OEA/Ser.G

CP/doc.3625/02 corr.3

                                                                                                                        20 agosto 2002

Original: francés/inglés

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SEXTO INFORME DE LA MISIÓN DE LA

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS A HAITÍ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento se distribuye a las misiones permanentes y será
presentado al Consejo Permanente de la Organización.


 

 

 

 

 

NOTA EXPLICATIVA

 

 

            Este corrigendum se publica a fin de armonizar la traducción del texto del Proyecto de Acuerdo Inicial Rev. 9, de la Contrapropuesta de Fanmi Lavalas, remitida mediante nota del Presidente Aristide del 9 de julio de 2002, y de la respuesta de la Convergencia Democrática, remitida mediante nota de fecha 11 de julio de 2002.


 

 

 

Text Box: Organización de los Estados Americanos
Organização dos Estados Americanos
Organisation des États Américains
Organization of American States

17th and Constitution Ave., N.W. • Washington, D.C.  20006

19 de julio de 2002

 

 

 

 

 

 

Señor Presidente:

 

            Tengo el honor de transmitir a Vuestra Excelencia una copia del Sexto Informe de la Misión de la Organización de los Estados Americanos a Haití  (El esfuerzo continuo para facilitar una solución a la crisis política) y le solicito que la misma sea distribuida a los miembros del Consejo Permanente de la Organización.

 

Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

 

 

                                                                                                  César Gaviria

                                                                                              Secretario General

 

 

 

 

Excelentísimo señor

Embajador Roger Noriega

Representante Permanente de Estados Unidos ante la OEA

  Presidente del Consejo Permanente

Washington, D.C

 

 

 


SEXTO INFORME DE LA MISIÓN DE LA

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS A HAITÍ[1]/

 

(ACCIÓN CONTINUADA PARA FACILITAR LA SOLUCIÓN DE LA CRISIS POLÍTICA)

 

 

El 4 de junio de 2002, en el trigésimo segundo período ordinario de sesiones, la Asamblea General de la OEA aprobó la resolución AG/RES. 1841 (XXXII-0/02), "La situación en Haití". Entre otras cosas, en la resolución se exhortó “al Gobierno de Haití, a todos los partidos políticos y a la sociedad civil a que ofrezcan su total apoyo al proceso de diálogo y a las actividades y recomendaciones de la Misión Especial de la OEA, la Comisión Investigadora y el Consejo Consultivo de Indemnizaciones”. También se instó “al Gobierno de Haití y a todos los partidos políticos a que reanuden, con espíritu de compromiso, negociaciones con miras a lograr una solución a la crisis y, teniendo en cuenta las prerrogativas constitucionales electorales del Gobierno de Haití, establecer un calendario para la celebración de elecciones legislativas y locales técnicamente viables supervisadas por un consejo electoral independiente, confiable y neutral”.

 

Desde la Asamblea General, el Secretario General Adjunto Luigi Einaudi y el Ministro de Relaciones Exteriores de Santa Lucía y Presidente del Consejo de Relaciones Exteriores de la CARICOM, el distinguido Senador Julian Hunte, viajaron a Haití en dos ocasiones y visitaron Port-au-Prince del 10 al 18 de junio y luego del 5 al 10 de julio. En ambas ocasiones el Secretario General Adjunto y el Ministro de Relaciones Exteriores de Santa Lucía mantuvieron numerosas consultas con el Presidente, el Primer Ministro, Fanmi Lavalas, la Convergencia Democrática, la Iniciativa de la Sociedad Civil y las Iglesias, así como con el Grupo de Amigos del Secretario General para la cuestión de Haití y la Misión Especial de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití, que está desempeñando un papel cada vez más importante.

 

El 12 de junio, los señores Hunte y Einaudi presentaron a los partidos políticos, Fanmi Lavalas y la Convergencia Democrática, la revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial  (Anexo 1).   La revisión 9 no es más que una fusión de la revisión 8, tal como constaba en julio de 2001 y los elementos de compromiso presentados a los partidos a principios de diciembre de 2001.  Para evitar confusión, no se agregó ni se eliminó nada.

 

El 14 de junio Fanmi Lavalas respondió al documento, aceptándolo como “base de negociación". El 15 de junio esta respuesta positiva se puso por escrito. La Convergencia Democrática, en una carta que no fue recibida hasta el 21 de junio, condicionó toda respuesta a previos “actos concretos” de parte del gobierno en materias debatidas entre sus representantes y el Presidente Aristide en una reunión frente a frente sin precedentes mantenida el 15 de junio en la residencia del Nuncio Apostólico.

