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TRABAJO

  1. Balance
    1. Acorde con su creciente participación en la fuerza de trabajo, el empleo de las mujeres ha aumentado tanto en números absolutos como respecto de su proporción en la población económicamente activa. El trabajo femenino continúa concentrándose sin embargo en actividades del sector de servicios y en tareas rutinarias en el sector industrial. A pesar de su capacitación cada vez mayor, las mujeres desempeñan un pequeño porcentaje de los cargos directivos más altos en la empresa. La información estadística disponible señala que existe discriminación en el salario que se paga a las mujeres, en un doble aspecto: por una parte, en los distintos sectores de actividad económica, el salario medio femenino es menor que el masculino. Por otra, las mujeres trabajadoras con un grado de educación igual al de sus homólogos masculinos, ganan menos que éstos. Señala igualmente la información al respecto que el nivel de desempleo femenino es relativamente mayor que el masculino en la mayoría de los países, lo que indica que la mujer encuentra mayores obstáculos que el hombre para conseguir una ocupación remunerada y es más vulnerable cuando se reduce el empleo.
    2. En muchas partes de la región, en particular las zonas más pobres, las mujeres por lo general encuentran empleo en pequeñas empresas, los sectores informales rurales y urbanos, las unidades familiares o el servicio doméstico, muchos de los cuales están, por lo general, exentos u ocultos a la legislación laboral o de empleo de un país. Alternativamente, las mujeres que buscan ganarse la vida trabajan por cuenta propia, vendiendo productos como frutas, hortalizas o sus propios servicios. En los trabajos agrícolas y de plantación, el trabajo de las mujeres no es reconocido y muchas veces está por fuera de las normas legales; su doble papel de asalariadas y de amas de casa les dejan pocas posibilidades para negociar mejores condiciones a través de las organizaciones de trabajadoras. Les resulta difícil organizarse colectivamente, ya que por lo general se encuentran en lugares de trabajo muy dispersos.
    3. La mayoría de los países de la región ha consagrado en sus legislaciones el principio de que a igual trabajo corresponde igual salario y en general ha ratificado Convenciones Internacionales que contienen dicho principio, aunque en la práctica no se supervisa ni exige su ejecución. Es preciso fortalecer las prácticas y los procedimientos para exigir el cumplimiento. Igualmente, las legislaciones nacionales garantizan la igualdad de acceso al trabajo, sin distinción de sexos. A pesar de ello, existen todavía en la legislación laboral ejemplos de disposiciones claramente discriminatorias en cuanto a salarios y condiciones de trabajo, seguro social, etc. Es frecuente la prohibición, con un criterio aparente de protección, de emplear mujeres en trabajos nocturnos, "peligrosos" o "insalubres".
    4. En la mayoría de los casos, las cuentas nacionales aún no incluyen ni el trabajo doméstico ni el trabajo no remunerado.
    5. Las estadísticas laborales a menudo excluyen e invisibilizan a la mujer rural de la fuerza de trabajo y del empleo, aun cuando su aporte al producto del campo es muy apreciable.
    6. Uno de los factores fundamentales que determinan la capacidad de las mujeres para autoemplearse a través de la actividad empresarial es el acceso al crédito. Las mujeres enfrentan todavía serias dificultades para acceder a créditos y financiamientos.
    7. Se sigue considerando el cuidado de los hijos y las responsabilidades familiares como una obligación predominantemente de las mujeres, lo que limita el acceso de éstas a trabajos asalariados. La disponibilidad de guarderías u otros servicios que faciliten el cuidado de los niños es aún muy limitada en la región y generalmente no es entendida como una responsabilidad social. Tampoco existen suficientes reglamentaciones sobre el trabajo en jornadas parciales, lo que permitiría a mujeres y hombres compartir responsabilidades familiares, sin detrimento de sus beneficios laborales.
    8. Diversos grupos de mujeres se encuentran aún en situación de desventaja en lo referente a sus condiciones de trabajo, seguridad social y otros servicios y leyes de protección. En esta condición se encuentran las trabajadoras domésticas, las mujeres campesinas y las inmigrantes, que muchas veces se ven obligadas a aceptar empleos que son invisibles para el gobierno y los sindicatos, lo que las coloca en una situación de falta de protección y vulnerabilidad.
    9. En muchos casos no se conoce la gravedad y la magnitud del problema del acoso sexual en el lugar de trabajo y no existen legislaciones o instrumentos jurídicos que lo sancionen adecuadamente.
    10. Las nuevas formas industriales y de organizaciones empresariales acordes con economías de mercado globalizadas, por lo general afectan negativamente al conjunto de la población trabajadora, y en particular a las mujeres, en cuanto a las posibilidades de organizarse o sindicalizarse y, consecuentemente, a la defensa de sus derechos.
    11. Algunos países han expresado serias preocupaciones por conocer la influencia que podrían tener los acuerdos subregionales de comercio como la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC), el Mercosur y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC), en las condiciones de empleo de las mujeres.

