OEA/Ser.P
AG/RES. 1814 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: español

RESOLUCIÓN

RESPONSABILIDADES DE LA
AGENCIA INTERAMERICANA PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO
EMANADAS DE LA RESOLUCIÓN AG/RES. 1727 (XXX-O/00)

(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTAS la resolución AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) "Programas de Becas y Capacitación"; la resolución AG/RES. 1653 (XXIX-O/99) "Plan de Trabajo de la Secretaría General para la Extensión del Programa Especial de Becas para el Caribe a otros Estados"; la resolución AG/RES. 1727 (XXX-O/00) "Transferencia de responsabilidades emanadas de la resolución AG/RES: 1628 (XXIX-O/99), AG/RES: 1653 (XXIX-O/99) a la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD) y la resolución CIDI/RES. 3 (I-E/01) "Responsabilidades de la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo emanadas de la resolución AG/RES. 1727 (XXX-O/00) ",

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución AG/RES. 1727 (XXX-O/00) la responsabilidad de la implementación de los siguientes mandatos ha sido transferida a la AICD:

i. Formular recomendaciones sobre el "Estatuto del Fondo de Capital para Becas de la OEA " y otros instrumentos para movilizar recursos para los programas de becas y de capacitación y someterlos a la aprobación de la CEPCIDI a más tardar el 1o de octubre de 2000;

ii. Preparar antes del 1o de octubre de 2000 un plan de acción para identificar recursos externos a fin de extender el Programa Especial de Becas para el Caribe a otros Estados Miembros; e

iii. Implementar, a más tardar en noviembre del 2000, el mandato establecido en el punto resolutivo 5 de la resolución AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) relacionado con las actividades de recaudación de fondos.

Que la misma resolución instruye a la Comisión Ejecutiva Permanente del CIDI (CEPCIDI) que considere la conveniencia de celebrar, y de ser el caso convocar, una reunión extraordinaria de autoridades competentes en capacitación y becas de los Estados Miembros, en el año 2001, con miras a proponer un plan de acción para el uso más eficaz de los recursos de los programas de becas y capacitación de la OEA e incrementar su impacto en la formación de recursos humanos en la región para el siglo XXI, teniendo en cuenta el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria y los programas interamericanos;

Que la resolución AG/RES. 1727 (XXX-O/00) también solicita a la AICD y a la CEPCIDI que presenten un informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo primer período ordinario de sesiones,

TENIENDO EN CUENTA:

Que la AICD ha enfocado sus esfuerzos en el desarrollo y la implementación del plan de negocios y el establecimiento de una estructura operacional y administrativa para apoyar los logros de sus objetivos, así como también para la implementación de sus programas;

Que la AICD ha iniciado exitosamente y seguirá desarrollando actividades para establecer las bases organizacionales y su reputación para movilizar efectivamente los recursos externos para proyectos y becas;

Que la IACD ha iniciado el diálogo con las autoridades de los Estados Miembros en la reunión de agencias de cooperación técnicas realizada en la ciudad de México en febrero del 2001 sobre estrategias para desarrollo humano y aumento de efectividad de las becas y programas de entrenamiento;

Que los mandatos de la resolución AG/RES. 1727 (XXX-0/00) relacionados con el Estatuto del Fondo de Capital y los planes para movilizar fondos externos tienen plazos que ya no son apropiados,

RESUELVE:

1. Extender las fechas de vencimiento y modificar los mandatos contenidos en la resolución AG/RES. 1727 (XXX-0/00), asignados a la AICD como se detalla en los siguientes párrafos.

i. Formular recomendaciones sobre el "Estatuto del Fondo de Capital para Becas de la OEA" y otros instrumentos para movilizar recursos para los programas de becas y de capacitación y someterlos a la aprobación de la CEPCIDI a más tardar el 30 de abril de 2002;

ii. Preparar antes del 30 de abril de 2002 un plan de acción para identificar recursos externos a fin de extender el Programa Especial de Becas para el Caribe a otros Estados Miembros; y

iii. Implementar, a más tardar en julio del 2002, el mandato establecido en el punto resolutivo 5 de la resolución AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) relacionado con las actividades de recaudación de fondos.

2. Extender el plazo para que la CEPCIDI presente el informe a que hace referencia la resolución AG/RES. 1727 (XXX-O/00), hasta el trigésimo segundo período ordinario de sesiones.