 

La reunión del 15 de junio, la primera en que las partes se encontraban desde que el Presidente Aristide había asumido el cargo, había sido promovida por el Secretario General Adjunto y el Ministro de Relaciones Exteriores con apoyo del Grupo de Amigos y la facilitación del Presidente del Consejo de Obispos de la Iglesia Católica, el Obispo Hubert Constant.

 

Los temas planteados por la Convergencia Democrática en la reunión frente a frente se relacionaron con cuestiones de estado de derecho vinculadas principalmente con  casos concretos en las categorías mencionadas en el punto 4 de la resolución CP/RES. 806 (1303/02) corr. 1 del 15 de enero de 2002.[2]/  Estos temas son en efecto de la mayor importancia, son clave para la labor de la Misión Especial de la OEA y el Gobierno de Haití los considera en proceso. Estas y otras  preocupaciones de seguridad, incluido el desarme (que no se menciona en la resolución CP/RES. 806) han sido y son elementos permanentes del diálogo continuo mantenido tanto por la OEA como por la CARICOM con autoridades haitianas del más alto nivel. Pero el Secretario General Adjunto Einaudi y el Canciller Hunte han aclarado reiteradamente que no las ven como condiciones previas para concluir lo que siempre se ha entendido que es un acuerdo inicial para permitir que los haitianos empiecen a resolver sus diferencias democráticamente.

 

El 1 de julio se circuló entre todos los Estados Miembros el informe de la Comisión Investigadora de los hechos del 17 de diciembre de 2001.  Esa semana terminó su labor el Consejo Consultivo de Indemnizaciones y presentó al Comité Ministerial su informe final relativo a las indemnizaciones para las víctimas que sufrieron pérdidas como resultado de los sucesos del 17 de diciembre de 2001.[3]/ 

 

Del 5 y al 10 de julio de 2002 el Secretario General Adjunto Einaudi volvió a Haití con la esperanza de concluir el Acuerdo. El Canciller Hunte se reunió con él el 6 de julio y ambos iniciaron una nueva ronda de consultas con todas las partes. Al final de su visita, el Presidente de Haití presentó otro documento en el que consta el compromiso de su Gobierno en una serie de puntos cubiertos en el proyecto de Acuerdo Inicial y las recomendaciones de la Comisión Investigadora. La Convergencia Democrática se comprometió a someter su respuesta posteriormente y, en efecto, esta fue recibida el 11 de julio.

 

Se adjuntan las dos respuestas. La Carta del Presidente de fecha 3 de julio (con tres anexos) se adjunta al presente como Anexo II: la respuesta de Convergencia Democrática se adjunta como Anexo III.


No hubo acuerdo sobre las secciones que figuran en negrita.

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ANEXO I

(Original: Francés)

 

 

Rev. 9, 12 de junio de 2002

 

PROYECTO DE ACUERDO INICIAL

 

 

     

            Nosotros, los firmantes, partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil e iglesias, reafirmamos nuestra profunda convicción de que es preciso resolver la crisis política y deben fortalecerse las instituciones democráticas. Nos comprometemos solemnemente a empeñarnos en la consecución de esos objetivos y a no escatimar esfuerzo alguno para alcanzarlos, de buena fe, de acuerdo con los esfuerzos del Hemisferio para fomentar y consolidar la democracia. Por lo tanto, hemos acordado los siguientes puntos, con la garantía del Gobierno:

 

·         Convergencia Democrática reconoce y acepta los resultados de las elecciones del 26 de noviembre de 2000 (presidenciales y un tercio del Senado).

 

·         Fanmi Lavalas acepta organizar nuevas elecciones en xxx de 2003, en la fecha que decida el CEP para la legislatura y las comunidades territoriales.

 

Un decreto presidencial o el próximo parlamento elegido (con participación de las dos partes) ratificará y legitimará todos los actos apropiados, trabajos y tareas ejecutadas por los oficiales surgidos de las elecciones del 21 de mayo de 2000 (durante el período en el cual hayan estado en sus cargos).

 

 

I.        La integración de un nuevo Consejo Electoral Provisional (CEP) creíble, independiente y neutral.

 

Acordamos participar en la designación de los nueve miembros del CEP, según la siguiente fórmula, a la que se llegó por consenso. Los miembros tendrán que ser personas que inspiren respeto y gocen de la confianza de todos los ciudadanos. Antes de la designación de los miembros, los que suscriben serán consultados acerca de las personas designadas, a fin de verificar que poseen las calificaciones necesarias.