OBJETIVOS:

  1. Igualar las oportunidades de trabajo y de remuneración, tanto para mujeres como para hombres, en los diversos sectores económicos.
  2. Fomentar un tratamiento equitativo para las mujeres y los hombres que trabajan y democratizar las responsabilidades de trabajo y de familia.
  1. Estrategias

    Políticas y planificación económica

    1. La CIM debería promover la reformulación de las políticas de empleo con el fin de integrar la perspectiva de género y llamar la atención hacia una gama más amplia de oportunidades, así como encarar cualquier implicación negativa de los patrones actuales de trabajo y de empleo en lo que se refiere al género. La modificación de las políticas de empleo requiere:
      1. asegurar que todas las políticas macro y microeconómicas estén sujetas a un análisis del impacto en cuanto al género, y que los resultados de dicho análisis sean reconocidos, adoptándose las medidas necesarias;
      2. asignar una alta prioridad a la formulación de aquellas políticas económicas que tienen un impacto positivo sobre el empleo de las mujeres trabajadoras;
      3. ampliar la gama de oportunidades de empleo de las mujeres, incluyendo el apoyo a las actividades empresariales y las ocupaciones no tradicionales, con especial atención a las mujeres de zonas rurales, discapacitadas e integrantes de minorías;
      4. estimular y asistir en la creación de un mayor número de empleos en todos los sectores de actividad sin segregación por razones de sexo y con una apropiada y equitativa evaluación de tales empleos;
      5. reconsiderar la triple división del ciclo de vida (educación, trabajo y retiro) teniendo en cuenta las interrelaciones que existen entre las mismas, así como las responsabilidades de los trabajadores de ambos sexos en cuanto al hogar, los hijos, el cuidado de los ancianos y la familia y
      6. integrar el principio de no discriminación entre hombres y mujeres y la igualdad en el acceso y la utilización de la seguridad social.

    Educación y capacitación

    1. Se debe dar mayor importancia a la planificación de los recursos humanos para que la educación y la capacitación en servicio estén de acuerdo con la demanda laboral de los respectivos sistemas económicos.
    2. La capacitación ocupacional para las mujeres debería incluir también la enseñanza y la asistencia técnica para que puedan trabajar en forma independiente, por ejemplo, a través de programas que brindaran la tecnología adecuada a las mujeres campesinas, programas de artesanías, etc. Ello debería incluir capacitación en técnicas de administración, en nuevas tecnologías, y en otros campos que las preparen para desempeñarse exitosamente a nivel gerencial en las empresas. Análogamente, deberían crearse proyectos para informar sobre legislación laboral, a fin de que las mujeres se familiaricen con sus derechos y estén en mejores condiciones de exigir su cumplimiento.
    3. El nuevo modelo de desarrollo de los mercados libres exige tener una fuerza laboral capacitada. Por lo tanto, es preciso utilizar varias formas de capacitación para la preparación de la mujer adulta de bajos ingresos ofreciéndole mayores opciones de capacitación y desarrollo que le permitan participar en actividades productivas mejor remuneradas, y asignando mayores recursos a la educación formal y no formal, incluyendo programas de alfabetización.

