Americanos o Protocolo de Buenos Aires,
mediante el cual se elimina el Consejo Interamericano de
Jurisconsultos cuyas funciones pasaron al Comité Jurídico
Interamericano, elevándolo así al nivel de órgano principal
de la OEA.
El Comité Jurídico Interamericano tiene como
atribuciones
básicas, según el
artículo 99 de la Carta, las de:
...servir de cuerpo consultivo de la Organización en
asuntos jurídicos, promover el desarrollo progresivo y
la codificación del derecho internacional, y estudiar
los problemas jurídicos referentes a la integración de
los países en desarrollo del Continente y la posibilidad
de uniformar sus legislaciones en cuanto parezca
conveniente.
Le compete asimismo, según el artículo 100 de la Carta:
...emprender los estudios y trabajos preparatorios que
le encomienden la Asamblea General, la Reunión de
Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores o los
Consejos de la Organización. Además, puede realizar, a
iniciativa propia, los que considere conveniente, y
sugerir la celebración de conferencias jurídicas
especializadas.
El Comité
Jurídico Interamericano tiene su sede en la ciudad de Rio de
Janeiro pero en casos especiales puede celebrar reuniones en
cualquier otro lugar que oportunamente designe, previa
consulta con el Estado miembro correspondiente. Además, está
integrado por once juristas nacionales de los Estados
miembros de la Organización, los cuales representan el
conjunto de los Estados y tiene la más amplia autonomía
técnica. |