 

El CEP tendrá las siguientes atribuciones, responsabilidades, competencia y garantías:

 

a.       Organizar, en xxx 2003, elecciones para sustituir a los miembros del Parlamento que fueron elegidos el 21 de mayo de 2000.

 

b.      Organizar elecciones para las comunidades territoriales. Las elecciones indirectas se realizarán después de las elecciones de las comunidades territoriales.

 

 

c.       Nombrar a los funcionarios ejecutivos del CEP encargados de ejecutar sus decisiones.

 

d.       Examinar las calificaciones de los funcionarios del CEP para comprobar que cumplen los requisitos de profesionalismo, idoneidad, imparcialidad y equidad. De ser necesario, el CEP podrá nombrar a nuevos funcionarios que posean esas calidades.

 

e.       El CEP recibirá pleno apoyo financiero y técnico del Gobierno de Haití para asegurar su autonomía y su capacidad para descargar sus obligaciones sin interferencias. Además, el Gobierno adoptará todas las decisiones y medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la autonomía de los miembros del CEP, de sus funcionarios y asesores, de los candidatos, los militantes políticos y los ciudadanos, para que puedan ejercer plenamente sus derechos políticos en todo el territorio nacional.

 

f.        El CEP podrá solicitar y recibir asistencia logística, técnica y financiera de la comunidad internacional a través del Estado.

 

 

CALENDARIO DE PARTIDA

 

A.  Senadores y diputados

        

Quienes ingresaron a la legislatura como resultado de las elecciones del 21 de mayo de 2000 permanecerán en sus cargos hasta que los sucesores asuman sus funciones, luego del intervalo normal posterior a la proclamación del resultado de las elecciones.

 

B.  Comunidades territoriales

 

      Después de la firma del Acuerdo, un número de funcionarios locales (determinado por consenso entre Fanmi Lavalas y la Convergencia Democrática) serán relevados de sus cargos por conducta abusiva. Los sustitutos, recomendados por la Comisión de Garantías Electorales, serán nombrados como agentes ejecutivos hasta que los nuevos funcionarios elegidos asuman sus cargos.

 

 Los representantes locales (excepto los que sean desplazados por conducta abusiva) serán elegibles para permanecer en sus cargos hasta que presten juramento los nuevos funcionarios elegidos.

 

El CEP, a su discreción, podrá rechazar a toda persona que considere inaceptable para ser candidato en las elecciones.

 

Podría formularse un plan de compensación para cubrir la pérdida de ingresos causada por la reducción de la duración de los mandatos.

 

El resto de los funcionarios elegidos localmente permanecerán en sus cargos hasta que presten juramento e inicien sus funciones los sucesores. Como se prevé en la actual propuesta de la OEA, la Comisión de Garantías Electorales supervisará el desempeño de todos los funcionarios elegidos localmente en el período previo a las elecciones.

 

 

II.    El establecimiento de un clima propicio a la expresión de las preferencias políticas, que permita la realización de elecciones libres

 

Acordamos adoptar todas las medidas que fomenten la confianza y el respeto entre los partidos políticos y el Gobierno.

 

La Policía, en particular, deberá ejercer la máxima prudencia y cuidado en el cumplimiento de sus funciones, en forma imparcial, neutral y justa. El Consejo Electoral Provisional (CEP) tendrá autoridad para supervisar que la Policía Nacional cumpla sus funciones en forma imparcial, neutral y justa. A tales efectos, el l CEP diseñará, en  consulta con los partidos políticos, la sociedad civil y las iglesias, un mecanismo de apoyo para respaldar esta función de supervisión

 

A través de ese mecanismo, y por la vía de la Comisión de Garantías Electorales, el CEP recibirá denuncias y solicitudes de los partidos políticos, candidatos y ciudadanos en relación con las operaciones de la Policía Nacional vinculadas al proceso electoral. Asimismo, la misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Misión de Observación Electoral podrán informar al CEP de toda deficiencia que puedan observar.

 

El CEP tendrá derecho a formular recomendaciones sobre medidas correctivas al Consejo Superior de la Policía Nacional (CSPN). Análogamente, podrá comunicarse con el Gobierno de la República para presentar recomendaciones destinadas a la solución de los problemas que haya identificado. Las recomendaciones del CEP podrán incluir la propuesta de plazos específicos para su implementación. El CSPN adoptará todas las medidas necesarias para considerar las recomendacio­nes del CEP con la mayor diligencia, a fin de asegurar el mantenimiento de un clima propicio al éxito de la campaña, las elecciones y las actividades postelectorales.