    Aspectos jurídicos

    1. Es necesario promover legislaciones que consideren las responsabilidades familiares como una obligación compartida por ambos padres. En este contexto, sería especialmente importante adoptar normas que reglamenten el trabajo a tiempo parcial de mujeres y hombres, a fin de permitirles asumir en forma indistinta las responsabilidades familiares. Igualmente importante es lograr la extensión tanto de la cobertura de los sistemas de seguridad o protección social como de legislación a la población rural y a las/los trabajadores/as del servicio doméstico remunerado, toda vez que sea aplicable. Además, debe completarse en la región el proceso de aprobación y adhesión a las convenciones internacionales que prohíben la discriminación por razón de sexo. En ambas instancias, es esencial fortalecer los medios de supervisión y de aplicación de las leyes pertinentes por medio de la creación de mecanismos claros y efectivos.
    2. La CIM deberá instar a los gobiernos a tomar las medidas necesarias, incluyendo la aprobación de leyes que aseguren la eliminación de la discriminación por razón de sexo en el lugar de trabajo, particularmente en lo que respecta a la contratación, el adiestramiento y el ascenso de empleados, las condiciones y los beneficios de empleo, el acoso sexual y la discriminación racial, y los despidos. Es preciso adoptar medidas especiales para abordar las múltiples discriminaciones que enfrentan las mujeres de minorías étnicas o raciales, las discapacitadas, indígenas rurales y migrantes.

    Medidas especiales

    1. Promover y fortalecer las agencias de empleo a fin de que establezcan programas especiales destinados a asegurar el acceso de las mujeres a los mercados de trabajo en igualdad de condiciones.
    2. Adoptar medidas especiales para la ampliación de las oportunidades profesionales a las jóvenes, tanto en lo referente a la capacitación, como al fomento de oficios y carreras no tradicionales.
    3. Apoyar la formación y el fortalecimiento de las organizaciones de trabajadoras y de mujeres profesionales, brindándoles asesoramiento para apoyar su incorporación a las organizaciones sindicales y gremiales en igualdad de condiciones, a fin de que puedan ejercer una defensa efectiva de sus derechos laborales.
    4. Acrecentar y fomentar el acceso de las mujeres a los medios y factores de producción, instituyendo programas de crédito, vivienda, asistencia técnica y capacitación en varios sectores de la economía. Debe también propugnarse por la adopción de políticas y estrategias para la promoción del empleo femenino.
    5. Apoyar a las mujeres de bajos ingresos, mediante la ejecución de programas especiales de empleo y generación de ingresos que procuren su plena incorporación a los procesos de desarrollo y de la elevación de sus condiciones de vida.

    Acceso al crédito

    1. Crear y desarrollar instrumentos crediticios destinados específicamente a las necesidades de las mujeres, tales como fondos rotatorios para financiar las actividades empresariales de las mujeres y establecer mecanismos diferentes para el acceso al crédito.

    Cooperación horizontal

    1. La CIM debería fomentar las actividades de cooperación técnica horizontal mediante acuerdos bilaterales y multilaterales como medio de transmitir y emular experiencias destinadas a aumentar el ingreso y generar empleo para la mujer.

    Estadísticas, información y análisis

    1. Promover la incorporación de información estadística sobre el empleo, subempleo y desempleo desagregado por género, en los sistemas nacionales de estadística.
    2. Realizar estudios y elaboran y desarrollar indicadores para evaluar el trabajo no remunerado de las mujeres.

    Condiciones de trabajo

    1. Tomar medidas para poner fin a la discriminación de las mujeres para el acceso al trabajo y asegurar la igualdad de condiciones de trabajo para mujeres y hombres, en especial en cuanto a edad, estado civil, salud, salario y seguridad.
    2. Establecer medidas para impedir que la función reproductiva de las mujeres se utilice para justificar un tratamiento discriminatorio. Deben adoptarse medidas efectivas para asegurar que las embarazadas y las madres en períodos de lactancia tengan derecho a la licencia y los beneficios requeridos por su condición.
    3. Los gobiernos, empleadores, sindicatos, entre otros, deberán tomar medidas para prevenir y eliminar el acoso sexual y la discriminación racial y toda forma de violencia en el lugar de trabajo. Al respecto es preciso despertar la conciencia social y adoptar nuevas legislaciones y medidas de sanción, según sea necesario.
    4. La reproducción debe entenderse como una responsabilidad social. Es necesario mejorar e incrementar la asistencia que permitan a las madres y padres que trabajan cuidar a sus niños y ancianos.

    Mecanismos regionales y subregionales de comercio

    1. Fomentar la realización de estudios para determinar el impacto de los acuerdos regionales y subregionales de comercio en las características y condiciones de las mujeres.

    Cooperación interinstitucional

    1. La CIM debe buscar una colaboración efectiva con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y con otros organismos intergubernamentales a fin de desarrollar estrategias efectivas para la organización de las mujeres en el sector no organizado, asegurar el cumplimiento de las normas internacionales y mejorar las condiciones de trabajo de la mujer.

 

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