OEA/Ser.P
AG/RES. 1833 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: español

RESOLUCIÓN

ESTUDIO SOBRE EL ACCESO DE LAS PERSONAS A LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTOS:

El informe del Consejo Permanente sobre la evaluación y el perfeccionamiento del sistema interamericano de protección y promoción de los derechos humanos, presentado en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1701 (XXX-O/00) (CP/doc. /01);

La Declaración y el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en Canadá, en abril de 2001;

La propuesta del Gobierno de Costa Rica (CP/doc.3405/01) "Proyecto de Protocolo Facultativo a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos" (AG/doc.629/01);

Las recientes reformas reglamentarias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto al acceso de las personas al sistema interamericano de derechos humanos;

CONSIDERANDO que los Jefes de Estado y de Gobierno en el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, decidieron continuar promoviendo medidas concretas para fortalecer y perfeccionar el sistema interamericano de derechos humanos, en particular, el funcionamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, encomendando, entre otros temas, facilitar el acceso de las personas al mecanismo interamericano de protección de los derechos humanos;

TENIENDO PRESENTE que el derecho internacional de los derechos humanos tiene como característica intrínseca que la persona es sujeto del derecho internacional; y

CONSIDERANDO que el diálogo sobre el fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos logró grandes avances en la identificación de áreas que requieren de un mayor estudio, en aras de desarrollar un sistema de derechos humanos sólido y eficaz que evolucione teniendo como única finalidad la protección del individuo y la salvaguardia de sus derechos fundamentales,

RESUELVE:

1. Encomendar al Consejo Permanente que inicie el estudio del acceso de la víctima a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (ius standi) y su puesta en práctica.

2. Encomendar al Consejo Permanente que, en la consideración del estudio mencionado en el párrafo anterior, tome en cuenta dentro de los referentes el estudio realizado por el Gobierno de Costa Rica (AG/CP/doc.629/01), así como las recientes reformas reglamentarias de la Corte y de la Comisión y Interamericanas de Derechos Humanos respecto al acceso de las personas al sistema interamericano de derechos humanos.

3. Solicitar al Consejo Permanente que contemple iniciar la consideración de dicho estudio, con el apoyo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Sociedad Civil, durante el segundo semestre de 2001, a fin de remitirlo, lo antes posible, a los Estados Parte de la Convención Americana de Derechos Humanos para su consideración durante el trigésimo segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea General.

4. Solicitar al Consejo Permanente que informe sobre la ejecución de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo segundo período ordinario de sesiones.