 

El Consejo Superior de la Policía Nacional garantizará que no haya interferencias con el reclutamiento, la labor y el comportamiento profesional de la Policía.

 

El Gobierno de Haití invitará a una misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para supervisar la observancia de los derechos humanos.

 

El Gobierno de Haití también solicitará a la OEA y a la CARICOM que envíen una Misión de Observación Electoral (MOE) para que esté presente durante todo el proceso de las elecciones. La MOE brindará al CEP asistencia técnica y comprobará que existan todas las condiciones necesarias para garantizar unas elecciones libres, transparentes y justas, que permitan la libre expresión de las preferencias políticas, en una atmósfera libre de intimidaciones.

 

El Gobierno de Haití solicitará asistencia técnica para la Policía Nacional, a fin de ayudar en la preparación y ejecución de los planes de seguridad.

 

El CEP establecerá una Comisión de Garantías Electorales (CGE) para:

 

·         Fortalecer la participación y confianza de los ciudadanos, instituciones, candidatos y partidos políticos en el proceso electoral.

 

 

·         Asistir al CEP a recabar, analizar y procesar las denuncias presentadas por candidatos o ciudadanos con respecto al proceso electoral.

 

·         La CGE incluirá, entre otros, a representantes de las misiones de observación electoral, de un órgano nacional de coordinación integrado sobre la base de la experiencia en la coordinación de la observación electoral en Haití y de las organizaciones de la sociedad civil. La Misión de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití participará como testigo.

 

·         La CGE será dirigida conjuntamente por personalidades designadas por la Conferencia Episcopal y la Federación Protestante de Haití, bajo la supervisión del Presidente del CEP.

 

            La Comisión de Garantías Electorales creará comisiones descentralizadas

ASG00200S04.doc

 
a nivel departamental y comunal. Las comisiones creadas a nivel comunal podrán asistir a las deliberaciones de los consejos municipales y de los CASEC. Tendrán acceso a los documentos emitidos por estos órganos y podrán efectuar investigaciones con respecto a expedientes y testimonios relacionados con la actividad de las comunas y los CASEC. Las comisiones creadas a nivel departamental podrán efectuar investigaciones respecto de los recursos y personal del Estado en cada circunscripción.

 

En casos en que se compruebe fraude o graves irregularidades con respecto a la Constitución, la ley electoral o el presente Acuerdo, las comisiones departamentales y comunales transmitirán el resultado de sus investigaciones a la comisión nacional. La CGE podrá entonces solicitar al gobierno y al Poder Judicial que adopte las medidas adecuadas, particularmente las dispuestas en los artículos 72 y 73 de la Constitución. Asimismo, la CGE transmitirá el expediente a la Misión de Observación Electoral (MOE) y a la Misión de la OEA con sede en Port-au-Prince.

 

 

III.               Fomento de un diálogo nacional encaminado a alcanzar un acuerdo político que fortalezca la democracia y la observancia de los derechos humanos y la promoción del progreso económico y social.

 

Estamos de acuerdo con emprender, dentro de los 30 días a partir de la firma del presente acuerdo y con el respaldo del Gobierno de Haití y de la Misión Especial de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití, un diálogo entre los partidos políticos y las organizaciones de la sociedad civil, encaminado a diseñar y concretar un acuerdo político en torno a las cuestiones siguientes:

 

a.       La seguridad de los ciudadanos, un sistema judicial y un sistema policial, incluido el establecimiento de instancias civiles que supervisen a la policía.

 

b.       La consolidación de la democracia y de las oportunidades de participación, incluida la institucionalización de los partidos políticos.

 

c.       Los derechos humanos.

 

d.       El desarrollo económico y social.

e.       La gobernabilidad y la transparencia.

 

IV.   Fórmula para la designación de los miembros del CEP

 

Acordamos que el Presidente de la República designe a los miembros del CEP que propongan las instituciones siguientes:

 

·         1 representante de Fanmi Lavalas

 

·         1 representante de Convergencia Democrática

 

·         1 representante de los demás partidos políticos

 

·         1 representante de la Conferencia Episcopal

 

·         1 representante de las Iglesias  reformistas coordinadas por la Federación Protestante de Haití

 

·         1 representante de la Iglesia Episcopal

 

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