OEA/Ser.P
AG/RES. 1821 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: inglés

RESOLUCIÓN

LOS EFECTOS SOCIOECONÓMICOS Y AMBIENTALES
DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN LOS PAÍSES DEL HEMISFERIO

(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO:

El Informe anual del Consejo Permanente (AG/doc.3970/01) y el acta de la sesión celebrada el 25 de mayo de 2001 (CP/ACTA-1280/01);

RECORDANDO:

Que la resolución AG/RES. 1674 (XXIX-O/99), "Los cambios climáticos en las Américas", encomendó al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) que examine la forma de abordar el problema del cambio climático en las Américas;

Que mediante la resolución AG/RES. 1682 (XXIX-O/99), "Mecanismos de la OEA para la Reducción de los Desastres Naturales," los Estados Miembros establecieron el Comité Interamericano para la Reducción de los Desastres Naturales (CIDRN) y decidieron "propiciar el intercambio de personal técnico y científico en el campo de la investigación ante eventos adversos" que tienen un efecto socioeconómico y ambiental perjudicial en los países del Hemisferio;

Que mediante la resolución AG/RES. 1755 (XXX-O/00), "Mecanismos de la OEA para la Reducción de los Desastres Naturales", se solicitó a los miembros del Comité Interamericano para la Reducción de los Desastres Naturales que informen sobre sus actividades a la Asamblea General;

Que la resolución AG/RES. 1736 (XXX-O/00), "Los efectos socioeconómicos y ambientales del cambio climático en los países del Hemisferio", se le encomendó a la Secretaría General que procurara movilizar recursos para asistir a los Estados Miembros en sus esfuerzos para adaptarse al cambio climático;

RECORDANDO ASIMISMO:

Los compromisos de los Jefes de Estado y de Gobierno con respecto al desarrollo sostenible, el cambio climático, la protección ambiental y el manejo de situaciones de desastre, según se establece en la Declaración de Quebec y el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, en la Declaración de Santiago y el Plan de Acción de la Segunda Cumbre de las Américas y en la Declaración de Santa Cruz de la Sierra y el Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de las Américas;

La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y el Plan de Acción de Buenos Aires; y

La Declaración y el Plan de Acción de Barbados para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares, incluido el estudio quinquenal que tuvo lugar en las Naciones Unidas, en septiembre de 1999;

REAFIRMANDO:

Que el cambio climático es una preocupación común a toda la humanidad; y

La necesidad permanente de realizar investigaciones científicas sobre los orígenes y efectos del cambio climático y su posible impacto perjudicial, incluidas las consecuencias socioeconómicas y ambientales en los países del Hemisferio; y

REITERANDO:

La urgente necesidad de que todos los Estados Miembros inicien el proceso de planificación para la adaptación al cambio climático mundial y adopten medidas para mitigar los posibles efectos perjudiciales del cambio climático en los países del Hemisferio; y

La participación activa de los gobiernos de los Estados Miembros de la Comunidad del Caribe (CARICOM) en el proyecto "Caribe: Planificación para la adaptación al cambio climático global", financiado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) por medio del Banco Mundial y ejecutado por la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos junto con el Centro de Medio Ambiente y Desarrollo de la Universidad de las Indias Occidentales,

RESUELVE:

1. Renovar su instrucción al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) para que continúe estudiando este tema, por intermedio de sus órganos subsidiarios apropiados, teniendo presente la necesidad de evitar la duplicación de actividades realizadas en otros foros.

2. Encomendar a la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD) que continúe colaborando con la Secretaría General para movilizar y obtener recursos para asistir a los Estados Miembros en sus esfuerzos para mitigar el impacto de los cambios climáticos.

3. Encomendar al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) que informe a la Asamblea General en su trigésimo segundo período ordinario de sesiones sobre el cumplimiento de la presente resolución.