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Comité Jurídico Interamericano
 

» Estatuto del Comité Jurídico Interamericano

CAPITULO I

NATURALEZA Y FINALIDADES

Artículo 1: El Comité Jurídico Interamericano es uno de los órganos por medio de los cuales la Organización de los Estados Americanos realiza sus fines. Está integrado y funciona de acuerdo con las disposiciones de la Carta y las del presente Estatuto.

Artículo 2: El Comité representa al conjunto de los Estados miembros de la Organización y tiene la más amplia autonomía técnica. Los miembros del Comité tienen total independencia en sus opiniones y gozan de los privilegios e inmunidades que establece el artículo 134 de la Carta.

Artículo 3: El Comité tiene como finalidad servir de cuerpo consultivo de la Organización en asuntos jurídicos; promover el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional, y estudiar los problemas jurídicos referentes a la integración de los países en desarrollo del Continente y la posibilidad de uniformar sus legislaciones en cuanto parezca conveniente.

   
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